SAP Cuenca 53/2020, 11 de Febrero de 2020
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 53/2020 |
Fecha | 11 Febrero 2020 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
CUENCA
SENTENCIA: 00053/2020
Modelo: N10250
PALAFOX Nº 4-1ª PLANTA
UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO
Teléfono: 969224118 Fax: 969228975
Equipo/usuario: AEV
N.I.G. 16078 41 1 2016 0001916
ROLLO: RPL RECURSO DE APELACION (LECN) 0000524 /2019
Juzgado de procedencia: JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 4 de CUENCA Procedimiento de origen: DIH DIVISION HERENCIA 0000380 /2016 Recurrente: Milagrosa
Procurador: RAQUEL CONVERSA NAVARRO
Abogado: JHOANNA CASTILLO ALFARO
Recurrido: Natividad, Vidal
Procurador: PABLO ALONSO HERRAIZ, PABLO ALONSO HERRAIZ
Abogado: ALEJANDRO MARTINEZ RAMOS, ALEJANDRO MARTINEZ RAMOS AUDIENCIA PROVINCIAL DE CUENCA.
Apelación Civil nº 524/2019.
División de Herencia nº 380/2016.
Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Cuenca.
Ilmos Sres:
Presidente:
D. José Eduardo Martínez Mediavilla.
Magistrados:
Dª María Pilar Astray Chacón.
D. Javier Martín Mesonero (Ponente)
SENTENCIA Nº 53/2020
En Cuenca, a once de febrero de dos mil veinte.
Vistos ante esta Audiencia Provincial, en trámite de recurso de apelación nº 524/2019, los autos de División de Herencia nº 380/2016 procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Cuenca, en virtud de recurso de apelación interpuesto por Dª Milagrosa, representada por la Procuradora Sra. Conversa Navarro y asistida de la Letrada Sra. Castillo Alfaro, contra la Sentencia dictada en primera instancia, por el ya referido Juzgado, en fecha 15/3/19, figurando como parte apelada D. Natividad y D. Vidal, representados por el Procurador Sr. Alonso Herráiz y asistidos del Letrado Sr. Martínez Ramos.
Que por el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Cuenca se dictó Sentencia, en fecha 15 de marzo de dos mil diecinueve, cuyo fallo tiene el siguiente tenor literal:
"Aprobar el inventario de los bienes que integran la herencia de Don Carlos presentado por los demandantes, con las siguientes correcciones:
- El bien urbano inventariado bajo la letra B del activo hereditario (Edificación con uso industrial sita en Cañete, calle San Andrés nº 9) debe figurar como bien ganancial y, en consecuencia, solo el 50% del mismo debe integrar la herencia de Don Carlos . El otro 50% integrará la herencia de su esposa Doña Edurne .
- En el pasivo de la herencia deberán incluirse los gastos de sepelio y funeral y el importe de los impuestos devengados por los bienes inmuebles privativos del causante desde el día de su fallecimiento. Pero ambas partidas se incluyen en el pasivo no como derechos de crédito a favor de Doña Milagrosa, sino como derechos de crédito a favor de la persona o personas que acrediten haber abonado de su peculio personal los gastos de entierro y funeral y el importe del impuesto anteriormente señalados.
Aprobar el inventario de los bienes integrantes de la herencia de Doña Edurne presentado por los demandantes, con la siguiente corrección:
- En el activo hereditario deberá incluirse el 50% del bien inventariado bajo la letra B en el activo dela herencia de Don Carlos : "Edificación con uso industrial sita en Cañete en Calle San Andrés nº 9".
Que, notificada la anterior resolución a las partes, por la representación procesal de Dª Milagrosa se interpuso recurso de apelación, que fue admitido a trámite y al que se opuso la parte contraria. TERCERO.- Que, recibidas las actuaciones en esta Audiencia Provincial, por la Sala se procedió a formar el correspondiente Rollo de apelación, (asignándole el número 524/2019). Finalmente se señaló para deliberación, votación y fallo el 11.02.2020.
Instada la división judicial de las herencias de los padres de los litigantes, se procedió a dictar sentencia de formación de inventario en los términos anteriormente reproducidos. Y frente a dicha sentencia se alza la demandada Dª Milagrosa alegando como pretensión primera y principal de su recurso la nulidad de actuaciones...
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