AAP Barcelona 197/2019, 24 de Julio de 2019

PonenteISABEL ADELA GARCIA DE LA TORRE FERNANDEZ
ECLIES:APB:2019:7252A
Número de Recurso710/2018
ProcedimientoRecurso de apelación
Número de Resolución197/2019
Fecha de Resolución24 de Julio de 2019
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 1ª

Sección nº 01 de la Audiencia Provincial de Barcelona. Civil

Paseo Lluís Companys, 14-16 - Barcelona - C.P.: 08018

TEL.: 934866050

FAX: 934866034

EMAIL:aps1.barcelona@xij.gencat.cat

N.I.G.: 0801942120188064153

Recurso de apelación 710/2018 -C

Materia: Tercería de dominio

Órgano de origen:Juzgado de Primera Instancia nº 30 de Barcelona

Procedimiento de origen:Tercería de dominio 230/2018

Parte recurrente/Solicitante: ORGANISMO DE GESTION TRIBUTARIA DE LA DIPUTACION DE BARCELONA

Procurador/a:

Abogado/a:

Parte recurrida: MAÑA PATRIMONIAL, S.L.

Procurador/a: Ricard Simo Pascual

Abogado/a: JORDI PIELLA BOVE

AUTO Nº 197/2019

Barcelona, 24 de julio de 2019.

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Barcelona, formada por las Magistradas Dña. Mª Dolors PORTELLA LLUCH, Dña. Maria Dolors MON TOLIO SERRA y Dña. Isabel Adela Garcia de la Torre Fernandez actuando la primera de ellas como Presidenta del Tribunal, ha visto el recurso de apelación nº 710/18 interpuesto contra el auto dictado el día 31 de mayo de 2018 en el procedimiento nº 230/18 tramitado por el Juzgado de Primera Instancia nº 30 de Barcelona en el que es recurrente ORGANISMO DE GESTIÓN TRIBUTARIA DE LA DIPUTACIÓN DE BARCELONA y apelada MAÑA PATRIMONIAL, S.L. previa deliberación pronuncia en nombre de S.M. el Rey de España la siguiente resolución.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El auto antes señalado, tras los correspondientes Fundamentos de Derecho, establece en su parte dispositiva lo siguiente:

" ACUERDO estimar la demanda de tercería de dominio interpuesta por el Procurador Sr. Simó Pascual, en representación de la entidad "MAÑA PATRIMONIAL, S.L.", contra el Organismo de Gestión Tributaria de la Diputación de Barcelona, relativa a los bienes embargados en el procedimiento de apremio seguido con motivo del expediente administrativo T/14127068, consistentes en rentas y alquileres derivados de los inmuebles sitos en L'Hospitalet de Llobregat (Barcelona), Plaza Mestre Anselm Clavé nº 2-4 At. 01 y 01.

En consecuencia PROCÉDASE AL ALZAMIENTO DE LAS TRABAS y a la cancelación de las anotaciones de embargo que se hayan podido practicar, debiéndose librar en su caso los mandamientos oportunos.

Todo ello sin hacer imposición de costas a ninguna de las partes.

La presente resolución no producirá efectos de cosa juzgada en un ulterior procedimiento en relación con la titularidad del bien, y ello conforme al articulo 603 de la Ley de Enjuiciamiento Civil ."

SEGUNDO

Las partes antes identificadas han expresado en sus respectivos escritos de apelación y, en su caso, de contestación, las peticiones a las que se concreta su impugnación y los argumentos en los que las fundamentan, que se encuentran unidos a los autos.

Fundamenta la decisión del Tribunal la Ilma. Sra. Magistrada Ponente Dña. Isabel Adela Garcia de la Torre Fernandez.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Planteamiento del litigio. Resolución apelada. Recurso de apelación.

Maña Patrimonial, S.L. formuló demanda de tercería de dominio contra la resolución desestimatoria emitida en fecha 15 de febrero de 2018 por el Organismo de Gestión Tributaria de la Diputación de Barcelona, solicitando se dicte sentencia por la que se estime la tercería, teniendo por acreditado el derecho de la actora sobre el bien embargado (alquileres de los inmuebles sitos en Plza. Mestre Anselm Clavé, nº 2-4, At 01 y 02 de L`Hospitalet de Llobregat), alzando y dejando sin efecto los embargos trabados.

Admitida a trámite la demanda, se emplazó...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR