SAP Santa Cruz de Tenerife 98/2020, 5 de Marzo de 2020

JurisdicciónEspaña
Número de resolución98/2020
Fecha05 Marzo 2020

? Sección: DAV

SECCIÓN PRIMERA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL

Avda. Tres de Mayo nº 3

Santa Cruz de Tenerife

Teléfono: 922 34 93 78-79

Fax.: 922 34 93 77

Email: s01audprov.tfe@justiciaencanarias.org

Rollo: Recurso de apelación

Nº Rollo: 0000468/2019

NIG: 3802641120140001444

Resolución:Sentencia 000098/2020

Proc. origen: Familia. Divorcio contencioso Nº proc. origen: 0000194/2014-01

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 2 de La Orotava

Apelado: Valeriano ; Abogado: Nancy Dorta Gonzalez; Procurador: Adriana Hernandez Diaz

Apelante: Purif‌icacion ; Abogado: Francisco Javier Lopez De Vicuña Artola; Procurador: Beatriz Soledad Ripolles Molowny

SENTENCIA

Iltmos. Sres./a

Presidente:

D. ÁLVARO GASPAR PARDO DE ANDRADE

Magistrados:

D. EMILIO FERNANDO SUAREZ DÍAZ

Dª MARÍA PALOMA FERNÁNDEZ REGUERA

En Santa Cruz de Tenerife, a cinco de marzo de dos mil veinte.

Visto por los Iltmos. Sres./a. Magistrados arriba expresados el presente recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, contra la sentencia dictada en los autos de Formación de Inventario nº 194/2014-01, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de La Orotava, promovidos por Dña.

Purif‌icacion, representada por la Procuradora Dña. Beatriz Ripollés Molowny, y asistida por el Letrado D. Francisco López de Vicuña y Artola, contra D. Valeriano, representado por la Procuradora Dña. Adriana Hernández Díaz, y asistido por el Letrado D. Juan Francisco Correa Hernández; han pronunciado, en nombre de S.M. EL REY; la presente sentencia siendo Ponente la Iltma. Sra. Dª MARÍA PALOMA FERNÁNDEZ REGUERA, con base en los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En los autos indicados la Iltma. Sra. Dña. Carmen Rosa del Pino Abrante, Magistrada Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de La Orotava, dictó sentencia el 15 de febrero de 2019, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

FALLO

:

"Que estimando parcialmente la oposición formulada por DON Valeriano, representado por la Procuradora de los Tribunales, doña Adriana Hernández Díaz frente a la propuesta de inventario presentada por DOÑA Purif‌icacion representada por la Procuradora de los Tribunales, doña Beatriz Ripollés Molowny, debo acordar y acuerdo que la sociedad de gananciales formada por los cónyuges y disuelta por sentencia de divorcio de fecha 4 de febrero de 2016, queda integrada por las siguientes partidas:

ACTIVO.-*Por acuerdo de las partes.-BIENES INMUEBLES.-La vivienda conyugal sita en la AVENIDA000, nº NUM000, portal, NUM001 de la URBANIZACION000 ( La Orotava)

La plaza de garaje del mismo edif‌icio distinguida con el nº NUM002 .

BIENES MUEBLES.-1º.- El ajuar doméstico de la vivienda conyugal sito en AVENIDA000 nº NUM000 relacionado en la propuesta presentada por la parte demandante, incluyendo un cuadro del autor Erasmo y un cuadro del autor Evelio

*Por decisión judicial.-BIENES MUEBLES.-1º.- Los bienes muebles, objetos y enseres relacionados en la propuesta de inventario del piso privativo de don Valeriano, situado en PLAZA000 de Madrid.

DINERO Y VALORES MOBILIARIOS.-1º.- Saldo a fecha de divorcio de la cuenta bancaria de La Caixa nº NUM003

  1. - Saldo a fecha del divorcio de la Cuenta de depósitos a plazo NUM004 .

