STSJ Comunidad de Madrid 310/2020, 30 de Junio de 2020

JurisdicciónEspaña
Número de resolución310/2020
Fecha30 Junio 2020

Tribunal Superior de Justicia de Madrid

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección Sexta

C/ General Castaños, 1 , Planta Baja - 28004

33009730

NIG: 28.079.00.3-2018/0028117

Procedimiento Ordinario 1210/2018

Demandante: VACMA SOLAR 5, S.L.

PROCURADOR D./Dña. ALICIA CASADO DELEITO

Demandado: MINISTERIO DE ENERGIA, TURISMO Y AGENDA DIGITAL

Sr. ABOGADO DEL ESTADO

SENTENCIA Nº 310

Presidente:

D./Dña. Mª TERESA DELGADO VELASCO

Magistrados:

D./Dña. CRISTINA CADENAS CORTINA

D./Dña. JOSE RAMON GIMENEZ CABEZON

D./Dña. LUIS FERNÁNDEZ ANTELO

En la Villa de Madrid a treinta de junio de dos mil veinte .

Visto el presente recurso contencioso-administrativo nº 1210/2018 interpuesto por Dña. ALICIA CASADO DELEITO, Procuradora de los Tribunales, actuando en nombre y representación de la mercantil VACMA SOLAR , S.L.U, contra la Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas, de fecha 2 de diciembre de 2016, por la que se resuelve el procedimiento de cancelación por incumplimiento de la inscripción en el registro de régimen retributivo específico en estado de explotación asociada al número de expediente NUM000, correspondiente a la instalación denominada "VACMA SOLAR , S.L.U., inscrita en el extinto registro de preasignación de retribución con número de expediente NUM001, asociada a la convocatoria del segundo trimestre de 2011 .

Habiendo intervenido como parte en autos la Administración demandada representada y defendida por el Abogado del Estado

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, la Sección 4ª de la misma dictó Auto de fecha 15 de octubre de 2018 remitiendo las actuaciones a esta Sala por entender que se trata de materia de su competencia. Recibidas las actuaciones, se emplazó a la parte actora para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que después de exponer los hechos y fundamentos de Derecho que estimó de aplicación, terminó suplicando que se dicte Sentencia :

--- Declare la nulidad de la Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas, de fecha 2 de diciembre de 2016, por la que se resuelve el procedimiento de cancelación por incumplimiento de la inscripción en el registro de régimen retributivo específico en estado de explotación asociada al número de expediente NUM000, correspondiente a la instalación denominada "VACMA SOLAR , S.L.U., inscrita en el extinto registro de preasignación de retribución con número de expediente NUM001, asociada a la convocatoria del segundo trimestre de 2011; y,

Ordene que se repongan las actuaciones al momento de dictarse la Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas, de fecha 2 de diciembre de 2016, todo ello con el fin de (i) mantener la inscripción de VACMA SOLAR , S.L.U. en el registro de régimen retributivo específico en estado de explotación, (ii) mantener el derecho de mi mandante a la percepción del régimen retributivo específico y del régimen económico primado, (iii) acordar que el titular de la instalación estaba plenamente legitimado para mantener las cantidades percibidas, (iv) no proceder a la ejecución de la garantía, y (v) comunicar la nueva resolución a la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia.

--- Condene al Ministerio para la Transición Ecológica al pago de las costas procesales en virtud del artículo 139.1 LJCA

SEGUNDO

El Abogado del Estado contesta la demanda mediante escrito en el que después de exponer los fundamentos de Derecho que estimó de aplicación, terminó suplicando que se dicte Sentencia desestimando el recurso.

TERCERO

Finalizada la tramitación, quedó el pleito pendiente para deliberación y fallo, mediante Diligencia de ordenación , señalándose la audiencia del día 24 de junio de 2020, teniendo lugar así.

Ha sido Ponente la Magistrada Ilma. Sra. Doña MARIA TERESA DELGADO VELASCO, quien expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso contencioso- administrativo fue interpuesto por la Procuradora Sra. Casado Deleito en representación de la mercantil "VACMA SOLAR , S.L.U", contra la Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas, de fecha 2 de diciembre de 2016, por la que se resuelve el procedimiento de cancelación por incumplimiento de la inscripción en el registro de régimen retributivo específico en estado de explotación asociada al número de expediente NUM000, correspondiente a la instalación denominada "VACMA SOLAR , S.L.U, S.L., inscrita en el extinto registro de preasignación de retribución con número de expediente NUM001, asociada a la convocatoria del segundo trimestre de 2011 .

Para la resolución del presente recurso ha de partirse de la exposición de los siguientes antecedentes facticos:

A---- La parte actora que es VACMA SOLAR , S.L.U, con C.I.F. B91553992 y domicilio en la calle Manufactura 2 2º F - Polígono Pisa, Edificio Eu 41927 - (Mairena Del Aljarafe) - Sevilla, dedicada, entre otras cosas, al análisis, el estudio, la elaboración, el desarrollo, la coordinación, la supervisión y la realización de proyectos en el sector de las energías renovables. Inscrita en el extinto registro de preasignación de retribución con número de expediente NUM001, asociada a la convocatoria del segundo trimestre de 2011.

