STSJ Asturias 1356/2020, 9 de Septiembre de 2020

JurisdicciónEspaña
Número de resolución1356/2020
Fecha09 Septiembre 2020

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL

OVIEDO

SENTENCIA: 01356/2020

T.S.J. ASTURIAS SALA SOCIAL - OVIEDO

C/ SAN JUAN Nº 10

Tfno: 985 22 81 82

Fax: 985 20 06 59

NIG: 33044 44 4 2019 0002441

Modelo: 402250

RSU RECURSO SUPLICACION 0000453 /2020

Procedimiento origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 412/2019

Sobre: RECLAMACIÓN CANTIDAD

RECURRENTE/S D/ña INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

ABOGADO/A: LETRADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL

RECURRIDO/S D/ña: IBERMUTUAMUR-MUTUA COLABORADORA CON LA S.S Nº 274, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, Asunción, EL NORAY GIJON SL

ABOGADO/A: SUSANA FERNÁNDEZ RUBIO, LETRADO DE LA TESORERIA DE LA SEGURIDAD SOCIAL, PEDRO GALLINAL GONZALEZ,

Sentencia núm. 1356/2020

En OVIEDO, a nueve de septiembre de dos mil veinte.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la Sala de lo Social del T.S.J. de Asturias formada por los Ilmos. Sres. D. JORGE GONZÁLEZ RODRÍGUEZ, Presidente, Dª. CARMEN HILDA GONZÁLEZ GONZÁLEZ y Dª CATALINA ORDOÑEZ DÍAZ, Magistradas, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

SENTENCIA

En el RECURSO DE SUPLICACIÓN NÚM. 453/2020, formalizado por la Letrada de la Seguridad Social, en nombre y representación del INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, contra la sentencia número 612/2019 dictada por el JDO. DE LO SOCIAL N. 5 de OVIEDO en el PROCEDIMIENTO ORDINARIO 412/2019, seguido a instancia de IBERMUTUAMUR - MUTUA COLABORADORA CON LA SEGURIDAD SOCIAL NÚM. 274, representada por la Letrada Dª Susana Fernández Rubio frente al citado organismo recurrente, la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, representada por la Letrada de la Seguridad Social, Dª Asunción, representada por el Letrado D. Pedro Gallinal González y la empresa EL NORAY GIJON SL, siendo MagistradoPonente el Ilmo. Sr. JORGE GONZÁLEZ RODRÍGUEZ .

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

IBERMUTUAMUR - MUTUA COLABORADORA CON LA SEGURIDAD SOCIAL NÚM. 274 presentó demanda contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, Dª Asunción y la empresa EL NORAY GIJON SL, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual dictó la sentencia número 612/2019, de fecha dieciséis de diciembre de dos mil diecinueve.

SEGUNDO

En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados:

  1. - Asunción con DNI NUM000 inició un proceso de incapacidad temporal en la contingencia de accidente de trabajo el día 6 de mayo de 2014 cuando prestaba servicios para la empresa EL NORAY GIJÓN S.L. La citada empresa tenía cubiertas las contingencias profesionales de sus trabajadores con la Mutua IBERMUTUAMUR

    - MUTUA COLABORDORA CON LA SEGURIDAD SOCIAL nº 274.

  2. - La empresa EL NORAY GIJÓN S.L. con código de cotización NUM001 presenta y ha presentado constantes y reiterados descubiertos en materia de Seguridad social desde el mes de enero de 2013.

  3. - La Mutua IBERMUTUAMUR - MUTUA COLABORDORA CON LA SEGURIDAD SOCIAL nº 274 abonó a la trabajadora asistencia sanitaria por importe de 1.065,30€, y solicitó al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL por escrito de fecha 20 de octubre de 2017 la imputación de responsabilidad de la empresa EL NORAY GIJÓN S.L. y acordar hacer efectivo todo lo necesario para hacer efectivo la imputación de responsabilidad. En resolución de la Dirección Provincial del INSS de fecha 27 de octubre de 2017 se declaró que no procedía entrar a conocer sobre la cuestión planteada, porque la falta de un procedimiento reglado en una regulación reglamentaria suf‌iciente que determine los incumplimientos y las obligaciones respecto las prestaciones, impide en la práctica la aplicación legal de la declaración y ejecución de la responsabilidad en las prestaciones de asistencia sanitaria. Contra esta resolución se formuló demanda ante los Juzgados de Gijón que fue turnada al Juzgado de lo Social nº 3 de Gijón que dictó sentencia en fecha 22 de noviembre de 2018 estimando la demanda, declarando la nulidad de la resolución administrativa al objeto de que la entidad gestora entrara a conocer sobre el fondo del asunto, su contenido se da por íntegramente reproducido en este punto. Frente a la citada sentencia se interpuso Recurso de Suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que dictó sentencia en fecha 4 de junio de 2019 estimando el recurso de suplicación y declarando la incompetencia de los Juzgados de lo Social indicando la posibilidad de la mutua de deducir la demanda ante el Juzgado de lo Social territorialmente competente. Se formuló la presente demanda en fecha 7 de junio de 2019 turnada a este Juzgado en fecha 10 de junio de 2019.

TERCERO

En la sentencia recurrida en suplicación se emitió el siguiente fallo o parte dispositiva: Que estimando la demanda formulada por IBERMUTUAMUR-MUTUA COLABORDORA CON LA SEGURIDAD SOCIAL nº 274 frente al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, Asunción, EL NORAY GIJÓN S.L. debo declarar y declaro la anulación de la resolución administrativa dictada en fecha 27 de octubre de 2017 y condenando al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL a que entre en el fondo del asunto y resuelva la reclamación formulada por la Mutua en orden a declarar la responsabilidad de la empresa EL NORAY GIJÓN S.L. sobre las prestaciones de asistencia sanitaria dispensada a Asunción a consecuencia del...

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