STSJ Cataluña 5445/2019, 13 de Noviembre de 2019
Ponente | ANDREU ENFEDAQUE I MARCO |
ECLI | ES:TSJCAT:2019:9363 |
Número de Recurso | 2607/2019 |
Procedimiento | Recurso de suplicación |
Número de Resolución | 5445/2019 |
Fecha de Resolución | 13 de Noviembre de 2019 |
Emisor | Sala de lo Social |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA
CATALUNYA
SALA SOCIAL
NIG : 08019 - 34 - 4 - 2019 - 0001872
EBO
Recurs de Suplicació: 2607/2019
IL·LM. SR. ANDREU ENFEDAQUE MARCO
IL·LMA. SRA. NATIVIDAD BRACERAS PEÑA
IL·LM. SR. FRANCISCO BOSCH SALAS
Barcelona, 13 de novembre de 2019
La Sala Social del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya, formada pels magistrats esmentats més amunt,
EN NOM DEL REI
ha dictat la següent
SENTÈNCIA NÚM. 5445/2019
En el recurs de suplicació interposat per Clara a la sentència del Jutjat Social 8 Barcelona de data 22 de novembre de 2018 dictada en el procediment Demandes núm. 894/2017 en el qual s'ha recorregut contra la part INSS, ha actuat com a ponent Il·lm. Sr. Andreu Enfedaque Marco.
ANTECEDENTS DE FET
En data 18 d'octubre de 2017 va arribar al Jutjat Social esmentat una demanda sobre Invalidesa grau, en la qual l'actor al.lega els fets i fonaments de dret que va considerar procedents i acabava demanant que es dictés una sentència d'acord amb el que es demanava. Admesa la demanda a tràmit i celebrat el judici, es va dictar la sentència en data 22 de novembre de 2018, que contenia la decisió següent:
DESESTIMO la demanda promovida por Dª Clara contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social y, en consecuencia, confirmo las resoluciones del INSS de 24 de julio y 14 de septiembre de 2017.
En aquesta sentència es declaren com a provats els fets següents:
Dª Clara, nacida el día NUM000 de 1975, con DNI nº NUM001, solicitó en fecha 3 de mayo de 2017 el reconocimiento de una incapacidad permanente, haciendo constar como profesión habitual la de oficial de manipulación de plásticos (folios 19 a 23).
En fecha 24 de julio de 2017, el INSS dictó resolución por la que denegó la petición formulada por la actora, al no reunir el requisito de incapacidad permanente y deber continuar con asistencia sanitaria. En fecha 14 de junio de 2017 la SGAM estableció el siguiente cuadro residual:
"Enfermedad de Crohn y afectación extensa grave con manifestaciones extraintestinales (artropatía) y con corticodependencia no estabilizada".
En esa resolución se indica que las posibilidades terapéuticas no están agotadas (folios 33 y 34).
Frente a la resolución del INSS de 24 de julio de 2017, la parte actora interpuso reclamación previa en fecha 31 de agosto de 2017, que fue expresamente desestimada por nueva resolución del INSS de fecha 14 de septiembre de 2017 (folios 37 a 42)
La actora acredita el período mínimo de cotización para causar derecho a la prestación. La base reguladora mensual no controvertida asciende a la cantidad de 794,20 euros (folio 32).
La profesión habitual de la actora es la de operaria en fábrica de plásticos (hecho conforme, folio
33). Inició un proceso de incapacidad temporal el 17 de noviembre de 2016, con el diagnóstico de "enteritis regional intestino grueso; enfermedad de Crohn (folios 33 y 68)
En fecha 28 de febrero de 2018, el INSS ha dictado resolución reconociendo a la actora una incapacidad permanente absoluta para todo trabajo, sobre una base reguladora mensual de 777,04 euros y una fecha de efectos de 17 de enero de 2018 (folios 55 a 58). Según dictamen del ICAM de 19 de diciembre de 2017, la actora padece:
"Enfermedad de Crohn y afectación extensa grave con manifestaciones extraintestinales (artropatía) y con corticodependencia. Con limitación funcional" (folio 61).
A la actora le fue diagnosticada la enfermedad inflamatoria intestinal, tipo E de Crohn, en el año 1998, con artropatía asociada. Desde entonces desarrolló dependencia a los corticoides y ha padecido diferentes brotes. En el mes de octubre de 2016 padeció un nuevo brote de la enfermedad de Crohn, que sigue activo en la actualidad, sin control de la actividad inflamatoria. Presenta sintomatología de dolor abdominal y múltiples deposiciones diarreicas (9 a 10 al día) tanto diurnas y nocturnas. El tratamiento biológico en monoterapia y mediante inmunosupresores fracasó en su momento, por lo que en febrero del año 2017 se instauró tratamiento combinado con
"Infliximab" y "Azatioprina". Por la naturaleza de la...
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