AAP León 1209/2019, 22 de Noviembre de 2019
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 1209/2019 |
Fecha | 22 Noviembre 2019 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3
LEON
AUTO: 01209/2019
UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO
C/ EL CID, 20, LEÓN
Teléfono:
Correo electrónico:
Equipo/usuario: MLC
Modelo: 662000
N.I.G.: 24115 41 2 2019 0000870
RT APELACION AUTOS 0001390 /2019
Juzgado procedencia: JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.6 de PONFERRADA
Procedimiento de origen: DILIGENCIAS PREVIAS PROC. ABREVIADO 0000050 /2019
Delito: LESIONES
Recurrente: MINISTERIO FISCAL
Procurador/a: D/Dª
Abogado/a: D/Dª
Recurrido: Gabriel
Procurador/a: D/Dª MARIA ENCINA FRA GARCIA
Abogado/a: D/Dª LUIS GARCÍA GARCÍA
A U T O Nº1209/19
ILMOS. SRES.
DON TEODORO GONZALEZ SANDOVAL. - Presidente
DON ERNESTO MALLO GARCIA.- Magistrado
DON ALVARO MIGUEL DE AZA BARAZON. - Magistrado
En León, a 22 de noviembre de 2.019.
La Sección tercera de la Audiencia Provincial constituida por los Señores del margen, siendo Ponente el Ilmo. Sr. DON ALVARO-MIGUEL DE AZA BARAZON, ha dictado la presente resolución en el Rollo nº 1390/19 en el que sido apelante el Ministerio Fiscal y apelado Gabriel, representada por la Procuradora DOÑA MARIA ENCINA FRA GARCIA y asistido del Letrado DON LUIS GARCIA GARCIA.
- En la Diligencias Previas nº 50/19, del Juzgado de Instrucción nº 6 de Ponferrada, con fecha 24/06/19 (acontecimiento 44) se dictó auto en el que, se decreta el sobreseimiento provisional y archivo de las actuaciones.
- La resolución que antecede fue objeto de recurso de reforma y subsidiario de apelación que interpuso el Ministerio Fiscal, habiéndose dictado auto desestimando el recurso de reforma en fecha 23/07/19 (al folio 58).
El recurso de apelación fue admitido a trámite, y se le dio traslado del mismo a las demás partes, habiendo informado la representación del denunciado en el sentido de oponerse al recurso planteado y solicitar la confirmación de la resolución recurrida.
Tras ello, se han remitido a esta Sala las actuaciones para la resolución del recurso.
- Por parte del Ministerio Fiscal se interpone recurso de apelación contra la decisión, adoptada por el Juzgado de Instrucción nº 6 de Ponferrada, en Auto de fecha 24/06/19, en el que se decreta el sobreseimiento provisional y archivo de las actuaciones.
En el recurso de apelación el Ministerio Fiscal considera que ha de continuarse el procedimiento penal contra el denunciado puesto que la caldera de gasoil que tiene instalado en su domicilio supera los decibelios máximos permitidos y está causando continuas molestias al denunciante quien además señala que, como consecuencia del ruido continuado causado por su vecino se le ha objetivado estrés y ansiedad, constando en la causa documentación médica referida a este extremo. A tal efecto interesa la práctica de varias diligencias de investigación, en concreto las siguientes:
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Se incorporen las ordenanzas municipales en donde se regule los valores máximos permitidos de inmisión en interiores.
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Se incorpore la hoja histórico penal del investigado.
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Practíquese pericial de medida de niveles sonoros de actividad en recinto interior a realizar por la Entidad de Evaluación Acústica competente atendiendo a la Ley 05/2009 de 04 de junio.
El auto resolutorio del...
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