STSJ Asturias 1625/2020, 6 de Octubre de 2020

JurisdicciónEspaña
Fecha06 Octubre 2020
Número de resolución1625/2020

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL

OVIEDO

SENTENCIA: 01625/2020

T.S.J. ASTURIAS SALA SOCIAL DE OVIEDO

C/ SAN JUAN Nº 10

Tfno: 985 22 81 82

Fax: 985 20 06 59

Correo electrónico:

NIG: 33044 44 4 2019 0003909

Equipo/usuario: MGZ

Modelo: 402250

RSU RECURSO SUPLICACION 0000953 /2020

Procedimiento origen: PO PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000650 /2019

Sobre: OTROS DCHOS. LABORALES

RECURRENTE/S D/ña Teodora

ABOGADO/A: JOSE MANUEL RODRIGUEZ MENENDEZ

RECURRIDO/S D/ña: CONSEJERIA DE SERVICIOS Y DERECHOS SOCIALES DEL P. ASTURIAS

ABOGADO/A: LETRADO DE LA COMUNIDAD

SENTENCIA Nº 1625/20

En OVIEDO, a seis de octubre de dos mil veinte.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la Sala de lo Social del T.S.J. de Asturias, formada por los Iltmos Sres Dª. MARIA VIDAU ARGÜELLES, Presidente, Dª. MARIA CRISTINA GARCIA FERNANDEZ,

D. JESUS MARIA MARTIN MORILLO y Dª. LAURA GARCIA-MONGE PIZARRO, Magistrados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 0000953/2020, formalizado por el Letrado D. JOSE MANUEL RODRIGUEZ MENENDEZ, en nombre y representación de Teodora, contra la sentencia número 132/20 dictada por JDO. DE LO SOCIAL N. 6 de OVIEDO en el PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000650/2019, seguidos a instancia de Teodora frente a la CONSEJERIA DE SERVICIOS Y DERECHOS SOCIALES DEL P. ASTURIAS, siendo MagistradoPonente la Ilma Sra Dª MARIA VIDAU ARGÜELLES .

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Dª. Teodora presentó demanda contra la CONSEJERIA DE SERVICIOS Y DERECHOS SOCIALES DEL

P. ASTURIAS, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 132/20, de fecha once de marzo de dos mil veinte.

SEGUNDO

En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados:

  1. ) Dª. Teodora comenzó a prestar servicios para la CONSEJERIA DE SERVICIOS Y DERECHOS SOCIALES DE LA ADMINISTRACION DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS el año 2002, en virtud de sucesivos contratos de trabajo, a jornada completa, sujeta en cuanto a sus condiciones laborales al Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Administración del Principado de Asturias.

  2. ) La demandante prestó servicios durante los períodos siguientes y en las condiciones que se indican: Inicio Final Categoría Modalidad Motivo Centro de trabajo

    10-07-02 09-09-02 Auxiliar Educador Eventual Materno Infantil

    08-10-04 13-10-04 Auxiliar Educador Interinidad Vacaciones CAMP Gijón

    20-10-04 04-11-04 Auxiliar Educador Eventual CRPM Sograndio

    16-11-04 07-01-05 Auxiliar Educador Interinidad I.T. CRPM Sograndio

    22-01-05 18-04-05 Auxiliar Educador Interinidad I.T. Materno Infantil

    17-06-05 04-11-05 Educador Eventual CRPM Sograndio

    01-12-05 09-12-05 Educador Eventual CRPM Sograndio

    20-12-05 30-12-05 Educador Interinidad Vacaciones CRPM Sograndio

    16-01-06 07-02-06 Educador Interinidad Lactancia CRPM Sograndio

    05-07-06 09-10-06 Educador Interinidad I.T CRPM Sograndio

    16-10-06 01-11-06 Educador Interinidad Vacaciones CRPM Sograndio

    02-11-06 30-09-13 Educador interinidad Vacante CRPM Sograndio

    05-12-13 08-12-13 Auxiliar Educador Eventual CAM los Pilares

    18-12-13 06-01-14 Auxiliar Educador Eventual CAM Miraflores

    26-04-14 30-04-14 Auxiliar Educador Interinidad Vacaciones Materno Infantil

    05-06-14 24-09-14 Auxiliar Educador Eventual Centro Resid. Cabueñes

    08-10-14 17-10-14 Auxiliar Educador Eventual CAI Arco Iris

    29-10-14 17-11-14 Auxiliar Educador Interinidad I.T. CP Ramón de Campoamor

    21-11-14 27-11-14 Auxiliar Educador Interinidad Vacaciones Centro Resid. Cabueñes

    16-12-14 05-01-15 Auxiliar Educador Eventual CAM Miraflores

    14-02-15 14-02-15 Auxiliar Educador Interinidad Permisos CAM Villalegre

    18-02-15 18-02-15 Auxiliar Educador Interinidad I.T. CEE Santullano

    19-02-15 22-03-15 Auxiliar Educador Interinidad I.T. CAM El Campillin

    20-04-15 22-06-15 Auxiliar Educador Interinidad I.T. Centro Resid. Cabueñes

    01-07-15 01-07-15 Auxiliar Educador Interinidad Permiso Centro Resid. Cabueñes

    06-07-15 24-07-15 Auxiliar Educador Interinidad Permiso Centro Resid. Cabueñes

    25-07-15 27-07-15 Educador Interinidad I.T. CAM Colloto

    28-07-15 14-08-15 Auxiliar Educador Interinidad Reducc.Jorn. Centro Resid. Cabueñes

