SAP Salamanca 617/2019, 12 de Diciembre de 2019

PonenteJUAN JACINTO GARCIA PEREZ
ECLIES:APSA:2019:796
Número de Recurso705/2018
ProcedimientoPenal. Apelación procedimiento abreviado
Número de Resolución617/2019
Fecha de Resolución12 de Diciembre de 2019
EmisorAudiencia Provincial - Salamanca, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

SALAMANCA

SENTENCIA: 00617/2019

Modelo: N10250

GRAN VIA, 37 - 39

- Teléfono: 923.12.67.20 Fax: 923.26.07.34

Correo electrónico:

Equipo/usuario: MSZ

N.I.G. 37274 43 1 2017 0000034

ROLLO: RPL RECURSO DE APELACION (LECN) 0000705 /2018

Juzgado de procedencia: JUZGADO DE INSTRUCCION.N.3 de SALAMANCA

Procedimiento de origen: LSG LIQUIDACION SOCIEDADES GANANCIALES 0000072 /2017

Recurrente: Mercedes

Procurador: MARIA DEL CARMEN VICENTE PEREZ

Abogado: MARTA GONZALEZ RAMAJO

Recurrido: Ceferino

Procurador: MARIA DE VEGA DIAZ

Abogado: PEDRO AGUSTÍN RIVAS BLANCO

S E N T E N C I A Nº 617/2019

ILMO. SR. PRESIDENTE:

DON JOSÉ RAMÓN GONZÁLEZ CLAVIJO

DON ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:

DON JUAN JACINTO GARCÍA PÉREZ

DON FERNANDO CARBAJO CASCÓN

En la ciudad de Salamanca a doce de diciembre de dos mil diecinueve.

La Audiencia Provincial de Salamanca ha visto en grado de apelación el procedimiento PIEZA LIQUIDACION SOCIEDADES GANANCIALES 72 /2017 del Juzgado de Instrucción nº 3 de Salamanca, Rollo de Sala N º 705/2018; han sido partes en este recurso: como apelante demandada Mercedes, representada por la Procuradora de los tribunales, Sra. MARIA DEL CARMEN VICENTE PEREZ, y bajo la dirección de la Letrada Doña MARTA GONZALEZ RAMAJO y como apelado- demandante Ceferino, representado por la Procuradora de los tribunales, Sra. MARIA DE VEGA DIAZ, bajo la dirección del letrado D. PEDRO AGUSTÍN RIVAS BLANCO.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - El día 25 de junio de 2018 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Instrucción Nº 3 de Salamanca se dictó sentencia en los autos de referencia que contiene el siguiente: "FALLO: Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. De Vega Díaz, en nombre y representación de D. Ceferino contra Dña. Mercedes, DEBO DECLARAR Y DECLARO que el INVENTARIO DE LA SOCIEDAD DE GANANACIALES está constituido por las siguientes partidas:

    1. Forman parte del ACTIVO de la sociedad de gananciales:

      - La vivienda familiar sita en la CALLE000, núm. NUM000 de Aledeatejada ( URBANIZACION000 ) conforme a la descripción que de la misma se hace en la propuesta de inventario.

      - Los muebles y enseres que se encuentran en la anterior vivienda.

      -Vehículo, marca MERCEDES BENZ, Clase A, matrícula ....-W .

      -Vehículo, marca RENAULT SCENIC, matrícula ....-QHL, actualmente dado de baja.

      -Muebles y enseres del Bar JULIÁN, salvo aquellos que se acredite fueron comprados y pagados por el actor con posterioridad al 30 de Julio de 2010.

    2. Forman parte del PASIVO de la Sociedad de Gananciales:

      - el montante del crédito hipotecario que gravaba la vivienda habitual pendiente de pago en el momento de la disolución de la sociedad de gananciales.

      - el importe actualizado de las deudas contraídas por la sociedad de gananciales frente a D. Ceferino :

      1.390,31 euros (MIL TRESCIENTOS NOVENTA EUROS CON TREINTA Y UN CÉNTIMOS).

      12.521,16 euros (DOCE MIL QUINIENTOS VEINTIUNO EUROS CON DIECISÉIS CÉNTIMOS).

    3. Constituyen CRÉDITOS, por el 50%, A FAVOR DEL CÓNYUGE QUE ACREDITE EL PAGO ÍNTEGRO Y FRENTE AL OTRO, DE LAS DEUDAS CUYA SATISFACCIÓN, DISUELTA LA SOCIEDAD DE GANANCIALES, LE CORRESPONDÍA AFRONTAR A AMBOS POR MITAD:

      - Las cuotas del préstamo hipotecario que grava la vivienda que fue familiar.

      - Las cuotas de la comunidad de propietarios de la vivienda que fue familiar.

      Dña. Mercedes es deudora frente a D. Ceferino por la mitad de la cantidad satisfecha para el pago de las mensualidades reclamadas en el Juicio Verbal 192/17: 607,92 euros.

      -El IBI de la vivienda que fue familiar.

      - Las cuotas del seguro sobre la vivienda familiar. Exclusivamente la prima por el seguro del hogar contratado.

    4. Constituyen CRÉDITOS A FAVOR DE Dña. Mercedes, frente a D. Ceferino :

      -La mitad de lo pagado por ella para el mantenimiento del vehículo ganancial Mercedes Benz, matrícula ....-W : 2.523,95 euros.

      -La mitad de lo pagado por ella para el mantenimiento de la vivienda familiar, de carácter ganancial,: 59,92 euros.

      Cada parte abonará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad.."

  2. - Contra referida sentencia se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación jurídica de la parte demandada, quien después de hacer las alegaciones que estimó oportunas en defensa de sus pretensiones terminó suplicando que estimando íntegramente el recurso de apelación interpuesto dicte resolución por la que, revoque la sentencia de instancia en cuanto a los siguientes pronunciamientos:

    1. - Respecto del activo de la sociedad de gananciales fijado en Sentencia: la inclusión en el mismo de la partida relacionada con el negocio de hostelería "Bar Julián" debido a que el mismo presenta carácter ganancial.

    2. - Respecto del pasivo de la sociedad de gananciales fijado en Sentencia: se atribuye a nuestra representada una deuda a favor de su ex esposo en relación a unas costas a las que ambos debían hacer frente por mitad, por un procedimiento ajeno al que nos ocupa, sin apreciarse correctamente por la Juzgadora "a quo" que la misma gozaba en aquel momento del beneficio de la justicia gratuita.

    3. - Respecto del incumplimiento por parte del aquí recurrido de su obligación de abonar a nuestra representada la cantidad de 500 euros mensuales en concepto de beneficios del "Bar Julián" y que, por lo tanto, no se ha incluido dentro del activo en la Sentencia que recurrimos..

    Dado traslado de dicho escrito a la representación jurídica de la parte contraria por la misma se presentó escrito en tiempo y forma oponiéndose al recurso de apelación formulado para terminar suplicando se dicte sentencia desestimatoria del Recurso de Apelación formulado de contrario confirmando íntegramente la...

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