ATS, 17 de Marzo de 2021

PonenteJOSE LUIS SEOANE SPIEGELBERG
ECLIES:TS:2021:3098A
Número de Recurso4130/2018
ProcedimientoRecurso de casación
Fecha de Resolución17 de Marzo de 2021
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

T R I B U N A L S U P R E M O

Sala de lo Civil

AUTO

Fecha del auto: 17/03/2021

Tipo de procedimiento: CASACIÓN

Número del procedimiento: 4130 /2018

Ponente: Excmo. Sr. D. José Luis Seoane Spiegelberg

Procedencia: AUD. PROVINCIAL SECCIÓN N. 1 DE CÓRDOBA

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Aurora María Del Carmen García Álvarez

Transcrito por: CSB/rf

Nota:

CASACIÓN núm.: 4130/2018

Ponente: Excmo. Sr. D. José Luis Seoane Spiegelberg

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Aurora María Del Carmen García Álvarez

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Civil

AUTO

Excmos. Sres.

D. Francisco Marín Castán, presidente

D. Francisco Javier Arroyo Fiestas

D. José Luis Seoane Spiegelberg

En Madrid, a 17 de marzo de 2021.

Esta sala ha visto

Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. José Luis Seoane Spiegelberg.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

La representación procesal de Cajasur Banco S.A.U. presentó escrito de interposición de recurso de casación frente a la sentencia de 3 de julio de 2018, dictada por la Audiencia Provincial de Córdoba (Sección 1.ª), en el rollo de apelación n.º 482/2018, dimanante de los autos de juicio ordinario n.º 642/2016, del Juzgado de Primera Instancia n.º 9 de Córdoba.

SEGUNDO

Mediante diligencia de ordenación se tuvieron por interpuestos los recursos y se acordó la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes ante este Tribunal por término de treinta días.

TERCERO

El procurador D. Gerardo Tejedor Vilar en nombre y representación de Cajasur Banco S.A.U. ha presentado escrito ante esta sala personándose en concepto de parte recurrente. La procuradora D.ª Mercedes Caro Bonilla en nombre y representación de D.ª María Consuelo y D. Victoriano ha presentado escrito ante esta sala personándose en concepto de parte recurrida.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO

Procede admitir el recurso de casación al amparo del ordinal 3.º del art. 477.2 LEC por la representación procesal de Cajasur Banco S.A.U., puesto que ha justificado los presupuestos que determinan el acceso al recurso de casación por vía del ordinal 3.º del art. 477.2 LEC.

SEGUNDO

De conformidad con el art. 485 LEC, la parte recurrida podrá formalizar su oposición al recurso por escrito en el plazo de veinte días desde la notificación de este auto.

TERCERO

De conformidad con lo previsto en el artículo 208.4 LEC procede declarar que contra este auto no cabe recurso alguno.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA:

  1. ) Admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de Cajasur Banco S.A.U. frente a la sentencia de 3 de julio de 2018, dictada por la Audiencia Provincial de Córdoba (Sección 1.ª), en el rollo de apelación n.º 482/2018, dimanante de los autos de juicio ordinario n.º 642/2016, del Juzgado de Primera Instancia n.º 9 de Córdoba.

  2. ) Abrir el plazo de veinte días, a contar desde la notificación de este auto, para que las recurridas formalicen por escrito su oposición al recurso. Durante este plazo las actuaciones estarán de manifiesto en la secretaría.

Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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