SAP Barcelona 255/2020, 5 de Octubre de 2020

JurisdicciónEspaña
Número de resolución255/2020
Fecha05 Octubre 2020

Sección nº 16 de la Audiencia Provincial de Barcelona. Civil

Paseo Lluís Companys, 14-16, pl. 2a - Barcelona - C.P.: 08018

TEL.: 934866200

FAX: 934867114

EMAIL:aps16.barcelona@xij.gencat.cat

N.I.G.: 0809642120138119171

Recurso de apelación 689/2018 -DS

Materia: Juicio Ordinario

Órgano de origen:Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Granollers

Procedimiento de origen:Procedimiento ordinario 847/2013

Parte recurrente/Solicitante: Mauricio

Procurador/a: Marta Durban Piera

Abogado/a: Maria Espada Pous

Parte recurrida:

Procurador/a:

Abogado/a:

SENTENCIA Nº 255/2020

Magistrados:

Inmaculada Zapata Camacho Ramon Vidal Carou Jordi Sans Sanchez

Barcelona, 5 de octubre de 2020

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimosexta de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Procedimiento ordinario 847/2013 seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Granollers, a instancia de VOLKSWAGEN FINANCE, S.A., E.F.C. incomparecido en esta alzada, contra Mauricio representado por la Procuradora Marta Durbán Piera. Estas actuaciones penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por Mauricio contra la Sentencia dictada el día 21/02/2018 por el Sr. Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

El fallo de la sentencia apelada dice:

"ESTIMO TOTALMENTE la demanda interpuesta por don Ramón Davi Navarro,

Procurador de los Tribunales y de VOLKSWAGEN FINANCE S.A., E.F.C. contra DON Mauricio, representado por el Procurador de los Tribunales don Pedro Barri Pájaro, y CONDENO a la parte demandada a pagar a la parte actora la cantidad de SEIS MIL SETECIENTOS CUARENTA Y UN EUROS Y NOVENTA Y OCHO CÉNTIMOS DE EURO (6.741,98 €), más los intereses legales devengados sobre dicha cantidad en en el periodo de tiempo comprendido desde la interposición de la presente demanda y hasta la fecha de la presente resolución, y los intereses legales previstos en el art. 576 de la LEC desde la fecha de la presente resolución y hasta su completo pago.

Condeno a la parte demandada DON Mauricio al pago de las costas procesales causadas en esta instancia."

Segundo

Mauricio recurrió en apelación contra la sentencia. Admitido el recurso en ambos efectos se dio traslado a la parte contraria, que nada manifestó, declarándose precluido dicho trámite. Los autos fueron turnados a esta sección, previo emplazamiento de las partes. Comparecida sólo la parte apelante, se siguieron los trámites legales y se señaló para decisión el día 22 de septiembre de 2020.

Tercero

En el procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

Ponente: el Magistrado JORDI SANS SANCHEZ

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

Antecedentes del debate

La parte actora formuló demanda de juicio ordinario ejercitando la acción de responsabilidad contractual para reclamar el importe pendiente de pago derivado de un contrato de f‌inanciación a comprador de bienes muebles suscrito con la parte demandada, en el que ésta impagó varias cuotas, lo que dio lugar a que la parte actora diera por vencido anticipadamente el contrato. Después, las partes f‌irmaron un documento de reconocimiento de deuda, a la vez que el demandado devolvía el vehículo objeto de arrendamiento, y la cuantía de la deuda quedó f‌ijada en el importe reclamado en la demanda. En la audiencia previa, la parte actora renunció a las cantidades reclamadas por gastos de devolución e intereses moratorios contractuales.

La parte demandada no contestó a la demanda, por lo que fue declarada en rebeldía procesal. Con posterioridad presentó escrito de contestación que fue inadmitido por el Juzgado.

La sentencia de instancia estimó íntegramente la demanda y condenó a la parte demandada al pago de la cantidad reclamada, tal y como fue f‌ijada en la audiencia previa, con los intereses legales desde la interposición de la demanda y con condena en costas.

Segundo

Motivos del recurso

El recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de Mauricio se funda en la existencia de un pacto verbal entre las partes por el que la parte demandante habría aceptado no reclamar las cantidades debidas al demandado hasta que éste tuviera ingresos, lo que determinaría que no hubo incumplimiento contractual. Añade el recurso que al no existir incumplimiento contractual...

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