AAP Barcelona 331/2020, 27 de Febrero de 2020

PonenteCARLOS MIR PUIG
ECLIES:APB:2020:5363A
Número de Recurso65/2020
ProcedimientoOtros recursos
Número de Resolución331/2020
Fecha de Resolución27 de Febrero de 2020
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 21ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

BARCELONA

SECCIÓN VIGÉSIMO PRIMERA

Rollo apelación nº. 65 de 2.020.

Diligencias previas nº. 2629 de 2.017.

Juzgado de Instrucción nº 3 de Hospitalet de Llobregat (Barcelona).

AUTO. Nº 331/20

Ilmos. Sres.

Dº. Carlos Mir Puig.

Dº. Miguel Ángel Ogando Delgado

Dº. José Villodre López

En la ciudad de Barcelona, a 27 de Febrero de 2.020.

HECHOS
PRIMERO

Por el Juzgado de Instrucción nº. 3 de Hospitalet de Llobregat (Barcelona) se dictó auto de fecha 29 de octubre de 2.018 en que se acordó el sobreseimiento provisional por desconocimiento del autor de los hechos, al no desprenderse indicios bastantes de criminalidad frente a ninguno de los tres investigados. Y contra esta resolución se ha interpuesto por el Letrado D. Jordi Sàlvia i Lardiez en interés de D. Eulalio, recurso de reforma y subsidiario de apelación, siendo desestimado el recurso de reforma, previa impugnación del Fiscal, por auto de fecha 9 de agosto de 2019 que admitió el recurso de apelación subsidiariamente interpuesto.

SEGUNDO

El Ministerio Fiscal ha presentado escrito impugnando el recurso de apelación.

Seguidos los trámites legales, por turno de reparto se designó ponente al Presidente, Ilmo. Sr. Dº. CARLOS MIR PUIG.

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS

ÚNICO-. El recurso de apelación de la representación procesal de D Eulalio debe ser desestimado.

Se solicita por el recurrente que en vez de dictarse sobreseimiento provisional procede dictar sobreseimiento libre de acuerdo con lo establecido en el art. 637.3 de la Lecr., es decir " Cuando aparezcan exentos de responsabilidad criminal los procesados como autores, cómplices o encubridores"

Sin embargo, el auto recurrido en el Fundamento de Derecho Único dice que :" Teniendo en cuenta lo dispuesto en el art. 757 de la LEcr .,, y no existiendo motivos suficientes para acusar a determinada o determinadas personas como autores, cómplices o encubridores..", e invoca expresamente el artículo 779.1.1ª de la Lecr., en relación con el artículo 641.2º de la Lecr ., que dispone :" Procederá el sobreseimiento provisional:2.- Cuando resulte del Sumario haberse cometido un delito y no haya motivos suficientes para acusar a determinada o determinadas personas como autores, cómplices o encubridores."

Y ello deriva de que el testigo presencial de los hechos de autos ya no reconoció con seguridad en ruedas de reconocimiento practicadas en fase de instrucción en fecha 22 de noviembre de 2017 a los investigados, y en que en la tercera rueda, ésta se intentó practicar en varias ocasiones con resultado infructuoso, aparte de las manifestaciones de dicho testigo que constan en la Diligencia de 8 de marzo de 2018, según la cual la Letrada de...

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