SAP Madrid 196/2020, 5 de Junio de 2020
Jurisdicción | España |
Fecha | 05 Junio 2020 |
Número de resolución | 196/2020 |
AUDIENCIA PROVINCIAL CIVIL DE MADRID
Sección Vigesimoctava
c/ Santiago de Compostela, 100 - 28035
Tfno.: 914931988
N.I.G.: 28.079.47.2-2010/0006742
Rollo de apelación nº 4331/2018
Materia: Costas
Procedimiento de origen: Incidente concursal nº 421/2018 (Concurso nº 720/2010).
Órgano de Procedencia: Juzgado de lo Mercantil nº 12 de Madrid.
Parte apelante: CAIXABANK, S.A.
Procurador/a: Dª Beatriz Ruano Casanova
Letrado/a: D. Juan Aguado Domingo
Parte apelada: Dª Consuelo y D. Darío
Procurador/a: D. Arturo Molina Santiago
Letrado/a: Dª Atenea Reiz Palacios
SENTENCIA nº 196/2020
En Madrid, a 5 de junio de 2020.
En nombre de S.M. el Rey, La Sección Vigésima Octava de la Audiencia Provincial de Madrid, especializada en materia mercantil, integrada por los ilustrísimos señores magistrados D. Ángel Galgo Peco, D. Gregorio Plaza González y D. Enrique García García, ha visto el recurso de apelación, bajo el núm. de rollo 4331/2018, interpuesto contra la sentencia de fecha 12 de junio de 2018, recaída en el incidente concursal nº 421/2018 del Concurso seguido ante el Juzgado de lo Mercantil nº 12 de Madrid con el número 720/2010.
Las partes han actuado representadas y con la asistencia de los profesionales identificados en el encabezamiento de la presente resolución.
Con fecha 15 de marzo de 2018, el procurador D. Arturo Molina Santiago, en representación de Dª Consuelo y D. Darío presentó demanda de incidente concursal contra EUROPLAYAS HOTELES Y RESORTS, S.L., CAIXABANK, S.A. y PARQUE DENIA MANAGEMENT, S.L., en la que, tras exponer los hechos y fundamentos
de derecho que estimaban conducentes a su derecho, terminaban solicitando "sentencia por la que, estimando íntegramente la demanda::
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Declare la improcedencia del cobro anticipado de las cantidades satisfechas por mis mandantes a las demandadas y obligación de las demandadas de devolver a mis mandantes por duplicado y
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Declare nulo de pleno derecho:
- El contrato de fecha 3 de marzo de 2007, suscrito por la demandante y demandada Europlayas acompañado como Documento nº 2,
- La póliza de préstamo suscrita con La Caixa, S.A. (hoy CAIXABANK) de fecha 6 de marzo de 2007 (referencia 308.537.188-72),
- Los contratos de seguros suscrito con la entidad bancaria VIDA CAIXA S.A. (hoy CAIXABANK) de fecha 6 de marzo de 2003 (póliza nº NUM000 y póliza nº NUM001 ).
Para el caso de no ser estimada la nulidad, declare la resolución del mismo, en ambos casos con obligación para las demandadas de devolver a mis mandantes el resto de las cantidades satisfechas en concepto de pagos derivados de dicho contrato y sus intereses.
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Sean impuestas las costas del presente procedimiento a la parte demandada".
Con fecha 12 de junio de 2018, el Juzgado de lo Mercantil dictó sentencia con el siguiente fallo:
"Estimo la demanda incidental planteada por Darío y Consuelo, contra la concursada y la A.C. y Caixabank S.A., y declaro la nulidad del contrato formalizado por la parte actora y la concursada en fecha 3-3-2007, y del contrato de préstamo suscrito en fecha 6-3-2007, y los contratos de seguro aparejados a dicho préstamo de fecha 6-3-2007.
Condeno a la concursada y a la entidad Caixabank S.A. a la restitución de las prestaciones conforme 1303 CC, debiendo procederse en ejecución de sentencia de manera proporcional respecto a los 50 años de duración máxima, a la restitución de cantidades, con los frutos e intereses desde la fecha del contrato, conforme jurisprudencia expuesta. Esto conlleva el reconocimiento del crédito ordinario que resulte en ejecución de sentencia por los actores frente a la concursada, y la condena a la demandada Caixabank al pago a los actores de las cantidades que resulten en ejecución de sentencia, todo ello con frutos e intereses desde la fecha del contrato".
Notificada la sentencia, CAIXABANK, S.A. interpuso recurso de apelación, el cual, admitido por el Juzgado, habiendo formulado oposición los demandantes, ha dado lugar a la formación del presente rollo ante esta sección de la Audiencia Provincial de Madrid, que se ha seguido con arreglo a los de su clase, señalándose para su deliberación, votación y fallo el día 4 de junio de 2020.
En la tramitación del...
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