AAP Barcelona 179/2020, 1 de Diciembre de 2020
Jurisdicción | España |
Fecha | 01 Diciembre 2020 |
Número de resolución | 179/2020 |
Sección nº 15 de la Audiencia Provincial de Barcelona. Civil
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Recurso de apelación 1259/2020 -1
Materia: Juicio Ordinario
Órgano de origen:Juzgado de lo Mercantil nº 08 de Barcelona
Procedimiento de origen:Procedimiento ordinario 117/2020
Parte recurrente: PROUD EVENTS S.L.
Procurador: Francisco Sanchez Garcia
Parte recurrida: MUSIC CREATIVOS S.L.
Procuradora: Emma Nel.Lo Jover
Cuestiones. Declinatoria en procedimiento de propiedad intelectual. Condena en costas. AUTO núm. 179/2020
Ilmos. Sres. Magistrados
DON JOSE MARIA RIBELLES ARELLANO
DON MANUEL DÍAZ MUYOR
DOÑA MARTA CERVERA MARTÍNEZ
En Barcelona, a 1 de diciembre de 2020
Parte apelante: PROUD EVENTS S.L.
Parte apelada: MUSIC CREATIVOS S.L.
Resolución recurrida: Auto
-Fecha: 7 de mayo de 2020
-Demandante: PROUD EVENTS S.L.
-Demandada: MUSIC CREATIVOS S.L.
La parte dispositiva del auto apelado es del tenor literal siguiente:
"DISPONGO: haber lugar a estimar la declinatoria promovida por la sociedad de capital demandada "MUSIC CREATIVOS, S.L." y en consecuencia, acuerdo que este Juzgado de lo mercantil carece de competencia objetiva para conocer de las pretensiones materiales deducidas en la demanda interpuesta por la sociedad de capital "PROUD EVENTS, S.L.".
La competencia objetiva para el conocimiento de la demanda corresponde a los Juzgados de Primera Instancia que sean territorialmente competentes.
Las costas procesales de la declinatoria se imponen expresamente a la parte demandante de este juicio, la sociedad de capital "PROUD EVENTS, S.L."."
Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de la parte actora. Dado traslado a la demandada, presentó escrito de oposición al recurso.
Recibidos los autos originales y formado en la Sala el rollo correspondiente, se procedió al señalamiento de día para votación y fallo, que tuvo lugar el pasado 19 de noviembre 2020.
Es ponente el Ilmo. Sr. DON JOSE MARIA RIBELLES ARELLANO.
Términos en los que aparece determinado el conflicto en esta instancia.
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El recurso tiene por objeto la condena en costas impuesta al recurrente en el auto que estimó la declinatoria de jurisdicción promovida por la sociedad demandada. Para la resolución del recurso tomamos en consideración los siguientes hechos que resultan de las actuaciones:
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) La demandante PROUD EVENTS S.L., titular de los derechos de explotación del festival de música conocido como San San Festival, interpuso demanda de reclamación de cantidad contra MUSIC CREATIVOS S.L., representante del grupo musical Love of Lesbians. Ambas partes suscribieron un contrato el 5 de octubre de 2018 por el que acordaban la actuación de dicho grupo musical en el festival de música, fijando las condiciones económicas por su participación. Lamentablemente el festival, que debía celebrarse los días 18, 19 y 20 de abril, tuvo que suspenderse por las condiciones meteorológicas. La actora reclama la restitución de las cantidades anticipadas a la demandada.
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) La demanda se presentó inicialmente ante los Juzgados de Primera Instancia de Barcelona, siendo repartida al Juzgado 23. Dicho Juzgado acordó dar traslado al Ministerio Fiscal para que se pronunciara sobre la competencia objetiva, emitiendo informe el 27 de noviembre de 2019 en el sentido de que correspondía el conocimiento del asunto a los Juzgados de lo Mercantil.
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) El Juzgado de Primera Instancia 23 dictó auto de fecha 18 de diciembre de 2019, declarando la falta de competencia objetiva por ser competentes los Juzgados de lo Mercantil. En sus fundamentos de derecho el auto se limita a citar el artículo 86 ter 2, apartado a), de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que atribuye a los Juzgados de lo Mercantil, entre otras cuestiones, las demandas en las que se ejerciten acciones relativa a propiedad intelectual.
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) PROUD EVENTS S.L. presentó de nuevo la demanda ante los Juzgados de lo Mercantil de Barcelona,...
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