STSJ País Vasco 2288/2019, 17 de Diciembre de 2019

PonenteFLORENTINO EGUARAS MENDIRI
ECLIES:TSJPV:2019:3665
Número de Recurso2149/2019
ProcedimientoRecurso de suplicación
Número de Resolución2288/2019
Fecha de Resolución17 de Diciembre de 2019
EmisorSala de lo Social

RECURSO N.º: Recurso de suplicación 2149/2019

NIG PV 01.02.4-19/000761

NIG CGPJ 01059.34.4-2019/0000761

SENTENCIA N.º: 2288/2019

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO

En la Villa de Bilbao, a 17 de diciembre de 2019.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma del País Vasco, formada por los/as Ilmos./Ilmas. Sres./Sras. D. FLORENTINO EGUARAS MENDIRI, Presidente en funciones, Dª MAITE ALEJANDRO ARANZAMENDI y D. JOSE FÉLIX LAJO GONZÁLEZ, Magistrados/as, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A

En el Recurso de Suplicación interpuesto por MUTUA ASEPEYO MUTUA DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA SEGURIDAD SOCIAL NUMERO 151 contra la sentencia del Juzgado de lo Social n.º 4 de Vitoria de los de VITORIA-GASTEIZ de fecha 24 de junio de 2019, dictada en proceso sobre OSS, y entablado por Delia frente a MUTUA ASEPEYO MUTUA DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA SEGURIDAD SOCIAL NUMERO 151, INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y KEIPAR S. COOP. PEQUEÑA .

Es Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. FLORENTINO EGUARAS MENDIRI, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente:

PRIMERO.- La actora, Dña. Delia, ha venido prestando servicios para la empresa KEIPAR SOCIEDAD COOPERATIVA PEQUEÑA como ayudante de camarera a través de sucesivos contratos.

Las prestaciones económicas de incapacidad temporal se encuentran cubiertas por la Mutua ASEPEYO.

SEGUNDO.- Con fecha 8 de Octubre de 2018 las partes suscribieron un contrato indefinido a tiempo parcial cuyas características no constan, habiéndosele dado de baja a la actora el día 12 de Octubre de 2018 por no superación del período de prueba.

TERCERO.- Con fecha 17 de Octubre de 2018 la actora y la empresa KEIPAR SOCIEDAD COOPERATIVA PEQUEÑA suscribieron un contrato de trabajo temporal a tiempo completo eventual por circunstancias de la producción.

Una copia del contrato obra a los folios 80 y 81 de las actuaciones dándose su contenido por reproducido.

CUARTO.- Con fecha 7 de Noviembre de 2018 la actora fue objeto de un despido disciplinario por parte de la empresa.

Una copia de la carta de despido obra a los folios 128 y 129 de las actuaciones dándose su contenido por reproducido.

QUINTO.- Con anterioridad al contrato de 8 de Octubre de 2018 la actora había prestado servicios para la empresa GREEN POSTAS S.L desde el día 22 de Mayo de 2018 hasta el día 6 de Octubre de 2018, fecha en la que causó baja voluntaria.

Las empresas GREEN POSTAS S.L y KEIPAR SOCIEDAD COOPERATIVA PEQUEÑA, son las que gestionan los restaurantes GREEN en Vitoria.

Una copia de la vida laboral de la actora obra a los folios 78 a 79 de las actuaciones dándose su contenido por reproducido.

SEXTO.- Durante el año 2018 la actora había prestado servicios como limpiadora para la empresa MINTEGUI GARCÍA, JUAN MARÍA en virtud de un contrato de duración determinada, eventual por circunstancias de la producción, cuya duración se extendió desde el 22 de Mayo de 2018 al 6 de Octubre de 2018.

Una copia del contrato obra a los folios 86 a 90 de las actuaciones dándose su contenido por reproducido.

SÉPTIMO.- La actora inició un proceso de incapacidad temporal el día 9 de Noviembre de 2018 por haber sido intervenida quirúrgicamente del hombro izquierdo en esa misma fecha habiéndosele realizado una artroscopia de hombro izquierdo.

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