  2. - Saldo a fecha del divorcio existente en la Libreta Ahorro de la Caixa Depósito Asociado NUM005 .

  3. - Saldo a fecha de divorcio de la Cuenta de Caja Madrid nº NUM006 .

  4. - Derecho de crédito de la sociedad de gananciales frente a don Valeriano por el importe al que ascienda el total abonado a su primera mujer doña Magdalena desde la cuenta de CajaMadrid NUM006 hasta la fecha del divorcio.

  5. - Derecho de crédito de la sociedad de gananciales frente a don Valeriano por el importe de los pagos realizados en el concepto de gastos de la Comunidad de Propietarios del piso privativo situado en Madrid por importe de 13.161,85 €.

  6. - Derecho de crédito de la sociedad de gananciales frente a don Valeriano por el importe de los pagos realizados en el concepto de luz y teléfono del piso privativo situado en Madrid por importe de 722,46 €.

  7. - Derecho de crédito de la sociedad de gananciales frente a doña Purif‌icacion por el importe de 6.000,00 euros abonados por la sociedad de gananciales para el pago de la deuda en el proceso de ejecución 122/2011.

  8. - Títulos o acciones de ENDESA ( 548), REPSOL YPF (87), CAIXABANK Y LINK SECURITIES, SV, SA ( 225) valorados al tiempo de la sentencia de divorcio.

    PASIVO.-*Por acuerdo de las partes.-

    Los gastos de la Comunidad de Propietarios de la vivienda conyugal comprensiva de las mensualidades de agosto 2016 a diciembre 2017 por importe total de 1.721,87 €.

    *Por decisión judicial.-1º.- Crédito a favor de don Valeriano por el importe en que se cifra la mitad de las cantidades que fueron abonadas en concepto de IBI de la vivienda y la plaza de garaje del domicilio conyugal, tras la sentencia de divorcio durante los años 2016 y 2017 ( 522,88 euros)

  9. - Crédito a favor de don Valeriano por el importe en que se cifra la mitad de la cantidad que fue abonada como cuotas comunitarias en el año 2016 (388,87 euros)

  10. - Crédito a favor de don Valeriano por el importe en que se cifra la mitad de la cantidad que fue abonada como gastos de agua y basura del domicilio conyugal tras la sentencia de divorcio, que asciende a 133,93 euros.

    Las partidas a las que no se hace alusión expresa en el activo o el pasivo se ha de entender que quedan excluidas del inventario ganancial.

    Cada parte abonará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad."

SEGUNDO

Notif‌icada la sentencia a las partes en legal forma, por la representación de la parte demandante, se interpuso recurso de apelación, evacuándose el respectivo traslado, formulándose oposición, remitiéndose seguidamente las actuaciones a esta Sección.

TERCERO

Iniciada la alzada y seguidos todos sus trámites, se señaló día y hora para la votación y fallo, que tuvo lugar el día 5 de marzo de 2020.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La Sentencia dictada en la primera instancia con fecha 15 de febrero de 2019, resuelve las controversias surgidas sobre la inclusión y exclusión de partidas en el inventario de la sociedad conyugal del matrimonio formado por Dª Purif‌icacion y D. Valeriano .

La representación procesal de Dª Purif‌icacion ha interpuesto recurso de apelación, mostrando su disconformidad en cuanto al apartado de Dinero y Valores Mobiliarios y en concreto, la decisión de no reintegrar en el activo del inventario las cantidades reclamadas en la propuesta de formación de inventario que habría de formarse tras la disolución del matrimonio por sentencia f‌irme dictada el día 4 de febrero de 2016 y que se relacionan;

  1. - Cuenta corriente conjunta del matrimonio en la Caixa NUM003, el montante total de importes detraídos por D. Valeriano de la citada cuenta conjunta que asciende en su conjunto a la suma de 184.434,03 euros, que ha de traerse a colación para la formación del inventario.

  2. -Cuenta de Depósito a plazos en la Caixa NUM004 que acredita la constitución de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR