STSJ Comunidad de Madrid 310/2020, 30 de Abril de 2020

JurisdicciónEspaña
Número de resolución310/2020
Fecha30 Abril 2020

Tribunal Superior de Justicia de Madrid - Sección nº 04 de lo Social

Domicilio: C/ General Martínez Campos, 27, Planta 3 - 28010

Teléfono: 914931953

Fax: 914931959

34002650

NIG : 28.079.00.4-2017/0033197

Procedimiento Recurso de Suplicación 711/2019

ORIGEN:

Juzgado de lo Social nº 02 de Madrid Modificación sustancial condiciones laborales 747/2017

Materia : Modificación condiciones laborales

Sentencia número: 310/2020

Ilmos. Sres

Dña. MARÍA DEL CARMEN PRIETO FERNÁNDEZ

  1. ENRIQUE JUANES FRAGA

Dña. MARIA DEL AMPARO RODRIGUEZ RIQUELME

En Madrid a treinta de abril de dos mil veinte habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos la Sección 4 de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los Ilmos. Sres. citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el Recurso de Suplicación 711/2019, formalizado por el LETRADO D. GUILLERMO SUAREZ DE CASTRO en nombre y representación de D. Juan María, contra la sentencia de fecha 02 de abril de 2018 dictada por el Juzgado de lo Social nº 02 de Madrid en sus autos número Modificación sustancial condiciones laborales 747/2017, seguidos a instancia de D. Juan María frente a VETTONIA SEGURIDAD SA, SINERGIAS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD S.A. y SASEGUR, S.L., en reclamación por Modificación condiciones laborales, siendo Magistrado-Ponente la Ilma. Sra. Dña. MARIA DEL AMPARO RODRIGUEZ RIQUELME, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron definitivamente configuradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente.

SEGUNDO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos en calidad de expresamente declarados probados:

"PRIMERO.- Circunstancias laborales

Se ejercita en la demanda de autos acción en reclamación sobre modificación sustancial de condiciones de trabajo, debiendo señalarse al respecto que con base a la prueba documental aportada en el acto de juicio oral, resulta acreditada la relación laboral, la antigüedad, el salario y la categoría profesional del demandante, según lo siguiente:

  1. - Antigüedad: 1/04/1996 (documentos 1, 3, 5 actor).

  2. - Categoría: Vigilante de Seguridad (documentos 1, 3, 5 actor)

  3. - Salario: 1.714,90 euros brutos mensuales, con inclusión de prorrata de pagas extra (documento 5 actor)

SEGUNDO

Por escrito de SASEGUR, SL de fecha 20/11/2015 (documento 2 actor) que se da por reproducido, se comunica al actor, en síntesis, que con fecha 30/11/2015 finaliza el servicio de vigilancia que venía desarrollando, continuando como nueva empresa adjudicataria SINERGIAS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD, SA y que en dicha fecha pasará a prestar servicios con la nueva empresa adjudicataria.

TERCERO

Por escrito de SINERGIAS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD, SA de fecha 20/05/2017 (documento 4 actor), que se da por reproducido, se comunica al actor, en síntesis, que desde el 21/05/2017 deja de pertenecer a la empresa, siendo subrogado por la empresa VETTONIA SEGURIDAD, SA el 22/05/2017, en los edificios del complejo agropecuario de Colmenar Viejo, del C.T.T. "La Chimenea" de Aranjuez, del C.T.T. "La Isla" de Arganda del Rey, y la finca "El Encín" de Alcalá de Henares de Imidra

CUARTO

Por escrito de fecha 26/05/2017 (documento 2 demandada), que se da por reproducido, VETTONIA SEGURIDAD, SA comunica al actor, en síntesis, que ha sido subrogado por VETTONIA SEGURIDAD, SA con fecha 22/05/2017

QUINTO

Por escrito de fecha 7/06/2017 (documento 7 actor), que se da por reproducido, el actor comunica a VETTONIA SEGURIDAD, SA, en síntesis, que la documentación entregada por la empresa SINERGIAS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD no es la correcta, al no respetar lo establecido en el art. 14 del Convenio de aplicación, al existir una reducción salarial considerable en los conceptos de antigüedad, peligrosidad, plus responsable de equipo, ayuda hijo con minusvalía y prorrateo de pagas extraordinarias, respecto de las nóminas que venía percibiendo de la empresa SINERGIAS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD

SEXTO

Por escrito de fecha 11/07/2017 (documento 3 demandada), que se da por reproducido, VETTONIA SEGURIDAD SA comunica al actor, en síntesis, que a partir del 1/08/2017 dejará de percibir el Plus de Responsable de Equipo de Vigilancia, al no tener asignadas las funciones propias de responsable de equipo en ausencia del inspector u otro jefe

