SAP Girona 1255/2020, 10 de Noviembre de 2020

JurisdicciónEspaña
Número de resolución1255/2020
Fecha10 Noviembre 2020

Sección nº 01 Civil de la Audiencia Provincial de Girona (UPSD AP Civil Sec.01)

Plaza Josep Maria Lidón Corbí, 1 - Girona - C.P.: 17001

TEL.: 972942368

FAX: 972942373

EMAIL:upsd.aps1.girona@xij.gencat.cat

N.I.G.: 1711442120198166917

Recurso de apelación 549/2020 -1

Materia: Apelación civil

Órgano de origen:Sección Civil. Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Olot (UPAD Civil 2) Procedimiento de origen:Juicio verbal (Desahucio por expirac.legal/contract del plazo art. 250.1.1) 422/2019 Parte recurrente/Solicitante: Paloma

Procurador/a: Elisenda Pascual Sala

Abogado/a: ALBERT TOY I BOHIGAS

Parte recurrida: Pilar, Rafaela

Procurador/a:

Abogado/a:

SENTENCIA Nº 1255/2020

Magistrados: Fernando Ferrero Hidalgo Carles Cruz Moratones Nuria Lefort Ruiz de Aguiar

Girona, 10 de noviembre de 2020

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En fecha 22 de julio de 2020 se han recibido los autos de Juicio verbal (Desahucio por expirac.legal/ contract del plazo art. 250.1.1) 422/2019 remitidos por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Olot (UPAD Civil 2) a f‌in de resolver el recurso de apelación interpuesto por la Procuradora Elisenda Pascual Sala, en nombre y representación de Paloma contra Sentencia de fecha 03/03/2020 y en el que consta como parte apelada Pilar y Rafaela .

SEGUNDO

El contenido del fallo de la Sentencia contra la que se ha interpuesto el recurso es el siguiente: "FALLO Se estima la demanda promovida por la Procuradora Sra. Janina Juanola en nombre y representación de Pilar y Rafaela contra Dª Paloma representados por el Procurador Sr. Joan Enric Pons. Se declara

resuelto por expiración del plazo el contrato de arrendamiento sobre la vivienda sita en Olot, CALLE000 nº NUM000, y el consiguiente desahucio. Se condena a la demandada D. Paloma a dejar libre,vacua y expedita la mencionadaf‌inca a disposición de la parte actora, bajoapercibimiento delanzamiento sino se verif‌icare.Se condena a la parte demanda al pago delas costas causadas en este procedimiento."

TERCERO

El recurso se admitió y se tramitó conforme a la normativa procesal para este tipo de recursos.

Se señaló fecha para la celebración de la deliberación, votación y fallo que ha tenido lugar el 10/11/2020. CUARTO. En la tramitación de este procedimiento se han observado las normas procesales esenciales aplicables al caso.

Se designó ponente a la MAGISTRADA NURIA LEFORT RUIZ DE AGUIAR.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Antecedentes de interés .La parte actora presentó demanda de demanda de juicio verbal de desahucio por expiración del plazo contractual, conforme al art. 250.1.1º LEC, frente a la arrendataria de la f‌inca de su propiedad.

La demandada se opuso alegando no haber recibido comunicación por parte del arrendador en tiempo hábil para determinar la f‌inalización del contrato que debe entenderse pactado por años.

La sentencia estima la demanda al concluir que el contrato se encuentra en tácita reconducción y que ésta se produce por meses al ser este el plazo por el que se pactó el pago de la renta, por lo que el mero requerimiento...

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