STSJ Andalucía 3107/2020, 22 de Octubre de 2020
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 3107/2020 |
Fecha | 22 Octubre 2020 |
Recurso Nº 1740/19- K Sentencia nº 3107/20
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA
SALA DE LO SOCIAL
SEVILLA
Ilmo. Sr. Magistrado
DON LUIS LOZANO MORENO
Ilmas. Sras. Magistradas
DOÑA MARÍA DEL CARMEN PÉREZ SIBÓN
DOÑA AURORA BARRERO RODRIGUEZ (PONENTE)
En Sevilla, a veintidós de octubre dos mil veinte.
La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen,
EN NOMBRE DEL REY
ha dictado la siguiente
SENTENCIA NÚM. 3107/20
En los recursos de suplicación interpuestos por D Casiano e Igcar Industries S.L, contra la sentencia del Juzgado de lo Social número 3 de Huelva, dictada en los autos nº 601/15; ha sido Ponente la Ilma. Sra. Doña Aurora Barrero Rodríguez, Magistrada.
Según consta en autos, se presentaron demandas por D. Casiano e Igcar Industries S.L, contra
D. Casiano, Igcar Industries S.L., Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social, sobre Recargo de Prestaciones, se celebró el juicio y se dictó sentencia el día 16/7/18 por el Juzgado de referencia, en la que se desestimó la demanda.
En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes:
Don Casiano, con D.N.I. nº NUM000, nacido el NUM001 de 1973, se encuentra afiliado a la Seguridad Social, encuadrado en el Régimen General, siendo su profesión habitual la de Operario de Producción en industria química.
Resulta de aplicación a la relación laboral el XVII Convenio Colectivo General de la Industria Química (BOE nº 85, de 9 de abril de 2013).
El Sr. Casiano comenzó a prestar servicios para la codemandada " Estilbénicos Technoba S.L." con fecha 2 de agosto de 2010, en virtud de contrato por obra o servicio determinado, con duración hasta el 31 de octubre de 2010.
Entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre de 2010, y entre el 1 de febrero y el 30 de septiembre de 2011, el citado trabajador prestó servicios para la referida empresa mediante sendos contratos eventuales por circunstancias de la producción, transformándose el último contrato en indefinido el día 1 de octubre de 2011.
La mercantil demandada tenía suscrito el correspondiente convenio asociativo con Mutua " Asepeyo" .
Las principales tareas desempeñadas por el Sr. Casiano consistían en:
-Realiza los trabajos derivados de las órdenes y programas de fabricación facilitadas por el Responsable de Producción e infamia con prontitud de cualquier incidencia o desviación en las tareas programadas.
-Cumple las instrucciones de fabricación, rellena los documentos de fabricación y las hojas de seguimiento, estadillos de fabricación, así como cualquier otro documento asignado a la fabricación.
-Realiza la carga y descarga de reactores.
-Controla el abastecimiento de la maquinaria bajo su responsabilidad.
-Supervisa y controla el funcionamiento correcto de la maquinaria asignada, los sistemas de control de producción o mantenimiento, e informa a su superior de las incidencias.
-Control del proceso de producción (temperatura, pH, adición materias primas, etc.)
-Detecta deficiencias en la calidad de las materias primas o semielaboradas que utiliza en su parte del proceso productivo y comprueba la calidad de los productos por él fabricados.
-Envasado de productos.
-Recoge muestras de producto para Control de Calidad, y realiza controles de condensación.
-Limpieza de fábrica, inspección y conservación de equipos e instalaciones.
-Asegura el cumplimiento de los procedimientos establecidos.
-Cuida de su Higiene y Seguridad personal prestando especial atención en la conservación y buen uso de las prendas de trabajo y equipos de protección personal.
-Aplica las normas de Higiene y Seguridad y manipulación de productos obligatorios para su trabajo, tanto a lo que se refiere a manipulación de productos como equipos.
-Mantiene su puesto de trabajo limpio y ordenado.
-Cualquier otra tarea, coherente con las funciones generales del puesto y al alcance de sus capacidades, que le sea encomendada por su Responsable.
La mercantil " Estilbénicos Technoba S.L. ", con CIF B-21120878, tiene como actividad productiva la fabricación de blanqueantes ópticos, conocidos como OBAs (" Optical Brighteners Agents ") y destinados a la industria textil y papelera. Los blanqueantes ópticos fabricados son derivados del ácido flavónico, teniendo la planta una capacidad que se sitúa entre 16.000 y 18.000 t/año.
Los OBAs triazinilestilbendisulfónicos, que es el grupo de blanqueantes ópticos que fabrica la empresa demandada, se clasifican en tres grupos: disulfónicos, tetrasulfónicos y hexasulfónicos.
