AAP Valladolid 600/2019, 15 de Noviembre de 2019

JurisdicciónEspaña
Número de resolución600/2019
Fecha15 Noviembre 2019

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

VALLADOLID

AUTO: 00600/2019

- C/ ANGUSTIAS S/N

Teléfono: 983 413475

Correo electrónico:

Equipo/usuario: JVQ

Modelo: 662000

N.I.G.: 47186 43 2 2019 0010627

RT APELACION AUTOS 0000786 /2019

Juzgado procedencia: JDO. INSTRUCCION N. 2 de VALLADOLID

Procedimiento de origen: DILIGENCIAS PREVIAS PROC. ABREVIADO 0001117 /2019 Delito: ESTAFA (TODOS LOS SUPUESTOS)

Recurrente: Adolfo

Procurador/a: D/Dª

Abogado/a: D/Dª CARMEN DOMÍNGUEZ RECIO

Recurrido: MINISTERIO FISCAL, Alfonso

Procurador/a: D/Dª, DAVID GONZALEZ FORJAS

Abogado/a: D/Dª, JAIME DEL POZO ARCE

AUTO Nº600/2019 ==========================================================

ILMOS. SRES.MAGISTRADOS

D. FERNANDO PIZARRO GARCIA

D. MIGUEL-ANGEL DE LA TORRE APARICIO

D. MIGUEL DONIS CARRACEDO

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En VALLADOLID, a quince de noviembre de dos mil diecinueve.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En la causa referenciada se dictó por el Juzgado de Instrucción nº 2 auto de fecha 10-9-19 por el que acordó inhibirse del conocimiento de las Diligencias Previas 1117/19 en favor del Juzgado de los de Pozuelo de Alarcón (Madrid).

SEGUNDO

Contra dicho auto se interpuso por Adolfo recurso de reforma y de apelación desestimándose el primero de ellos y siendo admitido a trámite el segundo, remitiéndose en su virtud a este Tribunal las actuaciones-testimonio de particulares con emplazamiento de las partes.

TERCERO

Correspondió el conocimiento del recurso en virtud de turno de reparto a esta Sección Segunda, siendo designado Magistrado Ponente el Ilmo. SR. D. MIGUEL DONIS CARRACEDO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

A través del auto fechado el 10-9-2.019 del Juzgado de Instrucción 2 de los de esta ciudad se acordó su inhibición para el conocimiento de la presente causa, al entender que, conforme al "principio de ubicuidad", el Juzgado territorialmente competente para su conocimiento es al que corresponda de los de Pozuelo de Alarcón (Madrid), al haberse presentado la denuncia ante la Policía Nacional de esa localidad. Frente a dicha resolución recurrió en reforma y apelación la representación de Adolfo, interesando su revocación y que las presentes actuaciones se sigan conociendo en el Juzgado de procedencia de los de esta ciudad, conforme a los argumentos contenidos en su escrito de recurso.

El Fiscal interesó la desestimación del recurso.

SEGUNDO

El 25-7-2.019 tuvo entrada en la Policía Nacional de Pozuelo de Alarcón una denuncia presentada por Pascual, como representante de MERCEDES BENZ FINANCIAL SERVICES ESPAÑA EFC SA, mercantil esta con domicilio social en la Avenida de Bruselas 30 (polígono Arroyo de la Vega) de la localidad de Alcobendas, poniendo en conocimiento que el 4-7-2.019 se efectuó un contrato de préstamo de f‌inanciación a comprador de bienes muebles, resultando prestatario del mismo Alfonso, al objeto de adquirir este, en el concesionario INTEGRAL DE AUTOMOCION 2.000 sito en la Avenida de Burgos 57 de esta ciudad, un vehículo Mercedes con matrícula .... ZTH, ascendiendo el préstamo a la suma de 23.976,72 €, aportando el prestatario para su logro una documentación posiblemente falsa.

Dicha denuncia, que dio lugar al atestado NUM000 de la policía de Pozuelo, fue remitida al Juzgado Decano de los de esa localidad, pero, al haberse puesto en conocimiento de la de esta ciudad esos hechos, se...

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