STSJ Castilla-La Mancha 972/2020, 6 de Julio de 2020

PonenteLUISA MARIA GOMEZ GARRIDO
ECLIES:TSJCLM:2020:1795
Número de Recurso694/2019
ProcedimientoRecurso de suplicación
Número de Resolución972/2020
Fecha de Resolución 6 de Julio de 2020
EmisorSala de lo Social

T.S.J.CAST.LA MANCHA SALA SOCIAL

ALBACETE

SENTENCIA: 00972/2020

C/ SAN AGUSTIN Nº 1 (PALACIO DE JUSTICIA) - 02071 ALBACETE

Tfno: 967 596 714

Fax: 967 596 569

Correo electrónico: tribunalsuperior.social.albacete@justicia.es

NIG: 16078 44 4 2018 0001102

Equipo/usuario: MPT

Modelo: 402250

RSU RECURSO SUPLICACION 0000694 /2019

Procedimiento origen: SSS SEGURIDAD SOCIAL 0001070 /2018

Sobre: INCAPACIDAD NO CONTRIBUTIVA

RECURRENTE/S D/ña CONSEJERIA DE BIENESTAR SOCIAL DELA JUNTA DE COMUNIDADES DE CLM

ABOGADO/A: LETRADO DE LA COMUNIDAD

PROCURADOR:

GRADUADO/A SOCIAL:

RECURRIDO/S D/ña: Marino

ABOGADO/A: ANGEL GUIJARRO CHARCO

PROCURADOR:

GRADUADO/A SOCIAL:

Magistrada Ponente: Dª. LUISA MARIA GOMEZ GARRIDO

ILMOS/AS. SRES/AS. MAGISTRADOS/AS

Dª. LUISA MARIA GOMEZ GARRIDO

Dª. PETRA GARCIA MARQUEZ

D. JOSE MANUEL YUSTE MORENO

En Albacete, a seis de julio de dos mil veinte.

Vistas las presentes actuaciones por la Sección Primera de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha en Albacete, compuesta por los/las Ilmos/as. Sres/as. Magistrados/as anteriormente citados/as, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

ha dictado la siguiente

- SENTENCIA Nº 972/20

En el RECURSO DE SUPLICACION número 694/19, sobre Incapacidad no Contributiva, formalizado por la representación de CONSEJERIA DE BIENESTAR SOCIAL DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CLM contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número Uno de Cuenca en los autos número 1070/18, siendo recurrido/s Marino ; y en el que ha actuado como Magistrada-Ponente Dª. Luisa María Gómez Garrido, deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes,

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que con fecha 10/04/19 se dictó Sentencia por el Juzgado de lo Social número Uno de Cuenca en los autos número 1070/18, cuya parte dispositiva establece:

ESTIMO en su integridad la demanda formulada por D. Marino, sobre PENSIÓN DE INVALIDEZ NO CONTRIBUTIVA, contra la CONSEJERÍA DE BIENESTAR SOCIAL DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA, lo que motiva la revocación de las Resoluciones de la demandada, de fechas 14 de agosto y 11 de septiembre de 2.018, por las que se declaraba la extinción del derecho al percibo por el actor de dicha pensión, debiéndose reponer al mismo en su derecho al reconocimiento y percibo de la pensión de invalidez no contributiva en la cuantía correspondiente, condenando a la demandada a que abone al actor las correspondientes mensualidades dejadas de percibir por dicha causa, desde el 1 de septiembre de 2.018, así como a estar y pasar por este declaración.

SEGUNDO

Que en dicha Sentencia se establecen los siguientes Hechos Probados:

PRIMERO .- Que el actor, D. Marino, con D.N.I. nº NUM000, teniendo reconocido por la Consejería de Bienestar Social de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha un grado de discapacidad del 65%, solicitó y le fue reconocida prestación de invalidez no contributiva desde el 1 de diciembre de 2.008, en cuantía, en ese año, de 336,33 € mensuales, y de 380,10 €/mes en el año 2.018.

SEGUNDO .- Que el actor ha venido percibiendo dicha prestación no contributiva sin interrupción desde la citada fecha de inicio.

TERCERO .- Que en fecha 14 de agosto de 2.018 la Consejería de de Bienestar Social de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha comunica al actor la extinción del derecho a la pensión no contributiva que tenía reconocida, con efectos de 1 de junio de 2.017, así como el reintegro de las cantidades indebidamente percibidas y que se calculan que ascienden a la cantidad de 6.690,85 €, que se desglosan de la siguiente forma:

- Del período 01/02/2017 al 31/05/2017: ..................318,75 €

- Del período 01/06/2017 al 31/12/2017: ...............2.951,20 €

- Del período 01/01/2018 al 31/08/2018.................3.420,90 €

CUARTO .- Que no estando el actor conforme con el contenido de dicha Resolución, en fecha 10 de septiembre de 2.018 interpone escrito de reclamación previa, siendo la misma expresamente desestimada mediante nueva Resolución de fecha 11 de septiembre de 2.018, agotándose con ello el trámite administrativo previo.

QUINTO .- Que, en fechas 23 de enero y 5 de mayo de 2.017, el actor percibió las respectivas cantidades de

2.700,00 €, en la primera, y 4.265,78 €, en la segunda fecha, de la Compañía Aseguradora AXA por causa de indemnización de accidente de tráf‌ico sufrido por el actor. Al incluir la Administración Pública demandada dichas cuantías (que totalizan la cantidad de 5.164,60 €) en el cálculo de los ingresos y rentas computables de la Unidad Económica de Convivencia (U.E.C.) en la que se integra el actor, se sobrepasarían los límites máximos para causa derecho a la prestación no contributiva que hasta ese momento venía percibiendo, siendo la causa del contenido de la Resolución que se impugna y trae origen a la presente litis.

TERCERO

Que contra dicha Sentencia se formalizó Recurso de Suplicación, en tiempo y forma, por la representación de CONSEJERIA DE BIENESTAR SOCIAL DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CLM, el cual fue impugnado de contrario, elevándose los autos principales, en unión de la pieza separada de recurso de suplicación, a esta Sala de lo Social, en la que, una vez tuvieron entrada, se dictaron las correspondientes

y subsiguientes resoluciones para su tramitación en forma; poniéndose en su...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR