SAP Almería 66/2019, 13 de Febrero de 2019

PonenteGEMA MARIA SOLAR BELTRAN
ECLIES:APAL:2019:120
Número de Recurso1003/2018
ProcedimientoPenal. Apelación procedimiento abreviado
Número de Resolución66/2019
Fecha de Resolución13 de Febrero de 2019
EmisorAudiencia Provincial - Almería, Sección 2ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALMERÍA

SECCIÓN SEGUNDA

Rollo de Apelación nº 1003/2018

SENTENCIA Nº 66/19

ILMO.SRES.

PRESIDENTE

D. LUIS MIGUEL COLUMNA HERRERA

MAGISTRADOS

Dª GEMA MARIA SOLAR BELTRAN

Dª ALEJANDRA DODERO MARTINEZ

En la Ciudad de Almería, a 13 de Febrero de 2019.

La Sección Segunda de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación, Rollo número 1003/18, el Juicio Procedimiento Abreviado 86/15, procedente del Juzgado de lo Penal nº. 4 de Almería, por un delito de robo, siendo acusado Teodulfo, representado por el Procurador D. JOSE MANUEL ESCUDERO RIOS y defendido por la letrada Dña. ESTEFANIA MARTINEZ SORIANO, siendo parte la acusacion particular y el Ministerio Fiscal y Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dña. GEMA MARIA SOLAR BELTRAN.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los de la Sentencia apelada como relación de trámite y antecedentes del procedimiento.

SEGUNDO

Por la Ilma. Sra. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Penal nº. 4 de Almería, en la referida causa se dictó Sentencia de fecha 15 de Marzo de 2018, cuyos Hechos Probados son del tenor literal siguiente:

Se declara probado que el acusado, Teodulfo, español, con DNI NUM000, mayor de edad y ejecutoriamente condenado en sentencia firme de 8 de septiembre de 2010 como autor de un delito de robo con fuerza en las cosas, el 29 enero 2014 entre las 17:00 y 17:15 horas, con animo de obtener un beneficio patrimonial ilícito, se dirigió a la vivienda sita en el numero NUM001 de la CALLE000, en la localidad de Adra, partido judicial de Berja, propiedad de Petra y que no constituye morada, permaneciendo en aquel momento cerrada y en venta, y forzando la cerradura, accedió a su interior, sustrayendo piezas grifos y tuberías que han sido valorados en 240 euros, y causando daños que han sido tasados en 350 euros.

Momentos después, y guiado por el mismo animo, el acusado se dirigió al numero NUM002 de la CALLE001, en la localidad de Adra, partido judicial de Berja, propiedad de Carlos José, no constituyendo morada, y accediendo a su interior, trepando al terrado de la vivienda, sustrajo piezas de grifos y tuberías que han sido valorados en 152 euros

Los perjudicados han renunciado a la exacción de los perjuicios irrogados.

Finalmente, el acusado, hallándose detenido el día 30 de enero de 2013 por ocasión de estos hechos, en las dependencias del acuartelamiento de la Guardia Civil en la localidad de Adra, partido judicial de Berja, con animo de menoscabar la propiedad ajena, golpeo fuertemente una videocámara de aquellas instalaciones, causando su inutilización, y habiendo sido valorada según informe de tasación en 120, 33 euros

El acusado cometió los hechos a causa del trastorno de dependencia a heroína+cocaína, de dependencia a benzodiacepinas y de dependencia a cannabis que padece, a fin de obtener ingreso con los que satisfacer el consumo de dichas sustancias.

TERCERO

Dicha Sentencia contiene el siguiente Fallo:

"Que debo CONDENAR y CONDENO a Teodulfo como autor criminalmente responsable de:

  1. un DELITO DE ROBO CON FUERZA EN LAS COSAS a la pena de 1 año de prisión, con accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el periodo de la condena

  2. un DELITO DE ROBO CON FUERZA EN GRADO DE TENTATIVA a la pena de 6 meses de prisión, con accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el periodo de la condena

  3. una FALTA DE DAÑOS a la pena de 20 días de multa, a razón de cuota diaria de 2 euros, lo que comporta un total de 40 euros, con responsabilidad personal subsidiaria, en caso de impago, de un día de privación de libertad por cada dos cuotas o fracción impagadas y a indemnizar a la DIRECCIÓN GENERAL DE LA GUARDIA CIVIL en la cantida de 120,33 euros.

Todo ello, con expresa condena del acusado al pago de las costas ocasionadas en el presente procedimiento. "

CUARTO

Por la representación procesal del condenado se interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación en el que fundamento la impugnación sobre la base de los motivos que figuran en el mismo.

QUINTO

El recurso deducido fue admitido en ambos efectos, dándose traslado al Ministerio Fiscal, que lo impugnó solicitando la confirmación de la sentencia recurrida.

SEXTO

Se elevaron las actuaciones a este Tribunal donde se han observado las prescripciones del trámite, señalándose el día de hoy para deliberación, votación y fallo y declarándose concluso para Sentencia.

HECHOS PROBADOS

Se aceptan los consignados con tal naturaleza en la resolución impugnada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la...

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