AAP Salamanca 139/2019, 31 de Octubre de 2019

PonenteEUGENIO RUBIO GARCIA
ECLIES:APSA:2019:417A
Número de Recurso165/2019
ProcedimientoCivil
Número de Resolución139/2019
Fecha de Resolución31 de Octubre de 2019
EmisorAudiencia Provincial - Salamanca, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

SALAMANCA

AUTO: 00139/2019

Modelo: N10300

GRAN VIA, 37-39

Teléfono: 923.12.67.20 Fax: 923.26.07.34

Correo electrónico:

N.I.G. 37274 42 1 2003 0100760

ROLLO: RPL RECURSO DE APELACION (LECN) 0000165 /2019

Juzgado de procedencia: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA.N.1 de SALAMANCA Procedimiento de origen: EJC JUICIO EJECUTIVO 0000338 /1994

Recurrente: Sergio

Procurador: MARIA DE LOS ANGELES LOPEZ MEDINA

Abogado: FERNANDO JAVIER LOPEZ ALVAREZ

Recurrido: CAJA DE AHORROS DE SALAMANCA Y SORIA

Procurador: MARIA DEL PILAR HERNANDEZ SIMON

Abogado: PEDRO MENDEZ SANTOS

A U T O Nº 139/2019

Magistrados Iltmos. Sres.:

DON JOSE ANTONIO VEGA BRAVO

DON EUGENIO RUBIO GARCÍA

DON JOSÉ ANTONIO MARTÍN PÉREZ

En SALAMANCA, a treinta y uno de octubre de dos mil diecinueve.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia núm. 1 de Salamanca, en la pieza de incidente de ejecución núm. 338/1994, con fecha 8 enero de 2019, (por error se hace constar 2018) se dictó Auto cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Se estima parcialmente la impugnación formulada por D. Sergio frente a la

liquidación de intereses efectuada por Banco de Caja España de Inversiones Salamanca y Soria S.A.U. en escrito de 4 de septiembre de 2018, dejando fijada la cantidad de intereses en la cantidad de 40.628,59 euros. No se establece condena en costas en relación a este incidente. ....."

SEGUNDO

Frente a la anterior resolución y por la Procuradora Doña María Ángeles López Medina en nombre y representación de Don Sergio, se interpuso recursos de apelación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 459 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Después de alegar las razones que tuvo por conveniente termino solicitando que se dicte Resolución por el que se estime el Recurso de Apelación, acordando revocar el Auto recurrido en el sentido de estimar íntegramente la impugnación formulada por Don Sergio frente a la liquidación de intereses efectuada por Banco de Caja España de Inversiones Salamanca y Soria S.A.U. acordándose no ha lugar al pago de intereses desde la fecha 2 de septiembre del 1994, condenándose a la entidad bancaria al pago de costas tanto de primera instancia como de esta apelación.

TERCERO

Admitida que fue la interposición del recurso por el Juzgado, de conformidad con lo establecido en el art. 461 de la L.E.C, se emplazó a las demás partes personadas para que en el plazo de diez días presentaran ante el Juzgado escrito de oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada en lo que le resulte desfavorable.

CUARTO

Presentado escrito de impugnación al recurso por la entidad Banco de Caja España de Inversiones Salamanca y Soria S.A.U representada por la Procuradora...

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