El proceso de fabricación es discontinuo y comprende las fases de reacción, separación y estandarizado.
Las materias primas de base para todos los productos son el DAST (ácido 4,4' diaminoestilbe-2,2' disulfónico) y CYCL (cloruro de cianurilo). En el caso de los OBAS disulfónicos, la materia prima común es la anilina, en el caso de los tretrasulfónicos el ácido sulfanílico y en el de los hexa sulfónicos el ácido 2,5 anilindisulfónico.
El productor prestaba servicios a turnos en el centro de trabajo sito en carretera comarcal A-476, Km 26,7 de Minas de Riotinto.
El mencionado centro de trabajo consta de las siguientes áreas: producción; servicio y mantenimiento; administrativa; laboratorio de análisis; logística y almacén; zona de pincking; muelle de carga y descarga; caseta de control de acceso. Asimismo, existen aseos, comedor, aula de formación, oficinas, vestuarios, montacargas, zona de aparcamiento y vivienda de gerente.
El área de almacén se estructura en dos cubiertas de grandes dimensiones ubicadas en espacio abierto, en donde se almacenan las materias primas, el producto semielaborado y el producto final, existiendo
apilamientos y depósitos de diferentes capacidades y volumen. Entre los productos almacenados se encuentran blanqueante óptico (neucoblanc), materias primas(entre otras, ácido dimetalínico, cloruro de cianurilo, anilina), urea, agua y dispersantes.
El área de fabricación y producción, ocupa la planta baja y primera de un edificio de dos cubiertas y se organiza en las siguientes zonas: fabricación, servicios generales, y evaporación y secado. En ella existen tanques, reactores, filtros prensa, montacargas, extractores de aire y de fábrica y equipos de empastado.
Los operarios/as disponen de carretillas para el transporte de las materias primas y los productos.
El centro de trabajo organiza su actividad en los siguientes puestos de trabajo: Operario y Responsable de Logística; Operario y Responsable de Mantenimiento; Operario y Responsable de Turno de Producción; Responsable de Fábrica, y Operario y Responsable de Laboratorio.
El 23 de diciembre de 2010, por el Departamento de Vigilancia de la Salud de " Hispalense de Prevención " se realizó al Sr. Casiano, a petición de la empresa, reconocimiento médico para el puesto de trabajo de "producción ", con resultado de: " Apto. Protocolos específicos aplicados: problemas osteomusculares".
La evaluación de riesgos elaborada por PREVENRISK, SA en relación al puesto de trabajo de operario de producción, determina la existencia de riesgos para la salud de los trabajadores derivados de contacto y de inhalación o ingestión de sustancias nocivas: por humos de soldadura, por exposición por vía inhalatoria en caso de derrames y fugas, por nieblas y/o gases tóxicos, corrosivos e irritantes procedentes de posibles fugas del circuito cerrado; por vía dérmica en caso de derrames o fugas o por trasvase de los productos químicos, por manipulación con agentes químicos mediante alimentación del reactor por descarga directa, por exposición a agentes químicos.
Igualmente, la evaluación de riesgos de 23/11/2012 del Servicio de Prevención MPE recogía la existencia de riesgos causados por agente químicos peligrosos, ya sea por vertido accidental, por manipulación inadecuada, por inhalación o por contacto con sustancias corrosivas.
Con fecha 18 de septiembre de 2015 " INERCO Prevención de Riesgos" realiza " Evaluación de riesgos por exposición a agentes químicos en puestos de trabajo de Estilbénicos Technoba S.L. en sus instalaciones de Minas de Riotinto (Huelva)", cuyo texto obre unido a los folios 898 a 932 de las actuaciones, a que hacemos remisión expresa.
De acuerdo con la ficha de datos de seguridad, en el centro de trabajo se opera con los siguientes productos químicos:
-Cloruro de cianurilo.
-Alcohol láurico 4 moes.
-Anilina.
-Ácido clorhídrico.
-Dimetiletanolamina.
-Bactericida MBS.
-Acmidmea t.c.
El Sr. Casiano tiene antecedentes de alergia a ácaros, gramíneas, hongos, pelos de gato, alternaria, hierba timotea, ballico, grama, melocotón, anisakis, látex y sulfato de níquel, que se manifestó en su niñez con problemas simplemente dermatológicos y de rinoconjuntivitis, mas nunca asmáticos, habiendo permanecido asintomático durante más de treinta años, sin requerir siquiera inhaladores.
En fecha no concretada del mes de julio de 2011, el Sr. Casiano sufrió una inhalación de vapores por escape entre cuyos componentes se encontraban anilina, flavonato sódico, sosa caústica, alquilamida, monoetanolamina, ácido sulfúrico, bicarbonato y cloruro de cianurilo, en la zona de los tanques de precipitación T-104-A y T104-B cuando, como...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba