STSJ Andalucía 1625/2020, 25 de Junio de 2020

PonenteRAFAEL FERNANDEZ LOPEZ
ECLIES:TSJAND:2020:9693
Número de Recurso2403/2019
ProcedimientoSocial
Número de Resolución1625/2020
Fecha de Resolución25 de Junio de 2020
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA

CON SEDE EN GRANADA

SALA DE LO SOCIAL

A.G.

SENT. NÚM. 1625/20

ILTMO. SR. D. JOSE MANUEL GONZALEZ VIÑAS PRESIDENTEILTMO. SR. D. JORGE LUIS FERRER GONZALEZILTMO. SR. D. RAFAEL FERNANDEZ LOPEZ MAGISTRADOS

En la ciudad de Granada, a veinticinco de junio de dos mil veinte

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados que al margen se indican, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de Suplicación núm. 2403/19, interpuesto por FAISEM contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. 7 de Granada, en fecha 18 de Junio de 2019, en Autos núm. 379/17, ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D.RAFAEL FERNANDEZ LOPEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por DON Pedro Miguel, DON Marco Antonio, DOÑA Eulalia, DON Abilio y DOÑA Felisa en reclamación de MATERIAS LABORALES INDIVIDUALES, contra FAISEM y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó sentencia en fecha 18 de Junio de 2019, con el siguiente fallo:

"Debo estimar y estimo la demanda interpuesta por Gabriela, Pedro Miguel, Marco Antonio, Felisa, Eulalia, Bernabe, Abilio, contra FAISEM.

Debo declarar y declaro que la relación laboral de los actores con la demandada es de carácter indef‌inido no f‌ijo discontinua".

Segundo

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

"1º.- La actora, Dª Gabriela, con DNI NUM000, mayor de edad, viene prestando servicios por cuenta y orden de la demandada en virtud de contratos temporales.

Pedro Miguel, con DNI NUM001, mayor de edad, viene prestando servicios por cuenta y orden de la demandada en virtud de contratos temporales. Marco Antonio, con DNI NUM002, mayor de edad, viene prestando servicios por cuenta y orden de la demandada en virtud de contratos temporales.

Felisa, con DNI NUM003, mayor de edad, viene prestando servicios por cuenta y orden de la demandada en virtud de contratos temporales.

Eulalia, con DNI NUM004, mayor de edad, viene prestando servicios por cuenta y orden de la demandada en virtud de contratos temporales.

Bernabe, con DNI NUM005, mayor de edad, viene prestando servicios por cuenta y orden de la demandada en virtud de contratos temporales.

Abilio, con DNI NUM006, mayor de edad, viene prestando servicios por cuenta y orden de la demandada en virtud de contratos temporales.

  1. - La relación laboral entre los actores y la demandada se ha desarrollado en virtud de los contratos de trabajo que se recogen en el cuadro obrante al folio 41 vuelto a 45 de autos que se da por reproducido, respecto del centro de trabajo Los Peñoncillos.

    Se da por reproducido el informe de la IPTSS obrante al folio 41 y siguientes.

    Se da por reproducido el informe de vida laboral del actor Bernabe, obrante al folio 92 a 96 y los contratos obrantes al folio 97 a 138

    Se da por reproducido el informe de vida laboral del actor Marco Antonio, obrante al folio 139 a 141 y los contratos obrantes al folio 142 a 194

    Se da por reproducido el informe de vida laboral del actor Felisa, obrante al folio 195 a 201 y los contratos obrantes al folio 202 a 227

    Se da por reproducido el informe de vida laboral del actor Pedro Miguel, obrante al folio 229 a 231 y los contratos obrantes al folio 232 a 317

    Se da por reproducido el informe de vida laboral del actor Gabriela, obrante al folio 318 a 319

    Se da por reproducido el informe de vida laboral del actor Abilio, obrante al folio 323 a 325 y los contratos obrantes al folio 326 a 327

    Se da por reproducido el informe de vida laboral del actor Eulalia, obrante al folio 328 a 334 y los contratos obrantes al folio 335 a 413

  2. - I. El centro de trabajo Casa Hogar Los Peñoncillos sito en Parque Natural de la Sierra de Huétor, en Huétor Santillán, se apertura de abril a noviembre de cada año natural.

    En dicho centro de trabajo prestan servicios 13 monitores residenciales y un responsable de unidad, y la demandada primero ofrece dichos servicios a personal f‌ijo de la empleadora y en concreto el de responsable de unidad, con modo temporal;y se recurre a contratación temporal en caso de que el número de personas que soliciten dicho traslado temporal sea insuf‌iciente.

