STSJ Murcia 888/2020, 16 de Junio de 2020

JurisdicciónEspaña
Número de resolución888/2020
Fecha16 Junio 2020

T.S.J.MURCIA SALA SOCIAL

MURCIA

SENTENCIA: 00888/2020

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO

PASEO DE GARAY, 5 - 2ª PLANTA - 30005 - MURCIA (UPAD)

Tfno: 968817243-968229216

Fax: 968817266-968229213

Correo electrónico: tsj.social.murcia@justicia.es

NIG: 30030 44 4 2017 0005033

Equipo/usuario: JLG

Modelo: 402250

RSU RECURSO SUPLICACION 0000666 /2019

Procedimiento origen: SSS SEGURIDAD SOCIAL 612/2017

Sobre: OTROS DCHOS. SEG.SOCIAL

RECURRENTE: Ernesto

GRADUADO SOCIAL: RAFAEL GARCIA MANZANO

RECURRIDO: INSTITUTO MURCIANO DE ACCION SOCIAL

ABOGADO: LETRADO DE LA COMUNIDAD

En MURCIA, a dieciséis de junio de dos mil veinte.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, compuesta por los Ilmos. Sres. D. JOSÉ LUIS ALONSO SAURA, D. JOAQUÍN ÁNGEL DE DOMINGO MARTÍNEZ y D. MANUEL RODRÍGUEZ GÓMEZ, de acuerdo con lo prevenido en el art. 117.1 de la Constitución Española, en nombre S.M. el Rey, tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, ha dictado la siguiente

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por D. Ernesto, contra la sentencia número 66/2019 del Juzgado de lo Social número 1 de Murcia, de fecha 25 de marzo, dictada en proceso número 612/2017, sobre SEGURIDAD SOCIAL, y entablado por D. Ernesto frente al INSTITUTO MURCIANO DE ACCIÓN SOCIAL.

En la resolución del presente recurso de suplicación, actúa como Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ LUIS ALONSO SAURA, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Hechos Probados en la instancia y fallo.

En la sentencia recurrida, se consignaron los siguientes hechos probados:

PRIMERO

La parte actora, don Ernesto, mayor de edad, cuyos datos personales consta en el encabezamiento de la demanda y se dan por reproducidos.

SEGUNDO

Al demandante le fue reconocido un grado de minusvalía igual al 14% con anterioridad a 2017; a f‌inales de 2016 se vuelve a solicitar la revisión de ese grado y se aporta la resolución por el INSS de reconocimiento de una incapacidad permanente en el grado de Total para su profesión habitual.

Se revisa al demandante y se conf‌irma que el grado de minusvalía en aplicación de la normativa de 1999 es del 14%, según consta en el expediente al que nos remitimos.

TERCERO

Presenta reclamación previa frente a dicha resolución subrayando que el grado que el corresponde es el del 33% por el grado de IP reconocido; la entidad demandada ratif‌ica la resolución, y razona que no se prueba que el grado deba ser superior como el solicitado (Expediente, página 2 de resolución de reclamación previa).

CUARTO

En enero de 2019 se ha sometido al actor a nueva valoración y se ha reconocido al demandante el grado de minusvalía del 33% al producirse agravación, con fecha efectos de 13 de julio de 2018 (última página del expediente aportado) y validez hasta el 8 de noviembre de 2021.

SEGUNDO

Fallo de la sentencia de instancia.

En la sentencia recurrida en suplicación se emitió el siguiente fallo: "Que desestimando la demanda interpuesta por D. Ernesto, frente al INSTITUTO MURCIANO DE ACCIÓN SOCIAL (IMAS), debo absolver y absuelvo a la entidad demandada de cuantas pretensiones de condena se han hecho valer frente a ella, por la parte actora, en la demanda que inicia este procedimiento".

TERCERO

De la interposición del recurso.

Contra dicha sentencia fue interpuesto recurso de suplicación por la parte demandante.

CUARTO

De la impugnación del recurso.

El recurso interpuesto ha sido impugnado por la parte demandada.

QUINTO

Admisión del recurso y señalamiento de la votación y fallo.

Admitido a trámite el recurso se señaló el día 10 de junio de 2020 para los actos de votación y fallo.

A la vista de los anteriores antecedentes de hecho, se formulan por esta Sala los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

FUNDAMENTO PRIMERO .- El actor, D. Ernesto, presentó demanda solicitando "que teniendo por presentado este escrito con sus copias y la Reclamación Previa, tenga por formulada demanda en reclamación por GRADO DE DISCAPACIDAD, cuya acción se dirige frente al INSTITUTO MURCIANO DE ACCIÓN SOCIAL (DIRECCIÓN GENERAL DE PENSIONES, VALORACIÓN Y PROGRAMAS DE INCLUSIÓN), con domicilio arriba expresado, y previos los trámites pertinentes mande citar a las partes al Acto de Juicio, y tras su celebración dicte en su día...

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