SAP A Coruña 297/2020, 25 de Junio de 2020
Jurisdicción | España |
Fecha | 25 Junio 2020 |
Número de resolución | 297/2020 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2
A CORUÑA
SENTENCIA: 00297/2020
- C/. DE LAS CIGARRERAS Nº 1 - EDIFICIO ANTIGUA FABRICA DE TABACOS. 1ª PLANTA
Teléfono: 981 18 20 36/ 75/ 74
Correo electrónico: secci on2.ap.coruna@xustiza.gal
Equipo/usuario: JC
Modelo: 21310 0
N.I.G.: 15030 43 2 2013 0009679
RP APELACION PROCTO. ABREVIADO 0000314 /2020
Juzgado procedencia: XDO. DO PENAL N. 2 de A CORUÑA
Procedimiento de origen: PROCE DIMIENTO ABREVIADO 0000082 /2019
Delito: CONDU CCIÓN SIN LICENCIA O PERMISO (L.O. 15/2007)
Recurrente: Cristina
Procurador/a: D/Dª RAFAEL FRANCISCO PEREZ LIZARRITURRI
Abogado/a: D/Dª ABELARDO ANTONIO SUAREZ AREVANO
Recurrido: MINISTERIO FISCAL
Procurador/a: D/Dª
Abogado/a: D/Dª
ILTMA. SRA. PRESIDENTA
DOÑA Mª DEL CARMEN TABOADA CASEIRO ILTMOS. SRES. MAGISTRADOS
DON ANGEL MARIA JUDEL PRIETO
DON SALVADOR PEDRO SANZ CREGO
En A Coruña, a 25 de junio de 2020.
LA SECCIÓN SEGUNDA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE A CORUÑA, integrada por los Magistrados reseñados al margen, ha pronunciado
En nombre de S.M. el Rey
La siguiente
SENTENCIA
En el recurso de apelación penal Nº 314/2020, interpuesto contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal Nº 2 de los de A Coruña, en el Procedimiento Abreviado Núm.: 82/2019, seguidas de oficio por un delito conducción sin licencia o permiso, figurando como apelante Cristina, y como apelado el Ministerio Fiscal; siendo Ponente del presente recurso la Ilma. Sra. Dña. Maria del Carmen Taboada Caseiro.
Por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Penal Nº 2 de los de A Coruña con fecha 24/10/2019, dictó Sentencia y cuya Parte Dispositiva dice como siguiente
" FALLO: que debo condenar y condeno a Cristina como autor responsable de un delito contra la seguridad vial, tipificado en el 384 C.P., a la pena de doce meses multa con cuota día de seis euros, y responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago. Todo ello con expresa imposición de costas causadas".
Notificada dicha sentencia a las partes, se interpuso contra la misma en tiempo y forma, recurso de apelación por la representación procesal de Cristina, que fue admitido en ambos efectos, por proveído de fecha 11/11/2019, dictado por el juzgador, acordando darle traslado prevenido en el artículo 790.6 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, a las restantes partes.
Por Diligencia de Ordenación de fecha 06/03/2020, se acordó elevar todo lo actuado a la Oficia de Reparto de Audiencia Provincial; siendo turnado el mismo a esta Sección para resolver el recurso; recibidas que fueron las actuaciones, se acordó pasar las mismas al Ilmo. Magistrado Ponente.
En la sustanciación del presente recurso se han observado y cumplido las prescripciones y formalidades legales.
HECHOS PROBADOS
Se acepta el relato fáctico de la sentencia recurrida, que aquí se da por reproducido, en aras de la brevedad.
El primer motivo del recurso invoca la vulneración de la tutela judicial efectiva por no haber resuelto en sentencia sobre la prescripción del delito, planteada en el escrito de conclusiones y reiterada al inicio del juicio oral.
Señal ar que efectivamente no hay pronunciamiento sobre tal cuestión, en el acto de juicio oral manifestó el Juzgador que...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba