SAP A Coruña 388/2020, 9 de Octubre de 2020
Ponente | ANGEL JUDEL PRIETO |
ECLI | ES:APC:2020:2285 |
Número de Recurso | 815/2020 |
Procedimiento | Recurso de apelación. Sentencia menores |
Número de Resolución | 388/2020 |
Fecha de Resolución | 9 de Octubre de 2020 |
Emisor | Audiencia Provincial - A Coruña, Sección 2ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2
A CORUÑA
SENTENCIA: 00388/2020
- C/. DE LAS CIGARRERAS Nº 1 - EDIFICIO ANTIGUA FABRICA DE TABACOS. 1ª PLANTA
Teléfono: 981 18 20 36/ 74/75
Correo electrónico: seccion2.ap.coruna@xustiza.gal. TFNO. 881 881 899 /895/ 896/ 898
Equipo/usuario: MV
Modelo: 213100
N.I.G.: 15030 77 2 2018 0100645
RAM R.APELACION ST MENORES 0000815 /2020
Juzgado procedencia: XULGADO DE MENORES N. 1 de A CORUÑA
Procedimiento de origen: EXPEDIENTE DE REFORMA 0000286 /2018
Delito: ROBO CON FUERZA EN LAS COSAS
Recurrente: Samuel, Saturnino
Procurador/a: D/Dª MARTA ISABEL PEREIRA DE VICENTE, RICARDO SANZO FERREIRO
Abogado/a: D/Dª GABRIEL FEAL VARELA, JOSE ANTONIO LOPEZ-TURNES GARCIA
Recurrido: Simón, Clara, MINISTERIO FISCAL, Concepción, Valeriano
Procurador/a: D/Dª JUAN PEDRO PERREAU DE PINNINCK Y ZALBA, JUAN PEDRO PERREAU DE PINNINCK Y ZALBA,,,
Abogado/a: D/Dª ANA ROSA PENA BARCIA, ANA ROSA PENA BARCIA,, ROBERTO FERNANDEZ CALVO, ROBERTO FERNANDEZ CALVO
ILMO Sr. PRESIDENTE
DON ANGEL M. JUDEL PRIETO-PONENTE
ILMOS. Sres. MAGISTRADOS
DON MIGUEL A. FILGUEIRA BOUZA
DON SALVADOR P. SANZ CREGO
En A Coruña, a 9 de octubre de 2020.
LA SECCIÓN SEGUNDA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE A CORUÑA, integrada por los Magistrados/as reseñados/as al margen, ha pronunciado
En nombre de S.M. el Rey
La siguiente
SENTENCIA
En el recurso de apelación penal Nº 815/20, interpuesto contra la Sentencia dictada por el Juzgado Menores de A Coruña, en el Expediente Núm.: 286/18, seguidas de oficio por un delito de robo con fuerza, figurado como apelantes los acusados Saturnino Y Samuel, y como apelado el Ministerio Fiscal; siendo Ponente del presente recurso el Ilmo. Sr. ANGEL M. JUDEL PRIETO.
ANTECENDENTES DE HECHO
Por la Ilma. Sra. Magistrada-Juez del Juzgado Menores de A Coruña con fecha 12 de marzo de 2020, dictó Sentencia y cuya Parte Dispositiva dice como siguiente:
"Imponer al menor Saturnino la medida de 16 meses de internamiento en régimen semiabierto, de los cuales 12 meses se cumplirán en régimen de internamiento efectivo y 4 meses en régimen de libertad vigilada, para que se conciencie de la gravedad de los hechos y asuma las consecuencias de sus acciones, y, alejados de su entorno habitual, en un ambiente institucional normativo restrictivo, se intervenga con cada uno de ellos con la finalidad de que puedan reorientar su comportamiento antisocial.
Imposición de costas procesales si las hubiese incluidas las de la acusación particular.
