SJS nº 1 478/2019, 16 de Diciembre de 2019, de Avilés

PonenteESTEFANIA LOPEZ MUÑOZ
Fecha de Resolución16 de Diciembre de 2019
ECLIES:JSO:2019:6930
Número de Recurso592/2019

JDO. DE LO SOCIAL N. 1

AVILES 00478/2019

SENTENCIA Nº 478/2019

En Avilés, a 16 de diciembre de 2019.

Vistos por mí, Estefanía López Muñoz, Magistrado del Juzgado de lo Social nº 1 de esta ciudad, los presentes autos nº 592/19, sobre tutela de derechos fundamentales, siendo partes como demandante D. Sebastián y como demandados el AYUNTAMIENTO DE SAN TIRSO DE ABRES y D. Severino, con intervención del Ministerio Fiscal

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En fecha 23-10-2019, el demandante interpuso demanda, que por turno de reparto correspondió a este Juzgado, en la que, sobre la base de los hechos y fundamentos de derecho que son de ver en el escrito presentado, suplicaba sentencia estimatoria de su pretensión por la que se declare la existencia de la vulneración del derecho a la integridad física y moral, la nulidad radical del proceder del AYUNTAMIENTO DE SAN TIRSO DE ABRES y del concejal demandado, condenando tanto al AYUNTAMIENTO DE SAN TIRSO DE ABRES como a D. Severino a cesar en la conducta de acoso y a la reparación de la vulneración sufrida, así como del daño moral, cifrado en la cantidad de 100.005 euros.

En fecha 4-12-2019 amplió la demanda aportando diversos documentos.

SEGUNDO

Admitida a trámite la demanda, se confirió traslado a la parte demandada, convocando a las partes para la celebración del acto de conciliación y, en su caso, juicio que se celebró en la audiencia del día 11-12-2019.

En el día y hora señalados comparecieron D. Sebastián, asistido por el letrado D. Adrián Riba Lago, y el AYUNTAMIENTO DE SAN TIRSO DE ABRES y D. Severino, asistidos por la letrado Dª Alejandra Cuadriello González.

Abierto el acto, la parte demandante se ratificó en su escrito de demanda.

La parte demandada se opuso en los términos que son de ver en el soporte audiovisual unido a los autos.

Una vez practicadas las pruebas propuestas y admitidas, efectuaron conclusiones, quedando los autos vistos para sentencia.

TERCERO

En la tramitación de las presentes actuaciones se han observado las prescripciones legales.

HECHOS PROBADOS

PRIMERO

D. Sebastián viene prestando servicios por cuenta y bajo la organización y dirección del AYUNTAMIENTO DE SAN TIRSO DE ABRES desde el día 26-3-2019, con la categoría profesional de oficial conductor, mediante la suscripción de un contrato de trabajo temporal de duración determinada, a tiempo completo, con fecha de finalización del 25-3-2020, en ejecución del plan local de empleo 2018-2019 (folios 9-11).

SEGUNDO

D. Sebastián ha realizado las funciones propias del oficial conductor fijadas en las bases del plan de empleo 2018-2019, salvo la de manejar el tractor con brazo desbrozador debido a una queja de una vecina de la localidad, que acudió al anterior Consistorio comunicando los daños que el Sr. Sebastián causaba con dicha máquina, acordando la anterior Corporación que no usara la misma (folios 16-23; testifical Sres. Jose Daniel, Jesus Miguel y Bernardo ).

En fecha 2-7-2019, el AYUNTAMIENTO DE SAN TIRSO DE ABRES contrató a un trabajador como oficial conductor para refuerzo de plantilla (testifical Sr. Bernardo ).

TERCERO

La nueva Corporación Municipal quedó constituida el 15-6-2019, siendo el alcalde D. Calixto y el concejal de Obras y Medio Ambiente D. Severino . D. Celestino, operario del área de obras, era quien coordinaba a todo el personal del departamento. Dejaron de hacerse partes de trabajo (folio 24; interrogatorio de parte; testifical Sr. Celestino ).

CUARTO

El día 13-8-2019 D. Sebastián tuvo un accidente mientras manejaba el Dumper. Causó IT siendo dado de alta el día 14-8-2019 bajo el diagnóstico de traumatismo. Tras el periodo vacacional de 15-8-2019 a 31-8- 2019, y con ocasión de su reincorporación al trabajo el 2-9-2019, puso en conocimiento de D. Severino que necesitaba realizar tareas de menor esfuerzo físico verbalmente (folios 25-26; interrogatorio de parte)

QUINTO

D. Sebastián causó baja por IT derivada de accidente de trabajo el día 3-9-2019 bajo el diagnóstico de contusión costal, siendo dado de alta el 3-12-2019. El 3-12-2019 volvió a causar baja por IT calificada como enfermedad común...

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