SÉPTIMO

Con fecha 16/07/2010 se dicta sentencia por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en recurso 2576/2010, desestimando el recurso de suplicación interpuesto por ESABE VIGILANCIA SA y estimando el interpuesto por el actor, revocando parcialmente la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 8 de Madrid de fecha 2/11/2009 en autos 614/2009, condenando a la demandada a reponer al actor en la percepción de los pluses de jefe de equipo y de peligrosidad en la misma cuantía que venía percibiendo, confirmando la sentencia de instancia en todos los demás pronunciamientos, que declaraba la nulidad radical de la supresión del plus absorbible y la modificación de la distribución de la jornada (documento 13 actor)

OCTAVO

El actor interpone demanda en materia de modificación sustancial de condiciones de trabajo frente a SINERGIAS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD, SA, habiéndose dictado sentencia de fecha 25/01/2018 por el Juzgado de lo Social nº 13 de Madrid, en autos 312/2016,, por la que se estimaba la demanda declarando injustificada la modificación sustancial consistente en reducir el salario del actor, condenando a la empresa a reponer al actor en sus condiciones laborales anteriores y mantener sus retribuciones y estructura salarial (documento 12 actor)

NOVENO

Es de aplicación el convenio colectivo Estatal para las empresas de Seguridad Privada"

TERCERO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se emitió el siguiente fallo o parte dispositiva:

"Que desestimo la demanda interpuesta por D. Juan María contra VETTONIA SEGURIDAD, SA, absolviendo a VETTONIA SEGURIDAD, SA de los pedimentos deducidos en su contra."

CUARTO

Frente a dicha sentencia se anunció recurso de suplicación por la parte demandante D. Juan María, formalizándolo posteriormente; tal recurso fue objeto de impugnación por la empresa VETTONIA SEGURIDAD, S.A..

QUINTO

Elevados por el Juzgado de lo Social de referencia los autos principales, en unión de la pieza separada de recurso de suplicación, a esta Sala de lo Social, tuvieron los mismos entrada en esta Sección en fecha 26/07/2019, dictándose la correspondiente y subsiguiente providencia para su tramitación en forma.

SEXTO

Nombrado Magistrado-Ponente, se dispuso el pase de los autos al mismo para su conocimiento y estudio, señalándose día para los actos de votación y fallo.

A la vista de los anteriores antecedentes de hecho, se formulan por esta Sección de Sala los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 02 de Madrid de fecha 2 de abril de 2018, desestima la demanda en reclamación sobre modificación sustancial de condiciones de trabajo (sistema retributivo) y sobre cantidad, concretada ésta en la indemnización de los daños y perjuicios ocasionados vinculados al importe -a su juicio- dejado de percibir a partir de mayo de 2017, y que expresamente cuantifica en 320,35 euros, que en posterior escrito presentado en diciembre de 2017, rebaja a 218,53 euros de principal y en escrito presentado en el acto de la vista fija en 6.177,91 euros, al ampliar el periodo temporal de reclamación.

Pese a que en dicha resolución judicial se indicó expresamente que frente a la misma no cabía recurso de suplicación con base en el art. 191.2.e de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, mediante auto dictado por esta Sección de Sala en fecha 17 de enero de 2019, se acordó estimar el recurso de queja formalizado por el Letrado de la parte actora, al considerar que sí procedía tal recurso, basando tal decisión en el hecho de que junto a la reclamación por modificación sustancial de condiciones de trabajo, de carácter individual, se ejercitaba una acción en reclamación de cantidad por un importe superior a 3.000,00 euros.

Frente al fallo, se interpone el presente Recurso de Suplicación por la representación Letrada del demandante DON Juan María habiéndose presentado escrito de impugnación por la contraparte, la empresa VETTONIA SEGURIDAD S.A.

SEGUNDO

Antes de proceder al examen de los diversos motivos de suplicación que contiene el recurso, se debe dar respuesta a la presentación por la parte recurrente, junto con su escrito de formalización, de dos resoluciones judiciales, una de ellas, es la sentencia de la Sección 3ª de esta Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, dictada el 23 de enero de 2019, en el recurso de suplicación 330/2018 formalizado por Sinergias de Vigilancia y Seguridad SA frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 13 de Madrid en los autos 312/2016 sobre modificación sustancial de condiciones de trabajo, en los que figura como demandante el ahora recurrente D. Juan María y la otra es la sentencia de 15 de marzo de 2019 dictada por el Juzgado de lo Social nº 5 de Madrid en el procedimiento 278/2016 sobre cantidad seguido a...

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