ATS, 9 de Septiembre de 2020
Jurisdicción | España |
Fecha | 09 Septiembre 2020 |
T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Civil
Auto núm. /
Fecha del auto: 09/09/2020
Tipo de procedimiento: CASACIÓN E INFRACCIÓN PROCESAL
Número del procedimiento: 3427/2019
Fallo/Acuerdo:
Ponente: Excmo. Sr. D. Francisco Marín Castán
Procedencia: AUD.PROVINCIAL SECCIÓN N. 8 DE SEVILLA
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Angeles Bartolomé Pardo
Transcrito por: MCA/MJ
Nota:
CASACIÓN E INFRACCIÓN PROCESAL núm.: 3427/2019
Ponente: Excmo. Sr. D. Francisco Marín Castán
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Angeles Bartolomé Pardo
TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Civil
Auto núm. /
Excmos. Sres.
D. Francisco Marín Castán, presidente
D. Rafael Sarazá Jimena
D. Juan María Díaz Fraile
En Madrid, a 9 de septiembre de 2020.
Esta sala ha visto
Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Francisco Marín Castán.
La representación procesal de D. Artemio presentó escrito de interposición de recurso de casación contra la sentencia dictada con fecha 14 de marzo de 2019 por la Audiencia Provincial de Sevilla, Sección Octava, en el recurso de apelación n.º 9668/2018, dimanante del juicio verbal de desahucio por precario n.º 284/2018 del Juzgado de Primera Instancia n.º 20 de Sevilla.
Mediante diligencia de ordenación de la Audiencia Provincial de Sevilla, se tuvo por interpuesto el recurso acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes, apareciendo notificada dicha resolución a los procuradores de los litigantes.
TERCERO.- Se tuvo por designada por el turno de oficio a la Procuradora D.ª Ana M.ª Entrala Adama, para actuar en nombre y representación de D. Artemio, en calidad de parte recurrente. Mediante escrito presentado ante esta Sala por el Procurador D. Mauricio Gordillo Alcalá, en nombre y representación de Coral Homes, SLU, como sucesora procesal de BuildingCenter, SAU, se personó en calidad de recurrido.
Por la parte recurrente se ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la disposición adicional 15.ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de D. Artemio, al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos, no advirtiéndose en esta fase causa legal de inadmisión.
De conformidad con el artículo 485 LEC, la parte recurrida, podrá formalizar su oposición al recurso por escrito en el plazo de veinte días desde la notificación de este auto.
LA SALA ACUERDA:
-
) Admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de D. Artemio, contra la sentencia dictada con fecha 14 de marzo de 2019 por la Audiencia Provincial de Sevilla, Sección Octava, en el recurso de apelación n.º 9668/2018, dimanante del juicio verbal de desahucio por precario n.º 284/2018 del Juzgado de Primera Instancia n.º 20 de Sevilla.
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) Abrir el plazo de veinte días, a contar desde la notificación de este auto, para que la parte recurrida formalice por escrito su oposición a los recursos. Durante este plazo las actuaciones estarán de manifiesto en la Secretaría.
De conformidad con lo dispuesto en los art. 483.5 de la LEC contra la presente resolución no cabe recurso alguno.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.