Imponer al menor Samuel la medida de 16 meses de internamiento en régimen semiabierto, de los cuales 12 meses se cumplirán en régimen de internamiento efectivo y 4 meses en régimen de libertad vigilada, para que se conciencie de la gravedad de los hechos y asuma las consecuencias de sus acciones, y, alejados de su entorno habitual, en un ambiente institucional normativo restrictivo, se intervenga con cada uno de ellos con la finalidad de que puedan reorientar su comportamiento antisocial.
Imposición de costas procesales a dicho menor si las hubiese incluidas las de la acusación particular
Imponer al menor Valeriano la medida de 16 meses de internamiento en régimen semiabierto, de los cuales 12 meses se cumplirán en régimen de internamiento efectivo y 4 meses en régimen de libertad vigilada, para que se conciencie de la gravedad de los hechos y asuma las consecuencias de sus acciones, y, alejados de su entorno habitual, en un ambiente institucional normativo restrictivo, se intervenga con cada uno de ellos con la finalidad de que puedan reorientar su comportamiento antisocial.
Imposición de costas procesales a dicho menor si las hubiese incluidas las de la acusación particular.
Imponer a la menor Concepción la medida de 16 meses de internamiento en régimen semiabierto, de los cuales 12 meses se cumplirán en régimen de internamiento efectivo y 4 meses en régimen de libertad vigilada, para que se conciencie de la gravedad de los hechos y asuma las consecuencias de sus acciones, y, alejados de su entorno habitual, en un ambiente institucional normativo restrictivo, se intervenga con cada uno de ellos con la finalidad de que puedan reorientar su comportamiento antisocial.
Imposición de costas procesales a la menor si las hubiese incluidas las de la acusación particular.
En concepto de responsabilidad civil, los menores Saturnino, Samuel, Concepción y Valeriano, solidariamente entre sí como responsables civiles directos, y solidariamente sus padres, Cosme Y Sara padres de Saturnino ), Eduardo (padres de Concepción ), Emiliano y Visitacion 15 (padres de Samuel ) e María Angeles (madre de Valeriano ), indemnizarán a Simón y Clara, en la cantidad de 3.136,04 euros por los desperfectos en la puerta y objetos sustraídos. Y en 102.100 euros por el dinero sustraído. (padres de Samuel ) e María Angeles (madre de Valeriano ), indemnizarán a Simón y Clara, en la cantidad de 3.136,04 euros por los desperfectos en la puerta y objetos sustraídos. Y en 102.100 euros por el dinero sustraído."
Notificada dicha sentencia a las partes, se interpuso contra la misma en tiempo y forma, recursos de Apelación por la representación procesal de los menores Saturnino y Samuel, que fueron admitidos en ambos efectos, por proveído de fecha 30 de julio de 2020, dictado por el instructor, acordando darle traslado prevenido en el artículo 790.6 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, a las restantes partes.
Por Diligencia de Ordenación de fecha 26 de agosto de 2020, se acordó elevar todo lo actuado a la Oficina de Reparto de Audiencia Provincial; siendo turnado el mismo a esta Sección para resolver el recurso; recibidas que fueron las actuaciones, se acordó pasar las mismas al Ilmo. Magistrado Ponente.
En la sustanciación del presente recurso se han observado y cumplido las prescripciones y formalidades legales.
HECHOS PROBADOS
Se acepta el relato fáctico de la sentencia recurrida, que aquí se da por reproducida, en aras de la brevedad.
AL RECURSO DE APELACIÓN DE Saturnino :
Interesa la asignación de cuatro meses de libertad vigilada por aplicación de la "atenuante de confesión tardía de los hechos del artículo 21.7 del Código Penal en relación con el artículo 21.4" y la limitación de la responsabilidad civil a 5.000 euros.
La circunstancia de confesión pivota exclusivamente en argumentos de política criminal, en razones objetivas de utilidad por la liberación de incertidumbres o ahorro de esfuerzos de la investigación procesal. Al presupuesto objetivo o actus contrarius que permita por su valor positivo compensar parcialmente el desvalor de la conducta contraria a la norma (confesar a las autoridades la infracción penal ejecutada) debe sumarse elemento temporal ("antes de conocer que el procedimiento judicial se dirige...
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