SAP Madrid 315/2020, 30 de Junio de 2020

PonenteMARIA DEL CARMEN COMPAIRED PLO
ECLIES:APM:2020:7499
Número de Recurso681/2020
ProcedimientoRecurso de apelación. Juicio penal
Número de Resolución315/2020
Fecha de Resolución30 de Junio de 2020
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 2ª

Sección nº 02 de la Audiencia Provincial de Madrid

C/ de Santiago de Compostela, 96, Planta 4 - 28035

Teléfono: 914934540,914933800

Fax: 914934539

GRUPO TRABAJO A

37050100

N.I.G.: 28.080.00.1-2019/0005304

Apelación Juicio sobre delitos leves 681/2020

Origen :Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 05 de Majadahonda

Juicio sobre delitos leves 609/2019

Apelante: D./Dña. Andrés

Letrado D./Dña. FRANCISCO ALVAREZ MECA

Apelado: D./Dña. MINISTERIO FISCAL

SENTENCIA Nº 315/2020

ILMA. SRA.

Dña. CARMEN COMPAIRED PLO

En Madrid, a treinta de junio de dos mil veinte .

Visto en segunda instancia por la Ilma. Sra. DÑA. CARMEN COMPAIRED PLO, actuando como Tribunal Unipersonal, conforme a lo dispuesto en el art. 82.2º, párrafo segundo de la L.O.P.J., el recurso de apelación contra la Sentencia de fecha 17/01/2020 dictada en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 5 de Majadahonda en el Juicio sobre Delitos Leves 609/2019 ; habiendo sido partes, de un lado como apelantes D. Andrés y como apelado, el MINISTERIO FISCAL.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Habiéndose procedido a la incoación de Juicio de Delitos Leves, por el Ilmo. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 5 de los de Majadahonda se dictó Sentencia con fecha 17/01/2020, estableciéndose el tenor literal siguiente:

FALLO

"Que debo condenar y condeno a a Andrés como autor de un delito leve de lesiones ya definido a la pena de 30 días de multa, a razón de 6 euros diarios y subsidiaria de privación de libertad de 15 días en caso de impago y previa excusión de sus bienes, y las costas del presente procedimiento.

Debiendo indemnizar a Benito en 100 euros ."

SEGUNDO

Notificada se recurre en Apelación por el denunciante, alegando los motivos que constan en su escrito presentado.

TERCERO

Admitido tales recursos, fueron elevados los autos a esta Audiencia. Recibidos, se formó el rollo y se siguió este recurso por sus trámites.

HECHOS PROBADOS

Se admiten y se tienen por reproducidos los de la resolución recurrida.

A los anteriores hechos resultan de aplicación los siguientes:

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se interpone recurso de apelación por la representación Letrada de Andrés contra la Sentencia de 17/01/2020 y se invocan como motivos: error en la valoración de la prueba así como vulneración del principio de presunción de inocencia.

Solicita la libre absolución.

SEGUNDO

El Fiscal impugna el recurso de apelación y solicita la confirmación de la Sentencia.

TERCERO

Dado que se invoca, error en la valoración de la prueba, así como vulneración del principio de presunción de inocencia, se debe señalar que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en Sentencias de 24/07/2018 o 20/02/2019, señala que es constante la Doctrina Jurisprudencial en relación con el recurso de apelación contra las sentencias dictadas en los procesos penales, la que establece que aún cuando se trata de un recurso amplio, respecto del cual el Tribunal ad quem puede examinar el objeto del mismo con igual amplitud y potestad con que lo hizo el Tribunal " aquo", ha de tenerse en cuenta que el acto del juicio oral tiene lugar ante éste último, que recibe con inmediación las pruebas, de lo que cabe deducir que, pese a...

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