AAP Barcelona 318/2019, 26 de Septiembre de 2019

JurisdicciónEspaña
Fecha26 Septiembre 2019
Número de resolución318/2019

Sección nº 19 de la Audiencia Provincial de Barcelona. Civil

Paseo Lluís Companys, 14-16, pl. baixa - Barcelona - C.P.: 08018

TEL.: 934866303

FAX: 934867115

EMAIL:aps19.barcelona@xij.gencat.cat

N.I.G.: 0801942120188051442

Recurso de apelación 117/2019 -B

Materia: P.S. oposición a ejecución hipotecaria

Órgano de origen:Juzgado de Primera Instancia nº 46 de Barcelona Procedimiento de origen:P.S. Oposición a la ejecución hipotecaria 42/2018 Parte recurrente/Solicitante: Santos

Procurador/a: Paloma-Paula Garcia Martinez

Parte recurrida: INSTITUT CATALA DE FINANCES,

Procurador/a: Mª Jose Blanchar Garcia

Abogado/a: Joan Mur I Castro

AUTO Nº 318/2019

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. Miguel Julián Collado Nuño D. Carles Vila i Cruells

D. Gonzalo Ferrer Amigo

Barcelona, 26 de septiembre de 2019

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En fecha 21 de febrero de 2019 se han recibido los autos de P.S. Oposición a la ejecución hipotecaria 42/2018 remitidos por Juzgado de Primera Instancia nº 46 de Barcelona a f‌in de resolver el recurso de apelación interpuesto por Santos contra Auto - 26 de octubre de 2018 - y en el que consta como parte apelada- opuesta el INSTITUT CATALA DE FINANCES.

SEGUNDO

El contenido de la parte dispositiva del auto contra el que se ha interpuesto el recurso es el siguiente:

" DISPONGO no haber lugar a la oposición a la ejecución instada por el Procurador Sr/a. García Martinez en representación de D. Santos Y Dª María Inés y debo ordenar como ordeno prosiga la ejecución de los presentes autos instados por el INSTITUT CATALÀ DE FINANCES.

Sin costas derivadas de la oposición a la ejecutada. "

TERCERO

El recurso se admitió y se tramitó conforme a la normativa procesal para este tipo de recursos. Se señaló fecha para la celebración de la deliberación, votación y fallo que ha tenido lugar el 19/09/2019. CUARTO.- En la tramitación de este procedimiento se han observado las normas procesales esenciales aplicables al caso.

Se designó ponente al Magistrado D. Gonzalo Ferrer Amigo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En el procedimiento de ejecución hipotecaria nº 250/2018, D. Santos se opuso invocando la existencia de cláusulas abusivas en la escritura de constitución de la garantía hipotecaria sobre su vivienda. Af‌irma su condición de consumidor y la imposibilidad de aplicar el interés de demora pactado, de seis puntos sobre el vigente en la operación en cada momento.

El auto de 26 de octubre de 2018 desestima la oposición sobre la base de la falta de prueba del carácter de consumidor del opositor.

Interpone recurso el Sr. Santos alegando que la vivienda la hipotecó en su calidad de particular y no como prestatario al ser éste FRIHERLO SL.

El recurso es opuesto de contrario.

SEGUNDO

Se aceptan íntegramente los razonamientos del auto recurrido.

En efecto, la única causa de oposición invocada por el Sr. Santos es su condición de consumidor viniendo a af‌irmarsu ajenidad respecto al préstamo concedido a Friherlo SL siendo avalista y no prestataria y al haber hipotecado "a título particular" la vivienda".

La af‌irmación es absurda, ilógica y contraria al título. Aún siendo f‌iador la ejecución debería seguir su normal curso. Así, no se puede considerar que la sociedad ni su eventual f‌iador sean consumidores. Inicialmente resulta del contenido del préstamo la intervención de los prestatarios en relaciones que no son de consumo con f‌ines privados, y sí vinculada a una actividad comercial.

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