STSJ Castilla-La Mancha 1374/2020, 1 de Octubre de 2020

JurisdicciónEspaña
Número de resolución1374/2020
Fecha01 Octubre 2020

T.S.J.CAST.LA MANCHA SALA SOCIAL

ALBACETE

SENTENCIA: 01374/2020

-C/ SAN AGUSTIN Nº 1 (PALACIO DE JUSTICIA) - 02071 ALBACETE

Tfno: 967 596 714

Fax: 967 596 569

Correo electrónico: tribunalsuperior.social.albacete@justicia.es

NIG: 16078 44 4 2018 0000873

Equipo/usuario: 8

Modelo: 402250

RSU RECURSO SUPLICACION 0001210 /2019

Procedimiento origen: PO PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000848 /2018

Sobre: RECLAMACION CANTIDAD

RECURRENTE/S D/ña BANCO DE CASTILLA LA MANCHA SA, LIBERBANK S.A., BANCO DE CASTILLA LA MANCHA SA, Victorio, Jose Manuel, Carlos Miguel, Luis Manuel, Luis Alberto, Luis Pedro, Juan María, Juan Luis, Juan Miguel, Carlos Ramón, Pedro Miguel, Marco Antonio, Pablo Jesús, Elsa, Alejandro, Alexis, Alonso, Eufrasia, Anibal

ABOGADO/A: ANTONIO CEBRIAN CARRILLO, ANTONIO CEBRIAN CARRILLO, ANTONIO CEBRIAN CARRILLO, ESTHER MORENO SAIZ, ESTHER MORENO SAIZ, ESTHER MORENO SAIZ, ESTHER MORENO SAIZ, ESTHER MORENO SAIZ, ESTHER MORENO SAIZ, ESTHER MORENO SAIZ, ESTHER MORENO SAIZ, ESTHER MORENO SAIZ, ESTHER MORENO SAIZ, ESTHER MORENO SAIZ, ESTHER MORENO SAIZ, ESTHER MORENO SAIZ, ESTHER MORENO SAIZ, ESTHER MORENO SAIZ, ESTHER MORENO SAIZ, ESTHER MORENO SAIZ, ESTHER MORENO SAIZ, ESTHER MORENO SAIZ

PROCURADOR:,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,

GRADUADO/A SOCIAL:,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,

RECURRIDO/S D/ña: BANCO DE CASTILLA LA MANCHA SA, LIBERBANK S.A., BANCO DE CASTILLA LA MANCHA SA, Victorio, Jose Manuel, Carlos Miguel, Luis Manuel, Luis Alberto, Luis Pedro, Juan María, Juan Luis, Juan Miguel, Carlos Ramón, Pedro Miguel, Marco Antonio, Pablo Jesús, Elsa

, Alejandro, Alexis, Alonso, Eufrasia, Anibal, Palmira, Fidel, Genaro, Hilario, Ismael, Justo

, Secundino, Severino, Urbano

ABOGADO/A: ANTONIO CEBRIAN CARRILLO, ANTONIO CEBRIAN CARRILLO, ANTONIO CEBRIAN CARRILLO, ESTHER MORENO SAIZ, ESTHER MORENO SAIZ, ESTHER MORENO SAIZ, ESTHER MORENO SAIZ, ESTHER MORENO SAIZ, ESTHER MORENO SAIZ, ESTHER MORENO SAIZ, ESTHER MORENO SAIZ, ESTHER MORENO SAIZ, ESTHER MORENO SAIZ, ESTHER MORENO SAIZ, ESTHER MORENO SAIZ, ESTHER MORENO SAIZ, ESTHER MORENO SAIZ, ESTHER MORENO SAIZ, ESTHER MORENO SAIZ, ESTHER MORENO SAIZ, ESTHER MORENO SAIZ, ESTHER MORENO SAIZ, ESTHER MORENO SAIZ, ESTHER MORENO SAIZ, ESTHER MORENO SAIZ, ESTHER MORENO SAIZ, ESTHER MORENO SAIZ, ESTHER MORENO SAIZ, ESTHER MORENO SAIZ, ESTHER MORENO SAIZ, ESTHER MORENO SAIZ

PROCURADOR:,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,

GRADUADO/A SOCIAL:,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,

Magistrada Ponente: Dª.JUANA VERA MARTINEZ

ILMOS/AS. SRES/AS. MAGISTRADOS/AS

D. JOSE MONTIEL GONZALEZ

D. JESUS RENTERO JOVER

Dª. JUANA VERA MARTINEZ

En Albacete, a uno de octubre de dos mil veinte.

