STSJ Castilla y León 1094/2020, 5 de Noviembre de 2020
Jurisdicción | España |
Emisor | Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Valladolid), sala Contencioso Administrativo |
Fecha | 05 Noviembre 2020 |
Número de resolución | 1094/2020 |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEÓN
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
VALLADOLID
Sección Segunda
SENTENCIA: 01094/2020
Equipo/usuario: MSE
C/ ANGUSTIAS S/N
Correo electrónico:
N.i.G: 47186 33 3 2019 0000054
Procedimiento : PO PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000055 /2019 /
Sobre: ADMINISTRACION AUTONOMICA
De D./ña. CENAFE ESCUELAS, S.L. (CENTRO NACIONAL DE ENTRENADORES DE FUTBOL)
ABOGADO MARCOS ALONSO SANCHEZ
PROCURADOR D./Dª. JORGE FAUSTINO RODRIGUEZ-MONSALVE GARRIGOS
Contra D./Dª. TRIBUNAL PARA LA DEFENSA DE LA COMPETENCIA DE LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEON, FEDERACION DE CASTILLA Y LEON DE FUTBOL
ABOGADO LETRADO DE LA COMUNIDAD, RAFAEL ALONSO MARTINEZ
PROCURADOR D./Dª., MARIA LAGO GONZALEZ
SENTENCIA Nº 1094
ILMOS. SRES.
PRESIDENTE DE LA SECCIÓN:
DON JAVIER ORAÁ GONZÁLEZ
MAGISTRADOS:
DON RAMÓN SASTRE LEGIDO
DOÑA ADRIANA CID PERRINO
En Valladolid, a cinco de noviembre de dos mil veinte.
Visto por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, el presente recurso número 55/2019, en el que se impugna:
La resolución del Pleno del Tribunal para la Defensa de la Competencia de la Comunidad de Castilla y León, adoptada en reunión celebrada el 27 de noviembre de 2018 (expediente TDC/SAN/14/2018), que ordenó el archivo de las actuaciones seguidas como consecuencia de la denuncia formulada por la mercantil CENAFE ESCUELAS, S.L. (Centro Nacional de Entrenadores de Fútbol) relativa a posibles conductas contrarias a la competencia por parte de la Federación de Castilla y León de Fútbol y la remisión de la denuncia mencionada al Tribunal del Deporte de Castilla y León para su conocimiento y efectos oportunos.
Son partes en dicho recurso:
Como recurrente: La mercantil CENAFE ESCUELAS S.L. (Centro Nacional de Entrenadores de Fútbol), representada por el Procurador Sr. Rodríguez-Monsalve Garrigós y defendida por el Letrado Sr. Alonso Sánchez.
Como demandada: La Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León (Tribunal para la Defensa de la Competencia de la Comunidad de Castilla y León), representada y defendida por Letrado de sus Servicios Jurídicos.
Como codemandada: La Federación de Castilla y León de Fútbol, representada por la Procuradora Sra. Lago González y defendida por el Letrado Sr. Alonso Martínez.
Ha sido ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Javier Oraá González.
Interpuesto y admitido a trámite el presente recurso, y una vez recibido el expediente administrativo, la parte recurrente dedujo demanda en la que, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, solicitó de este Tribunal que se dicte sentencia por la que se anule la Resolución de fecha 28 de noviembre de 2018, con expediente número TDC/SAN/14/2018 del Tribunal para la Defensa de la Competencia de la Comunidad de Castilla y León y se declare la competencia de dicho incoando el expediente sancionador EXP101710. Con condena en costas.
En el escrito de contestación de la Administración demandada, en base a los hechos y fundamentos de derecho expresados en el mismo, se solicitó de este Tribunal que se dicte sentencia desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por CENAFE ESCUELAS S.L. (Centro Nacional de entrenadores de Fútbol) contra la Resolución del Tribunal para la Defensa de la Competencia de Castilla y León de fecha 28 de noviembre de 2018, declarando que la misma es conforme a Derecho, con la expresa imposición de las costas causadas en el procedimiento a la parte recurrente.
En el escrito de contestación de la parte codemandada, en base a los hechos y fundamentos de derecho expresados en el mismo, se solicitó de este Tribunal que se dicte sentencia desestimatoria, con expresa imposición de costas a la parte recurrente.
Al no haberse solicitado el recibimiento del pleito a prueba, ni interesado la celebración de vista o la presentación de conclusiones, se declararon conclusas las actuaciones...
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