SAP Madrid 413/2019, 27 de Noviembre de 2019

PonenteFRANCISCO JAVIER PEÑAS GIL
ECLIES:APM:2019:16291
Número de Recurso532/2019
ProcedimientoRecurso de apelación
Número de Resolución413/2019
Fecha de Resolución27 de Noviembre de 2019
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 19ª

Audiencia Provincial Civil de Madrid

Sección Decimonovena

c/ Santiago de Compostela, 100, Planta 7ª

28035

Tfno.: 914933886, 914933815-16-87

37007740

N.I.G.: 28.049.00.2-2018/0000689

Recurso de Apelación 532/2019

O. Judicial Origen: Juzgado Mixto nº 5 de Coslada

Autos de Juicio Verbal (250.2) 96/2018

APELANTE: TORREJÓN 2000 INMOBILIARIA S.L.

PROCURADOR: Dª. CRISTINA ENCARNACIÓN GARCÍA PALOMINO

APELADO: D. Leandro y Dª. Angustia

PROCURADOR: Dª. MARÍA ASUNCIÓN SÁNCHEZ GONZÁLEZ

SENTENCIA Nº 413

ILMO. SR. MAGISTRADO D. FRANCISCO JAVIER PEÑAS GIL

En Madrid, a veintisiete de noviembre de dos mil diecinueve.

La Sección Decimonovena de la Ilma. Audiencia Provincial de esta Capital, constituida de forma unipersonal para el conocimiento del presente asunto por el Sr. Magistrado que al margen se expresa, ha visto en trámite de apelación los presentes autos civiles de Juicio Verbal (250.2) nº 96/2018 procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 5 de Coslada, seguidos entre partes, de una, como demandante-apelante, TORREJÓN 2000 INMOBILIARIA, S.L., representada por la Procuradora Dª. CRISTINA ENCARNACIÓN GARCÍA PALOMINO y defendida por Letrado, y de otra, como demandados-apelados, D. Leandro y Dª. Angustia, representados por la Procuradora Dª. MARÍA ASUNCIÓN SÁNCHEZ GONZÁLEZ y defendidas por Letrado; todo ello en virtud del recurso de apelación interpuesto contra Sentencia dictada por el mencionado Juzgado, de fecha 20 de febrero de 2019.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 5 de Coslada se dictó Sentencia de fecha 20 de febrero de 2019, cuyo fallo es del tenor siguiente:

"Que, desestimando la demanda interpuesta por TORREJÓN 2000 INMOBILIARIA, S.L., representada por la Procuradora de los Tribunales Cristina Encarnación García Palomino, frente a Leandro y Angustia, representados por la Procuradora de los Tribunales María Asunción Sánchez González, debo absolver y absuelvo a los demandados de las pretensiones que contra ellos se formulan; con imposición de las costas causadas en esta primera instancia a la parte demandante."

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandante, que fue admitido, dándose traslado a la adversa que se opuso al mismo y, en su virtud, previos los oportunos emplazamientos, se remitieron las actuaciones a esta Sección, sustanciándose el recurso por sus trámites legales.

TERCERO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia de instancia desestimó la demanda interpuesta por la representación procesal de Torrejón 2000 Inmobiliaria, S.L., en la que ejercitaba acción de condena D. Leandro y Dª. Angustia al abono de la cantidad de 4.000 euros, suma del importe de la cláusula penal pactada en los contratos de arras celebrados los días 3 de marzo y 7 de abril de 2017 entre los demandados, como interesados compradores de una vivienda, los vendedores y la demandante.

SEGUNDO

Frente a esa sentencia se alza la representación procesal de la demandante interponiendo recurso de apelación en el que implícitamente denuncia la errónea valoración de la prueba e indebida interpretación de la literalidad de la referida cláusula penal.

Recurso al que se opuso la representación procesal de la parte demandada interesando su desestimación, y la...

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