Vistas las presentes actuaciones por la Sección Segunda de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha en Albacete, compuesta por los/las Ilmos/as. Sres/as. Magistrados/as anteriormente citados/as, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

ha dictado la siguiente

- SENTENCIA Nº 1374/2020 - En el RECURSO DE SUPLICACION número 1210/2019, sobre reclamación de cantidad, formalizado por la representación de Pedro Miguel, Victorio, Jose Manuel, Alejandro, Alexis, Elsa, Carlos Miguel, Luis Manuel, Luis Alberto, Luis Pedro, Juan María, Juan Luis, Juan Miguel, Carlos Ramón, Marco Antonio, Pablo Jesús, Alonso, Eufrasia, Anibal y por la representación de LIBERBANK S.A. y BANCO DE CASTILLA LA MANCHA SA, contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 1 de Cuenca, en los autos número 848/2018 y en el que ha actuado como Magistrada-Ponente Dª. Juana Vera Martínez, deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes,

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que con fecha se dictó Sentencia por el Juzgado de lo Social número en los autos número, cuya parte dispositiva establece:

Estimo, en parte, las demandas formuladas por D. Juan Miguel, D. Alejandro, Dª. Eufrasia, D. Hilario, D. Pedro Miguel, D. Luis Manuel, D. Anibal, D. Severino, D. Marco Antonio, D. Carlos Ramón, D. Genaro, D. Juan Luis, D. Secundino, D. Luis Alberto, Dª. Elsa, D. Justo, D. Victorio, D. Luis Pedro, D. Carlos Miguel

, D. Alexis, D. Ismael, D. Jose Manuel, D. Urbano, Dª. Palmira, D. Alonso, D. Juan María, y D. Fidel, en RECLAMACIÓN DE CANTIDAD, en contra de LIBERBANK, S.A. y BANCO CASTILLA-LA MANCHA, S.A., y en su consecuencia condeno a las citadas demandadas a que abonen:

- a D. Juan Miguel la cantidad de 2.128,87 €, más 212,88 € por intereses moratorios, así como a que aporten la cantidad de 1.223,54 € a su Plan de Pensiones;

- a D. Alejandro la cantidad de 11.592,84 €, más 1.159,28 € por intereses moratorios, así como a que aporten la cantidad de 1.384,29 € a su Plan de Pensiones;

- a Dª. Eufrasia la cantidad de 4.502,12 € a su Plan de Pensiones;

- a D. Hilario la cantidad de 10.013,84 €, más 1.001,38 €, mas por intereses moratorios, así como a que aporten la cantidad de 2.777,94 € a su Plan de Pensiones;

- a D. Pedro Miguel la cantidad de 13.597,06 €, más 1.359,70 € por intereses moratorios;

- a D. Luis Manuel la cantidad de 7.032,52 €, más 703,25 € por intereses moratorios, así como a que aporten la cantidad de 1.267,99 € a su Plan de Pensiones;

- a D. Anibal la cantidad de 7.200,48 € a reponer en el Fondo de Pensiones;

- a D. Severino la cantidad de 19.413,44 €, más 1.941,34 € por intereses moratorios;

- a D. Marco Antonio la cantidad de 14.220,87 €, más 1.422,08 € por intereses moratorios;

- a D. Carlos Ramón la cantidad de 9.685,29 €, más 968,52 € por intereses moratorios, así como a que aporten la cantidad de 1.388,31 € a su Plan de Pensiones;

- a D. Genaro la cantidad de más 2.182,61 €, mas 218,26 € por intereses moratorios, así como a que aporten la cantidad de 950,00 € a su Plan de Pensiones;

- a D. Juan Luis la cantidad de 11.869,95 €, más 1.186,99 € por intereses moratorios;

- a D. Secundino la cantidad de 16.726,65 €, más 1.672,66 € por intereses moratorios;

- a D. Luis Alberto la cantidad de 3.215,94 €,, mas 321,59 € por intereses moratorios, así como a que aporten la cantidad de 1.350,00 € a su Plan de Pensiones;

- a Dª. Elsa la cantidad de 4.923,30 €, más 492,33 € por intereses moratorios, así como a que aporten la cantidad de 1.105,62 € a su Plan de Pensiones;

- a D. Justo la cantidad de 5.567,09 €, mas 556,70 € por intereses moratorios;

- a D. Luis Pedro la cantidad de 1.953,74 €, mas 195,37 € por intereses moratorios, así como a que aporten la cantidad de 955,17 € a su Plan de Pensiones;

