AAP Málaga 158/2020, 13 de Marzo de 2020

JurisdicciónEspaña
Fecha13 Marzo 2020
EmisorAudiencia Provincial de Málaga, seccion 5 (civil)
Número de resolución158/2020

A U T O Nº 158

AUDIENCIA PROVINCIAL MÁLAGA

SECCION QUINTA

PRESIDENTE ILMO. SR.

D. HIPOLITO HERNANDEZ BAREA

MAGISTRADOS, ILTMOS. SRES.

Dª. Mª TERESA SAEZ MARTINEZ

Dª. Mª PILAR RAMIREZ BALBOTEO

REFERENCIA:

JUZGADO DE PROCEDENCIA: 1ª INSTANCIA Nº 1 DE DIRECCION000

ROLLO DE APELACIÓN Nº 1270/18

JUICIO Nº 640/17

En Málaga a 13 de marzo de 2.020.

Vistos en grado de apelación, ante la Sección Quinta de esta Audiencia Provincial, los autos de Diligencias Preliminares nº 640/17; pendientes ante esta Audiencia en virtud de recurso de apelación interpuesto por Dña. Carina contra la resolución dictada en el citado juicio.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de DIRECCION000 dictó Auto de fecha 23/07/18, cuya parte dispositiva dice así:

" SE DESESTIMA la solicitud de diligencia preliminar.

Se imponen las costas del incidente a la parte solicitante."

SEGUNDO

Contra la expresada resolución interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación Dña. Carina, el cual fue admitido a trámite dándose traslado del escrito en el que constan los motivos y razonamientos del mismo a la otra parte para que en su vista alegase lo que le conviniese. Cumplido el trámite de audiencia se elevaron los autos a esta Audiencia, y tras su registro se turnaron a ponencia quedando pendientes de deliberación y de resolver.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales, siendo Ponente la Iltma. Sra. Dña. Mª Teresa Sáez Martínez. Habiendo tenido lugar la deliberación previa a esta resolución el día 05 de marzo de 2.020.

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Por Dña. Carina se formuló solicitud de Diligencias Preliminares Preparatorias de Juicio, consistentes en que se requiera a Dña. Constanza para que aporte y exhiba la documentación en que conste la última voluntad de D. Luis respecto de la vivienda sita en CALLE000 nº NUM000 de la URBANIZACION000 del termino municipal de DIRECCION000, como previas al proceso que se propone promover sobre formación de inventario y adjudicación de herencia de su padre D. Luis . Recayendo en la instancia auto inadmitiendo a trámite dicha solicitud, por la representación procesal de Dña. Carina se interpone el presente recurso de apelación contra la mencionada resolución alegando que su pretensión reúne los requisitos legales establecidos para su admisión a trámite.

SEGUNDO

Por la actora se manif‌iesta que la citada vivienda en la que residía su fallecido padre, era propiedad de la entidad Bradmore, S.L. cuyo socio titular del 99% de las participaciones era la sociedad Bradmore Holdings, INC, de la que su único socio era su padre D. Luis . Así mismo alega que en virtud del acta de notoriedad de herederos abintestato de 5 de noviembre de 2013 se declararon como únicos y universales herederos del mismo a la actora y a sus hermanos de vinculo sencillo, Dña. Estrella y D. Pedro . Alega también que pese a que se otorgó escritura de fecha 11 de febrero de 2014 de aceptación, adjudicación y renuncia de herencia en ésta la actora sólo renunciaba a sus derechos hereditarios sobre el único bien recogido en dicha escritura, no respecto de los demás bienes de su causante tal y como se desprende del acuerdo suscrito en esa misma fecha entre la actora y Dña. Constanza, actuando ésta en nombre de sus hijos menores de edad y...

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