    1. La demandada hace una convocatoria interna para cubrir puestos de trabajo de carácter temporal, para la categoria profesional de responsable de unidad en centro Peñoncillos con duración aproximada de marzo a noviembre de cada año

      Asi en fecha 9/3/2018 data comunicación al presidente de comité de empresa Faisem Granada informando que está prevista la apertura de la C. H Los Peñoncillos para el día 9/4/2018, que se ha solicitado a los compañeros de estructura que deseen incorporarse al Equipo de Trabajo de Peñoncillos en esta temporada puedan hacerlo, comunicándolo en la Delegación Provincial hasta el día 15/3/2018, que en cuanto tengan el equipo de trabajo conf‌igurado con los compañeros de estructura y sepan cuantas lineas de cuadrante tienen que cubrir con la convocatoria vigente GR-CA-01-07, les hará entrega del mismo

    2. En 2018 la plantilla de Peñoncillos está compuesta por 14 trabajadores, ( 5 indef‌inidos, 7 por obra o servicio y 2sustitución traslado empresa) Folio 582 de autos

  3. - . En relación al centro de trabajo Los Peñoncillos, en fecha 27/11/2017 se dicta sentencia por este Juzgado en los autos 593/2017; dicha sentencia desestima la demanda de los actores ; pretendían los actores la declaración de vulneración de derechos fundamentales de tutela judicial efectiva en su vertiente de indemnidad y el derecho a libertad sindical. En dicha sentencia se declara probado:

    "SEGUNDO. En fecha 2/2/2001 se extiende el acta de entrega de la Casa Forestal Los Peñoncillos sita en Huetor Santillan y sus instalaciones anexas ; se acordó la cesión gratuita del uso por un plazo de cinco años prorrogables a favor de la Fundación Andaluza para la Integración Social del enfermo mental (Faisem) con destino a albergue para enfermos mentales.

    El centro de trabajo Casa Hogar Los Peñoncillos sito en Parque Natural de la Sierra de Huetor, en Huetor Santillán, se apertura de abril a noviembre de cada año natural.

    En dicho centro de trabajo prestan servicios 13 trabajadores, y la demandada primero ofrece dichos servicios a personal f‌ijo de la empleadora.

    Así en fecha 8/2/2017 se remite fax por la demandada, dirigido a todo el personal y recordando que los trabajadores f‌ijos que estén interesados en trabajar temporalmente en CH Los Peñoncillos deber presentar su solicitud antes del 27/2/2017.

    Se da por reproducida la relación de plantilla de CH Los Peñoncillos de los años 2012 a 2016.

    En abril de 2017 no se apertura ante la necesidad valorada por la empresa de efectuar unas obras que están ejecutándose.

    Así en fecha 20/6/2017 se f‌irma en Sevilla Contrato menor, contratación directa,contratación de obras, servicios y suministros, para rehabilitación de CH Los Peñoncillos, con el tenor que consta al folio 343 de autos".

    Dicha sentencia es conf‌irmada por la de la Sala de lo Social de TSJ de Andalucia, con sede en Granada de fecha 26/7/2018.

  4. - . La parte actora mantiene que los actores han venido prestando servicios en el centro Los Peñoncillos, centro que se abre de manera estacional, de abril a noviembre de cada año, permaneciendo cerrado el resto del año.

    Resulta acreditado que en el año 2017 no se aperturó el citado centro, pero los actores constan de alta por la demandada en los periodos que constan en sus respectivos informes de vida laboral:

    - Bernabe con contratos de interinidad, folio 93 y 94.

    - Marco Antonio, con contratos de interinidad, folio 140 vuelto

    - Felisa, con contratos de interinidad, folio 198 y 199

    - Pedro Miguel, con contratos de interinidada, folio 230 vuelto

    - Gabriela, con contrato de interinidad, folio 318 vuelto

    - Abilio, con contratos de interinidad, folio 324 .

    - Coro, con contratos de interinidad, folio 331

  5. - La Consejería de Hacienda y Administración Pública, emite informe en fecha 28/7/2017 con carácter desfavorable en el sentido de no autorizar la modif‌icación propuesta, de conformidad con el articulo 24 de ley 10/2016 de Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucia . Se emite a solicitud de Consejeria de Salud y solicitud de la demandada para la modif‌icación de la relación contractual de un trabajador de la entidad. Se da por reproducido . Obra al folio 639 a 640 de autos.

  6. -. En fecha 24/04/2017 se levanta acta nº 3 def‌initiva de la comisión de selección de la convocatoria abierta temporal refª GR/CA/01/2017, en la que constan como aptos los actores Folio 556 de autos

    Los actores formularon recurso de alzada contra la convocatoria abierta para cubrir incidencias de carácter temporal del personal de estructura en Faisem refª GR/CA/01/17

    En fecha 22/2/2018 se levanta acta nº NUM007 correspondiente a las sesiones celebradas los días 17/1/2018, 2/2/2018, 14/3/2018, 13/4/2018 de Comisión creada en representación de Comité intercentros y la dirección de la Fundación Pública Andaluza para la integración social de personas con enfermedad mental, Faisem con el tenor que consta al folio 561 y siguientes . El orden del día es el procedimiento a seguir en bolsa de empleo temporal, se acuerda por parte de la representación de la dirección y de la representación de los trabajadores de Faisem, aprobar el procedimiento a seguir en materia de contratación temporal.

  7. -.

    1. La IPTSS emite informe por el que requiere a la Fundaciòn Andaluza para la Integración Social del Enfermo mental (Faisem) para que proceda a formalizar la transformación en indef‌inido ordinario del contrato de trabajo

      suscrito por Marco Antonio, Bernabe, Eulalia, Pedro Miguel, Felisa, y Gabriela . Se da por reproducido el informe obrante al folio 47 y...

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