AAP Lleida 315/2019, 12 de Diciembre de 2019
Ponente | ALBERT MONTELL GARCIA |
ECLI | ES:APL:2019:757A |
Número de Recurso | 807/2018 |
Procedimiento | Recurso de apelación |
Número de Resolución | 315/2019 |
Fecha de Resolución | 12 de Diciembre de 2019 |
Emisor | Audiencia Provincial - Lleida, Sección 2ª |
Sección nº 02 de la Audiencia Provincial de Lleida. Civil
Calle Canyeret, 1 - Lleida - C.P.: 25007
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EMAIL:aps2.lleida@xij.gencat.cat
N.I.G.: 2512042120178134523
Recurso de apelación 807/2018 -A
Materia: Procedimiento Ordinario
Órgano de origen:Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Lleida
Procedimiento de origen:Incidente de oposición a la ejecución por motivos de fondo 87/2018 Parte recurrente/Solicitante: BANCO BILBAO VIZCAYA SA
Procurador/a: Ana Maravillas Campos Perez-Manglano
Abogado/a: PATRICIA NAVARRO MONTES
Parte recurrida: Claudia, Víctor
Procurador/a: Mªjosé Altisent Camarasa
Abogado/a: MARC TORRES BACARDI
AUTO Nº 315/2019
Presidente:
Ilmo. Sr. Albert Guilanyà i Foix
Magistrados/das :
Ilmo. Sr. Albert Montell Garcia
Ilma. Sra. Ana Cristina Sainz Pereda
Lleida, 12 de diciembre de 2019
Ponente: Ilmo . Sr. Albert Montell Garcia
En fecha 8 de noviembre de 2018 se recbieron los autos de Incidente de oposición a la ejecución nº 87/2018 remitidos por Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Lleida a fin de resolver el recurso de apelación
interpuesto por la Procuradora Ana Maravillas Campos Perez-Manglano, en nombre y representación del Banco Bilbao Vizcaya SA contra e Auto de fecha 14/09/2018 y en el que consta como parte apelada la Procuradora Mª José Altisent Camarasa, en nombre y representación de Claudia y Víctor .
El contenido de la parte dispositiva del auto contra el que se ha interpuesto el recurso es el siguiente:
" DISPONGO: DECLARAR que procede que la ejecución siga adelante por la
cantidad despachada en el auto de 8 de mayo de 2018; todo ello con la
expresa imposición de las costas a la parte ejecutada. [...]"
El recurso se admitió y se tramitó conforme a la normativa procesal para este tipo de recursos. Se señaló fecha para la celebración de la deliberación, votación y fallo que ha tenido lugar el 12/12/2019. CUARTO.- En la tramitación de este procedimiento se han observado las normas procesales esenciales aplicables al caso.
Se designó ponente al Magistrado Il·lm. Sr. Albert Montell Garcia .
La controversia que se plantea es estrictamente jurídica procesal. Dictada sentencia en fecha de 8-3-18 por la que se declaran nulas, por abusivas, la cláusula gastos y la cláusula suelo, la entidad financiera demandada interpuso recurso de apelación exclusivamente con respecto a la cláusula gastos. Los demandantes, sin esperar a la resolución del recurso de apelación, ejercitaron acción ejecutiva con respecto a la cláusula suelo, puesto que la misma sentencia condenaba a la devolución de las cantidades percibidas por BBVA en aplicación de la misma. Frente a ello planteó oposición alegando que la sentencia no es firme y carecía de efectos ejecutivos, no siendo admisible en el proceso civil la ejecución parcial de un título ejecutivo judicial, si bien admite la posibilidad que los demandantes hubiesen instado su ejecución provisional, a la cual entiende que se les debe remitir. El auto de primera instancia desestima la oposición, admitiendo la ejecución parcial de sentencia tal y como prevé la ley en sede de los procedimientos de nulidad, separación y divorcio ( art. 774.5 de la LEC), por ser firmes los pronunciamientos del título judicial que no han sido apelados.
El recurso de apelación produce dos efectos, el devolutivo, por el cual la jurisdicción la asume el tribunal de segunda instancia ( arts. 462 y 463 de la L...
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