STSJ Comunidad de Madrid 1053/2019, 16 de Diciembre de 2019
Ponente | LUIS LACAMBRA MORERA |
ECLI | ES:TSJM:2019:14543 |
Número de Recurso | 654/2019 |
Procedimiento | Social |
Número de Resolución | 1053/2019 |
Fecha de Resolución | 16 de Diciembre de 2019 |
Emisor | Sala de lo Social |
Tribunal Superior de Justicia de Madrid - Sección nº 06 de lo Social
Domicilio: C/ General Martínez Campos, 27, Planta Baja - 28010
Teléfono: 914931967
Fax: 914931961
34002650
NIG : 28.092.00.4-2017/0001184
Procedimiento Recurso de Suplicación 654/2019
MATERIA: DESPIDO
Jzdo. Origen: JDO. DE LO SOCIAL N. 1 DE MÓSTOLES
Autos de Origen: DEMANDA 547/17
RECURRENTE/S: Dª Angelina Y OTROS
RECURRIDO/S: GLOVAL LEIVA SL, Y OTROS
SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE MADRID
En Madrid a dieciséis de diciembre de dos mil diecinueve.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de MADRID formada por los Ilmos. Sres. DON LUIS LACAMBRA MORERA PRESIDENTE, D. BENEDICTO CEA AYALA, D. MANUEL RUIZ PONTONES, Magistrados, han pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
S E N T E N C I A nº 1053
En el recurso de suplicación nº 654/19 interpuesto por el Letrado D. ALFREDO CAMACHO DAZA en nombre y representación de Dña. Angelina, Dña. Cecilia, Dña. Clemencia, Dña. Consuelo,
Dña. Crescencia, Dña. Daniela, Dña. Delia, Dña. Dulce, Dña. Segismundo, Dña. Elsa, Dña. Emma,Dña. Enma,Dña. Esperanza, Dña. Valentín,Dña. Eufrasia,Dña. Eva,Dña. Felicisima, Dña. Fidela, Dña. Flora, Dña. Frida,D. Jose Pablo,Dña. Graciela, Dña. Inmaculada, Dña. Isabel,Dña. Joaquina, Dña. Juana, Dña. Jesús María, Dña. Leonor, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 1 DE MÓSTOLES, de fecha 15 DE ENERO DE 2019, ha sido Ponente el Ilmo. Sr. D. LUIS LACAMBRA MORERA.
Que según consta en los autos nº 547/17 del Juzgado de lo Social nº 1 DE MÓSTOLES de los de Madrid, se presentó demanda por Dª Angelina Y OTROS contra, GLOVAL LEIVA SL, Y OTROS en reclamación de DESPIDO. Con fecha 15 DE ENERO DE 2019 se dictó Auto cuya Parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "DESESTIMAR el recurso de reposición interpuesto por la defensa de los 29 actores contra el auto de 22 de Octubre de 2018, confirmando la resolución recurrida."
Contra dicho auto se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante, no siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a esta Sala de lo Social, se dispuso su pase al Ponente para su examen y posterior resolución por la Sala. Habiéndose señalado para votación y fallo el día 11 de diciembre de 2019.
ÚNICO.- Recurre en suplicación la representación letrada de la parte actora auto dictado por el Juzgado de lo Social, de 15-1-2019, desestimatorio del recurso de reposición interpuesto contra auto de 22-10-2018, que declaró de oficio la incompetencia de la Jurisdicción Social por razón de la materia para conocer de la demanda interpuesta, al considerar que tal competencia radica en el Juzgado de lo Mercantil número 1 de Toledo para conocer de la demanda.
Se formula el recurso al amparo del art. 193, c) de la LRJS, alegándose, a través de tres motivos y por este orden, infracción de los arts. 8.2 y 64 de la LC, 1 de la LRJS, 9 de la LOPJ, 2, a) de la LRJS, y 1.1. y 1.2 del ET.
Las demandas individuales se dirigen en el presente caso contra diferentes empresas y personas físicas, tras haber sido declarada en concurso exclusivamente GLOBAL LEIVA, S.L, indicándose que el verdadero empleador de los actores es el grupo Al Hokair, encabezado, se dice, por la empresa Fawaz Abdulaziz Al Hokair, y que las causas económicas y organizativas alegadas en la carta de despido no son ciertas, pues el empresario referido no ha tenido pérdidas-habiendo generado beneficios- siendo en consecuencia competente el Juzgado de lo Social para el conocimiento del asunto.
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