- a D. Victorio la cantidad de 8.676,80 €, mas 867,68 € por intereses moratorios, así como a que aporten la cantidad de 3.375,00 € a su Plan de Pensiones;

- a D. Carlos Miguel la cantidad de 11.336,41 €, mas 1.133,64 € por intereses moratorios, así como a que aporten la cantidad de 3.218,58 € a su Plan de Pensiones;

- a D. Alexis la cantidad de 1.197,34 €, mas 119,73 € por intereses moratorios, así como a que aporten la cantidad de 876,99 € a su Plan de Pensiones;

- a D. Ismael la cantidad de 12.475,47 €, mas 1.247,54 € por intereses moratorios, así como a que aporten la cantidad de 2.760,17 € a su Plan de Pensiones;

- a D. Jose Manuel la cantidad de 10.439,53 €, mas 1.043,95 € por intereses moratorios, así como a que aporten la cantidad de 1.573,50 € a su Plan de Pensiones;

- a D. Urbano la cantidad de 14.704,21 €, mas 1.470,42 € por intereses moratorios;

- a Dª. Palmira la cantidad de 12.312,40 €, mas 1.231,24 € por intereses moratorios, así como a que aporten la cantidad de 2.034,10 € a su Plan de Pensiones;

- a D. Alonso la cantidad de 4.321,31 € a reponer en el Fondo de Pensiones;

- a D. Juan María la cantidad de 12.039,49 €, mas 1.203,94 € por intereses moratorios, así como a que aporten la cantidad de 5.104,75 € a su Plan de Pensiones;

- y a D. Fidel la cantidad de 8.090,23 €, mas 809,02 € por intereses moratorios, así como a que aporten la cantidad de 2.651,71 € a su Plan de Pensiones.

Sin pronunciamiento en materia de costas.

SEGUNDO

Que en dicha Sentencia se establecen los siguientes Hechos Probados:

PRIMERO.- Que los actores, D. Juan Miguel, con D.N.I. nº NUM000 ; D. Alejandro, con D.N.I. nº NUM001 ; Dª. Eufrasia, con D.N.I. nº NUM002, D. Hilario, con D.N.I. nº NUM003 ; D. Pedro Miguel, con D.N.I. nº NUM004

D. Luis Manuel, con D.N.I. nº NUM005 ; D. Anibal, con D.N.I. nº NUM006, D. Severino, con D.N.I. nº NUM007 ; D. Marco Antonio, con D.N.I. nº NUM008 ; D. Carlos Ramón, con D.N.I. nº NUM009 ; D. Genaro, con D.N.I. nº NUM010 ; D. Juan Luis, con D.N.I. nº NUM011 ; D. Secundino, con D.N.I. nº NUM012 ; D. Luis Alberto

, con D.N.I. nº NUM013 ; Dª. Elsa, con D.N.I. nº NUM014 ; D. Justo, con D.N.I. nº NUM015 ; D. Victorio, con D.N.I. nº NUM016 ; D. Luis Pedro, con D.N.I. nº NUM017 ; D. Carlos Miguel, con D.N.I. nº NUM018 ; D. Alexis, con D.N.I. nº NUM019 ; D. Ismael, con D.N.I. nº NUM020 ; D. Jose Manuel, con D.N.I. nº NUM021 ;

D. Urbano, con D.N.I. nº NUM022 ; Dª. Palmira, con D.N.I. nº NUM023 ; D. Alonso, con D.N.I. nº NUM024,

D. Juan María, con D.N.I. nº NUM025 ; y D. Fidel, con D.N.I. nº NUM026, han venido prestando sus servicios profesionales inicialmente para la empresa CAJA DE AHORROS DE CASTILLA-LA MANCHA, y posteriormente BANCO DE CASTILLA-LA MANCHA, S.A. y LIBERBANK, S.A. (ambas pertenecientes al GRUPO LIBERBANK).

SEGUNDO.- Que mediante comunicación de fecha 24 de mayo de 2.013, CAJA CASTILLA-LA MANCHA comunicó de manera individualizada a los actores la adopción unilateral de una serie de medidas referidas a modif‌icaciones sustanciales de las condiciones de trabajo, reducciones salariales temporales, supresión de algunos benef‌icios y mejoras sociales que venían disfrutando, y suspensión de aportaciones a todos los partícipes de los planes de pensiones por la contingencia de jubilación durante el período de 1 de junio de

2.013 al 31 de mayo de 2.017. Las reducciones salariales se establecieron sobre las...

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