SAP A Coruña 481/2019, 29 de Noviembre de 2019
Ponente | MARIA LUCIA LAMAZARES LOPEZ |
ECLI | ES:APC:2019:2890 |
Número de Recurso | 1264/2019 |
Procedimiento | Penal. Apelación procedimiento abreviado |
Número de Resolución | 481/2019 |
Fecha de Resolución | 29 de Noviembre de 2019 |
Emisor | Audiencia Provincial - A Coruña, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
A CORUÑA
SENTENCIA: 00481/2019
- RUA LAS CIGARRERAS NUM.1- 1ª PLANTA EDIFICIO FABRICA TABACOS
Teléfono: 981.182067-066-035
Equipo/usuario: Bd
Modelo: 213100
N.I.G.: 15030 43 2 2019 0007279
RP APELACION PROCTO. ABREVIADO 0001264 /2019
Delito/falta: VIOLENCIA DOMÉSTICA Y DE GÉNERO. MALTRATO HABITUAL
Recurrente: Carlos Alberto
Procurador/a: D/Dª LUIS ANGEL PAINCEIRA CORTIZO
Abogado/a: D/Dª MARIA ALEXIA BEDOYA MARTINEZ
Recurrido: Sofía, MINISTERIO FISCAL
Procurador/a: D/Dª MARIA JOSE FEITO VAZQUEZ
Abogado/a: D/Dª ROSA MARIA ABELLA AGUIAR
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LOS/AS ILMOS/AS SR./SRAS
Presidente
D. IGNACIO ALFREDO PICATOSTE SUEIRAS
Magistrados/as
Dª. LUCÍA LAMAZARES LÓPEZ
D. ALEJANDRO MORÁN LLORDÉN
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EN NOMBRE DEL REY
Han dictado la siguiente
S E N T E N C I A
En A Coruña, a veintinueve de noviembre de dos mil diecinueve.
VISTO, por esta Sección 1ª de esta Audiencia Provincial en la causa arriba referenciada, el recurso de apelación interpuesto por el Sr. PAINCEIRA CORTIZO en representación de Carlos Alberto contra Sentencia dictada en el procedimiento JR 184/2019 del Juzgado de lo Penal Número 6 de A Coruña; habiendo sido parte en él, como apelante el mencionado recurrente; y como apelados Sofía representada por la Procuradora Sra. FEITO VAZQUEZ, y el MINISTERIO FISCAL, en la representación que le es propia.
Ha sido Ponente de la presente resolución la Magistrada Dña. LUCÍA LAMAZARES LÓPEZ.
En el procedimiento de referencia se dictó Sentencia con fecha diecinueve de julio de dos mil diecinueve, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
"Que debo CONDENAR Y CONDENO a Carlos Alberto como autor criminalmente responsable de un delito de MALOS TRATOS sobre la MUJER, ya definido sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal a la pena de SESENTA DÍAS DE TRABAJOS EN BENEFICIO DE LA COMUNIDAD, y la de prohibición de aproximarse a Sofía a menos de 200 metros de su persona, domicilio, lugar de trabajo y otro que frecuente y de comunicarse con ella por cualquier medio por un periodo de ocho meses y prohibición de tenencia y porte de armas por el tiempo de dos años y un día con pérdida de la licencia o permiso.
Y le debo ABSOLVER Y ABSUELVO del delito leve de vejaciones injustas por el que venía también siendo acusado.
Procede la expresa condena en la mitad de las costas causadas, incluyendo las correspondientes de la acusación particular.
Deberá indemnizar a Sofía en el importe de 250 euros por los días que tardó en curar así como al SERGAS en el que se acredite en ejecución de sentencia por los gastos de asistencia de aquella y ambas cantidades en los intereses del artículo 576 de la ley de enjuiciamiento civil.
Las penas impuestas en la presente sentencia no se cumplirán mientras la misma no devenga firme, previos los correspondientes requerimientos y liquidaciones".
Contra dicha Sentencia, por la representación procesal del hoy recurrente, se interpuso recurso de apelación que formalizó exponiendo las alegaciones que constan en su escrito, el cual se halla unido a las actuaciones.
Dado traslado del escrito de formalización del recurso a las partes, se presentaron los escritos de impugnación que obran en autos en base a considerar la sentencia objeto de recurso plenamente ajustada a derecho solicitando su confirmación.
Por el Órgano Judicial sentenciador se remitieron a este Tribunal los autos originales con todos los escritos presentados y, recibidos que fueron, se señaló día para deliberación, la que tuvo lugar el día de su fecha.
HECHOS PROBADOS
ÚNICO .- Se admiten y esta Sala hace propios los hechos declarados probados por la sentencia de instancia que dicen como sigue con las correcciones que se indican a continuación:
" Probado y así se declara que Carlos Alberto, nacido NUM000 -74, con DNI NUM001, sin antecedentes penales, estuvo casado con Sofía, de la que nació una hija menor, posteriormente se divorciaron sin que hayan vuelto a reanudar la relación.
Sobre las 21,10 horas del día 28-06-19 cuando aquella se encontraba en el domicilio de aquél en unión de su hija menor, sito en el lugar de DIRECCION000, NUM002, DIRECCION001, A Coruña, iniciaron una discusión a raíz de la comunión de aquella, en el curso de la cual Carlos Alberto tiró al suelo a Sofía cuando estaban en la cocina sentada aquella en una silla y agarrándola por debajo de los brazos la echó de la de la vivienda, apreciando estos últimos...
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