B---- Según consta en el expediente administrativo, la aquí recurrente mediante su representante legal presentó solicitud el 6 de abril de 2011 pidiendo que se inscribiera en el registro de régimen retributivo específico la instalación solar fotovoltaica con el número de expediente NUM001.

C-----Mediante resolución de 20 de julio de 2011 de la DGPEM se acordó su inscripción en el Registro de Preasignación de retribución, en base al RD 1578/2008. La resolución fue publicada el 21 de julio en la página web. Pero no consta notificación personal. Así pues, con fecha 20 de julio de 2011, se publicó en la página web del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio la Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se inscriben en el registro de preasignación de retribución los proyectos incluidos en los cupos correspondientes a la convocatoria del segundo trimestre de 2011.En dicha resolución se acuerda inscribir el proyecto denominado "VACMA SOLAR , S.L.U, S.L.", titularidad de la sociedad demandante VACMA SOLAR , S.L.U, asignándosele el número de expediente NUM001. Por lo que a entender de la actora la fecha límite para que la instalación resultara inscrita con carácter definitivo en el registro administrativo de instalaciones de producción de energía eléctrica y comenzara la venta de energía eléctrica era el 21 de noviembre de 2012, esto es, dieciséis (16) meses después a contar desde la publicación en la web del resultado del procedimiento de preasignación referido.

D---- La actora procedió a la instalación de los módulos y componentes necesarios para el inicio de la actividad de vertido de energía eléctrica, hecho que tuvo lugar según ella el día 20 de noviembre de 2012. Aunque según el informe de la CNMC de fecha 29 de abril de 2015 al parecer el primer vertido fue de fecha 26 de noviembre de 2012, con potencia PREFO de 29 kw y potencia RIPRE de 29 kw Y aunque figura como fecha de inscripción definitiva el 20 de noviembre de 2012 .

E---- Así las cosas, el mismo día 20 de noviembre de 2012 la empresa ENDESA DISTRIBUCION ELECTRICA, S.L.U certificó la correcta instalación de la planta solar fotovoltaica titularidad de VACMA SOLAR , S.L.U (ver expediente) . En ese Certificado de Instalación de ENDESA (epígrafe 06.04 "PR. RESOL_CNMC" (página 8) de la carpeta "Exp_FTV-002803-2011-E") se puede leer cuanto sigue:

"En cumplimiento del Real Decreto 661/2007, de 25 de mayo de 2007, en el apartado b) de su Artículo 12, Endesa Distribución Eléctrica SLU como Encargado de la lectura: CERTIFICA:Que la siguiente instalación en régimen especial:

Datos del titular:Nombre: VACMA SOLAR , 5 S.L.U

Datos de la instalación: Nombre: VACMA SOLAR , 5 S.L.

Potencia (Kw): 28

Dirección: FINCA RUSTICA LA SEVILLANA, POLIGONO 59,PCL 94

Municipio: MAIRENA DEL ALJARAFE

Provincia: SEVILLA

Combustible: Solar Fotovoltaica

Cumple con lo dispuesto en el Reglamento de Puntos de Medida de los consumos y tránsitos de energía eléctrica, aprobado por el Real Decreto 1110/2007, de 24 de agosto de 2007".

----Y así en el posterior Certificado de Lectura de ENDESA se puede leer cuanto sigue obrante al epígrafe 6.10 "CERTIFICADO_MEDIDA" (página 3) de la carpeta "Exp_FTV-002803-2011-E" :"Certificado de lectura.N°. de CIL: ES0031000000430338EC1F001.N°. de RIPRE: RE-110916.Denominación: FV VACMA SOLAR , 5 S.L.U S.L.

Nombre del titular: VACMA SOLAR , S.L.U S.L.

POT. (Kw): 28.Ubicación: ECIJA-SEVILLA

Datos del equipo de medida.Marca: ZIV.

N° Serie: 2101548

Tensión (V): 3X230/400

Int./relación trato (A): 10(80) Lecturas

Lectura inicial en fecha de verificación en la puesta en servicio del equipo (26/11/2012)

En el momento en que se verifica el equipo se comprueba que la instalación vierte energía a la red. Se detallan a continuación las siguientes lecturas registradas de exportación con medida distinta a la indicada anteriormente:

· 26 de Noviembre de 2012 25 kwh Lectura de verificación

· 02 de Enero de 2013 2.944 kWh Lectura de concentrador".

F----Pero pese a estos datos mediante resolución de fecha 29 de abril de 2015 la CNMC propone -aparte de por esta y otras instalaciones- la apertura de un procedimiento administrativo frente a VACMA SOLAR , 5 S.L.U por parte de la DGPEM, entendiendo ésta última que, según su base de datos, la fecha de comienzo de venta de energía eléctrica habría sido posterior a la fecha límite (21 de noviembre de 2012).

G---- La DGPEM - a propuesta de la CNMC de 29 de abril de 2015- iniciaría dicho...

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