SAN, 17 de Febrero de 2021

PonenteMARGARITA ENCARNACION PAZOS PITA
EmisorAudiencia Nacional - Sala de lo Contencioso
ECLIES:AN:2021:511
Número de Recurso1644/2019

A U D I E N C I A N A C I O N A L

Sala de lo Contencioso-Administrativo

SECCIÓN QUINTA

Núm. de Recurso: 0001644 / 2019

Tipo de Recurso: PROCEDIMIENTO ORDINARIO

Núm. Registro General: 11305/2019

Demandante: D. Ángel Jesús

Procurador: SRA. LINARES GUTIÉRREZ, SUSANA

Demandado: MINISTERIO DE INTERIOR

Abogado Del Estado

Ponente IIma. Sra.: Dª. MARGARITA PAZOS PITA

S E N T E N C I A Nº :

IImo. Sr. Presidente:

D. JOSÉ LUIS GIL IBÁÑEZ

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. JESÚS N. GARCÍA PAREDES

Dª. ALICIA SANCHEZ CORDERO

Dª. MARGARITA PAZOS PITA

Dª. FATIMA BLANCA DE LA CRUZ MERA

Madrid, a diecisiete de febrero de dos mil veintiuno.

Esta Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha visto el recurso contencioso-administrativo número 1644/2019, promovido por la procuradora de los tribunales Dª. Susana Linares Gutiérrez, en nombre y representación de D. Ángel Jesús, con la asistencia letrada de D. José Antonio Gutiérrez Gil, contra la resolución del Director General de la Policía, dictada por delegación del Ministro del Interior, de fecha 12 de abril de 2019, desestimatoria del recurso de reposición deducido contra la resolución de fecha 22 de febrero de 2019, que acuerda la extinción de la habilitación de Vigilante de Seguridad. Ha sido parte demandada la Administración General del Estado, representada y asistida por la Abogacía del Estado.

Es ponente la Ilma. Sra. Dª. Margarita Pazos Pita, Magistrada de la Sección.

AN TECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

D. Ángel Jesús solicitó con fecha 2 de octubre de 2017 la renovación de su tarjeta de identidad profesional como Vigilante de Seguridad.

Efectuada consulta por la Unidad Central de Seguridad Privada de la Comisaría General de Seguridad Ciudadana al Registro Central de Penados del Ministerio de Justicia, se comprueba que el recurrente fue condenado por sentencia f‌irme de fecha 12 de abril de 2016, dictada por el Juzgado de lo Penal número 2 de Ciudad Real, en el procedimiento abreviado número 386/2014, ejecutoria 246/2016, como responsable en concepto de autor de un delito de hurto, a la pena de 6 meses de prisión y a la pena accesoria 6 meses de inhabilitación especial del derecho sufragio pasivo, así como por la comisión en concepto de autor de un delito de falsif‌icación documentos públicos, a la pena de 6 meses de prisión y a la accesoria de 6 meses de inhabilitación especial del derecho sufragio pasivo y 90 días de responsabilidad personal subsidiaria-trabajos en benef‌icio de la comunidad.

Como consecuencia de ello, se acordó la incoación de expediente de cancelación por tener antecedentes penales, en el que, previos los oportunos trámites, se dictó resolución del Director General de la Policía, por delegación del Ministro del Interior, de fecha 22 de febrero de 2019, que acordó la extinción de la habilitación de Vigilante de Seguridad por la pérdida del requisito del artículo 28.1.e) de la Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada.

Contra la anterior resolución interpuso el interesado recurso de reposición que fue desestimado por resolución de la misma autoridad, también actuando por delegación, de fecha 12 de abril de 2019 -con fecha de salida de 10 de mayo del mismo año-.

Mediante escrito fechado el 2 de diciembre del 2019 D. Ángel Jesús interpuso recurso contencioso contra esta última resolución, suplicando a la Sala:

" Que teniendo por presentado este escrito de interposición y copias de todo ello, se sirva admitirlo y tenerme por personado y parte, y se tenga por formulado e interpuesto recurso contencioso-administrativo contra la resolución del Ministerio de Interior 10/5/19 que desestima el recurso de reposición interpuesto por mi representado Don Ángel Jesús contra la resolución del Director General de la Policía de fecha 22.2-19".

A dicho escrito de interposición acompañó copia de la mentada resolución de 12 de abril de 2019.

SEGUNDO

Turnado el recurso contencioso-administrativo a esta Sección, fue admitido a trámite, reclamándose el expediente administrativo, para, una vez recibido, emplazar a la parte actora a f‌in de que formalizara la demanda, lo que así hizo en un escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró oportunos, terminó suplicando se « estime la nulidad de la resolución del Ministerio de Interior que inadmite el recurso extraordinario de revisión contra la desestimación del recurso de reposición interpuesto contra la resolución del Director General de la Policía de fecha 22 de febrero del 2019 que acuerda la extinción de la habilitación de vigilante de seguridad nº NUM000, declarando no ser conforme a derecho la resolución administrativa impugnada, y por lo tanto anulando la resolución que declara la inadmisibilidad de recurso de reposición y obligando a resolver sobre la misma estimando haber lugar a la habilitación de vigilante de seguridad de Don Ángel Jesús y al pago expreso de las costas procesales».

Emplazado el Abogado del Estado para que contestara la demanda, así lo hizo en escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó convenientes, terminó suplicando se dicte " sentencia por la que se desestime el presente recurso, conf‌irmando íntegramente la resolución impugnada por ser conforme a Derecho ".

TERCERO

Denegado el recibimiento del recurso a prueba, por innecesario, al formar parte de las actuaciones el expediente administrativo, seguidamente quedaron los autos conclusos y pendientes de señalamiento para votación y fallo, lo que se efectuó con relación al día 16 de febrero de 2021.

FU NDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso contencioso-administrativo se promovió contra " la resolución denegatoria del Ministerio del Interior de 10/5/19 del recurso de reposición interpuesto en el expediente NUM001 contra la resolución del Director General de la Policía de fecha 22 de febrero del 2019", que acordó la extinción de...

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