    15-08-15 30-08-15 Educador Eventual Materno Infantil

    03-09-15 04-09-15 Educador Interinidad I.T. Unidad Atenc.Infantil

    09-09-15 04-11-15 Educador Interinidad I.T. CAM Los Pilares

    09-12-15 09-12-15 Auxiliar Educador Interinidad I.T. CAI Naranco

    21-12-15 29-12-15 Educador Eventual CAM Miraflores

    18-01-16 24-01-16 Auxiliar Educador Interinidad I.T. CEE Iglesias Prada

    08-08-16 20-09-16 Educador Eventual CAM Campillín

    01-10-16 14-10-16 Auxiliar Educador Eventual Materno Infantil

    07-11-16 27-11-16 Auxiliar Educador Interinidad Vacaciones CR Arco Iris

    05-12-16 16-12-16 Educador Eventual CRPM Sograndio

    21-12-16 22-12-16 Auxiliar Educador Interinidad Permiso CEE Oviedo

    23-12-16 30-12-16 Educador Eventual CRPM Sograndio

    02-02-17 23-02-17 Auxiliar Educador Interinidad I.T. CEE Oviedo

    24-02-17 14-05-17 Educador Eventual CAM Campillín

    14-05-17 19-10-17 Educador Interinidad I.T. CRPM Sograndio

    01-11-17 06-11-17 Auxiliar Educador Eventual CAM Miraflores

    09-11-17 02-01-18 Educador Interinidad I.T. Materno Infantil

    04-01-18 17-01-18 Auxiliar Educador Eventual CAI Arco Iris

    24-01-18 02-02-18 Auxiliar Educador Interinidad I.T. CEE Castiello

    03-02-18 28-02-18 Educador Eventual Centro Resid. Cabueñes

    09-03-18 16-03-18 Educador Interinidad I.T. CRPM Sograndio

    21-03-18 21-03-18 Auxiliar Educador Interinidad Permiso CEE Castiello

    29-03-18 01-04-18 Educador Eventual CAM Colloto

  3. ) La demandante presentó reclamación previa a fin de que se le reconociese su condición de trabajadora indefinida, la que fue tácitamente desestimada mediante silencio administrativo.

  4. ) En la tramitación de estos autos se han observado las prescripciones legales.

TERCERO

En la sentencia recurrida en suplicación se emitió el siguiente fallo o parte dispositiva:

"Que desestimando la demanda presentada por Dª. Teodora contra la CONSEJERIA DE SERVICIOS Y DERECHOS SOCIALES DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, debo absolver y absuelvo a la entidad demandada citada de las pretensiones deducidas en su contra en el presente procedimiento".

CUARTO

Frente a dicha sentencia se anunció recurso de suplicación por Teodora formalizándolo posteriormente. Tal recurso fue objeto de impugnación por la contraparte.

QUINTO

Elevados por el Juzgado de lo Social de referencia los autos principales a esta Sala de lo Social, tuvieron los mismos entrada en fecha 10 de julio de 2020.

SEXTO

Admitido a trámite el recurso se señaló el día 24 de setiembre de 2020 para los actos de votación y fallo.

A la vista de los anteriores antecedentes de hecho, se formulan por esta Sección de Sala los siguientes,

FUNDAMENTOS DE DERECHO

UNICO.- La actora interpuso demanda frente a la Consejería de Servicios y Derechos Sociales del Principado de Asturias solicitando se declarase la relación laboral existente entre las partes como una relación laboral fija e indefinida.

La sentencia del Juzgado de lo Social nº 6 de Oviedo desestimó su pretensión y frente a la misma se alza en suplicación la demandante. En el recurso interpuesto, que ha sido impugnado de contrario, articula su representación letrada un solo motivo de suplicación al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 c) de la Ley de la Jurisdicción Social, en el que denuncia la infracción del artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores y de la jurisprudencia del TJUE y Tribunal Supremo que refiere en el escrito de formalización, en el que sin un orden sistemático y claro de exposición, se menciona: la STJUE de 19 de marzo de 2010 (que dice que pone de manifiesto el abuso de la contratación temporal por parte de las Administraciones Públicas y que acaba con la figura del indefinido no fijo, y que define cuando se produce el abuso contrario a la Directiva 19999/70/CE), entendiendo que dicha sentencia consolida los derechos del personal temporal de larga duración en nuestro país y su derecho a la estabilidad en el empleo; las SSTS de 24 de abril de 2019 y 26 de septiembre de 2018 (que transcribe parcialmente); la STJE de 25 de octubre de 2018 (transcribiendo también una parte de la misma; y las SSTS de 26 de septiembre de 2018, 12 de marzo de 2014 y 11 de mayo de 2009 (que recoge la declaración de fijeza del trabajador con contratos encadenados en fraude de ley), y la STSJ de Galicia de 28 de junio de 2018, indicando la parte recurrente que las últimas sentencias del TS llevan a concluir que solo la transformación de la relación temporal abusiva y fraudulenta en una relación fija cumple las exigencias de la Directiva 1999/70/ CE; y la STJUE de 15 de junio de 1964 (asunto 6/64 Costa-ENEL) que vino a consagrar la primacía del Derecho de la Unión. Termina afirmando que aplicando los parámetros apuntados por la STJUE de 19 de marzo de 2020 en su...

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