AAP Jaén 68/2020, 27 de Febrero de 2020

JurisdicciónEspaña
Número de resolución68/2020
Fecha27 Febrero 2020

A U T O Nº 68

ILTMOS. SRES.

PRESIDENTA

Dª. Elena Arias-Salgado Robsy

MAGISTRADOS

D. José Pablo Martínez Gámez

Dª. María Jesús Jurado Cabrera

En la ciudad de Jaén, a Veintisiete de Febrero de dos mil veinte.

Vistos por esta Sección Primera de la Audiencia Provincial de Jaén, integrada por los Magistrados indicados al margen, los autos Ejecución de Título Judicial seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Jaén con el nº 7/2019, Rollo de Apelación de esta Audiencia nº 287/2019, a instancias de DON Gabino, representado por el Procurador don Mario Carrasco Mallén y defendido por el Abogado don Fernando Prieto Campos, contra la entidad CAIXABANK, S.A., representada por la Procuradora doña Luisa María Guzmán Herrera y defendida por la Abogada doña Juana Inmaculada Serrano Melero.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia Nº 2 de Jaén dictó Auto el día 24 de enero de 2019 en el referenciado procedimiento con la siguiente Parte Dispositiva: "1.- Inadmitir a trámite la demanda presentada por el Procurador de los tribunales Sr./a. MARIO CARRASCO MALLEN, en nombre y representación de Gabino .

  1. - Librar certif‌icación de la presente resolución, que quedará unida a las presentes actuaciones, llevándose su original al libro correspondiente."

SEGUNDO

Interpuesto recurso de apelación contra el referido Auto por don Gabino y admitido a trámite, el Juzgado realizó los preceptivos traslados y una vez transcurrido el plazo elevó los autos a esta Sección de la Audiencia, donde se formó rollo y se designó Ponente al Ilmo. Sr. D. José Pablo Martínez Gámez, que tras la preceptiva deliberación y votación expresa el parecer del Tribunal, compuesto por los magistrados recogidos en el encabezamiento al haber sido sustituido por traslado uno de los magistrados inicialmente designados.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Don Gabino solicita en su recurso de apelación, con base a los argumentos que expone en su escrito, que se dicte Resolución que acuerde:

  1. - Admitir a trámite la demanda de Ejecución de Título Judicial presentado por el demandante/apelante y notif‌icado a Caixabank, S.A. con fecha 19 de diciembre de 2018, ya que el pago de las costas consignadas se

    realizó el día 8 de enero de 2019, después de haber transcurrido 14 días hábiles desde la presentación por el demandante y notif‌icación a Caixabank, S.A. de la demanda de ejecución de título judicial.

  2. - Que prosiga el curso de la presente ejecución de título judicial hasta que se de el total e integro cumplimiento a las pretensiones solicitadas en el Suplico de la demanda ejecutiva presentada y notif‌icada a Caixabank, S.A. co fecha 19 de...

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