SAP Barcelona 609/2019, 18 de Julio de 2019
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 609/2019 |
Fecha | 18 Julio 2019 |
Audiencia Provincial de Barcelona
Sección Vigésimosegunda
Rollo procedimiento abreviado núm. 4/2019
Referencia de procedencia:
JUZGADO INSTRUCCIÓN 4 BARCELONA
Procedimiento Abreviado núm. 126/2018
SENTENCIA NÚM. 609/2019
Magistrados/das:
Juli Solaz Ponsirenas
Patricia Martínez Madero
David Garcia Esteban
La dicta la Sección Vigésima Segunda de la Audiencia Provincial de Barcelona en la presente causa Procedimiento abreviado núm. 4/2019,, procedente del Juzgado de Instrucción núm. 4 de Barcelona, seguida por delito de robo con intimidación en local abierto al público contra Valentín, con carta de identificación de Croacia NUM000, mayor de edad, nacido en Bosnia Herzegovina
Han sido partes el acusado Valentín, representado por Arantxa Reche Calduch, y defendido por Laura Amor Quevedo, y el Ministerio Fiscal.
De esta sentencia, que expresa la opinión del Tribunal, ha sido ponente Juli Solaz Ponsirenas .
Barcelona, dieciocho de julio de dos mil diecinueve.
El Juzgado de Instrucción núm. 4 de Barcelona acordó tramitar las Diligencias Previas núm. 126/2018 por un presunto delito de robo con intimidación en local abierto al público contra Valentín, según lo dispuesto en el Título Segundo del Libro Cuarto de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, correspondiendo a esta Sala su enjuiciamiento y fallo.
El Ministerio Fiscal en el acto del juicio oral modifica sus conclusiones provisionales, calificando los hechos a que se refiere el presente procedimiento como constitutivos de un delito de robo con intimidación en local abierto al público, previsto y penado en los artículos 237 y 242.1 y 2 del Código Penal, del que es autor el acusado, Valentín, concurriendo en el mismo la circunstancia agravante de multireincidencia, interesando para el mismo la imposición de una pena de cuatro años y ocho meses de prisión, con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y costas, debiendo indemnizar a la
aseguradora Axa en la cantidad de 200 euros, añadiendo que si bien procede el cumplimiento de la pena privativa de libertad en España, conforme a lo dispuesto en el artículo 89.2 del Código Penal, se proceda a la expulsión del condenado del territorio español cuando el mismo acceda al tercer grado penitenciario o se acuerde su libertad condicional.
Por su parte la defensa mostró en el plenario su conformidad con la modificación efectuada por el Ministerio Fiscal y manifestó que no estimaba necesaria la continuación del juicio. El acusado, Valentín, reconoció los hechos que se le imputan y aceptó las penas solicitadas.
De conformidad con lo establecido en el artículo 787.6 de la vigente Ley de Enjuiciamiento Criminal, se dictó oralmente sentencia de conformidad, mostrando todas las partes, Ministerio Fiscal, el acusado y su defensa, su decisión de no recurrir, en virtud de lo cual, se declaró oralmente la firmeza de la sentencia dictada.
HECHOS PROBADOS
ÚNICO.- Por la conformidad de las partes, se declaran probados los hechos relatados en la conclusión primera del escrito de acusación, que son los siguientes: Valentín, nacional de Bosnia-Herzegovina, con número de identificación NUM000, que carece de autorización para residir en España, según certificación de la Brigada Provincial de Extranjería y Fronteras, de fecha 22 de marzo de 2018, si bien por la gravedad del delito procede el cumplimiento de la pena en España, mayor de edad y que ha sido condenado ejecutoriamente en virtud de las sentencias siguientes:
Sentencia, de fecha 12/01/2006, del Juzgado de lo Penal núm. 10 de Madrid, Ejecutoria 575/2006, a la pena de 3 años de prisión por delito de robo con violencia o intimidación.
Sentencia, de fecha 14/03/2006, del Juzgado de lo Penal núm. 12 de Madrid, Ejecutoria 758/2006, por un delito de robo con violencia, a la pena de 3 años, 6 meses y 1 día de prisión.
Sentencia, de fecha 31/10/2006, del Juzgado de lo Penal núm. 1 de Getafe, Ejecutoria 328/2006, por un delito de robo con violencia, a la pena de 3 años y 8 meses de prisión.
Sentencia, de fecha 15/09/2006, del Juzgado de lo Penal núm. 3 de Getafe, Ejecutoria 360/2006, por un delito de robo con violencia, a la pena de 3 años y 6 meses de prisión.
Sentencia, de fecha 20/06/2007, del Juzgado de lo Penal núm. 1 de Terrassa, Ejecutoria 243/2007, por un delito de robo con fuerza, a la pena de 1 año y 2 meses de prisión.
Sentencia, de fecha...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba