AAP Barcelona 292/2019, 10 de Julio de 2019
Ponente | FRANCISCO JAVIER PEREDA GAMEZ |
ECLI | ES:APB:2019:5299A |
Número de Recurso | 5/2019 |
Procedimiento | Cuestión de competencia |
Número de Resolución | 292/2019 |
Fecha de Resolución | 10 de Julio de 2019 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 18ª |
Sección nº 18 de la Audiencia Provincial de Barcelona. Civil
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N.I.G.: 0827942120108103622
Cuestión de competencia 5/2019 -F
Materia: Incidente
Órgano de origen:Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Terrassa Procedimiento de origen:Modificación medidas supuesto contencioso 121/2019 Parte recurrente/Solicitante:
Procurador/a:
Abogado/a:
Parte recurrida:
Procurador/a:
Abogado/a:
AUTO Nº 292/2019
Barcelona, 10 de julio de 2019
Magistrados:
Francisco Javier Pereda Gámez (Ponente)
Margarita B. Noblejas Negrillo
Dolors Viñas Maestre
Cuestión de competencia n.:5/2019
Objeto del recurso: supuesta cuestión negativa de competencia objetiva
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RESUMEN DEL PLEITO DE PRIMERA INSTANCIA
El día 16 de octubre de 2016 el Sr. Agustín presentó demanda de modificación de efectos de sentencia. El Letrado de Administración de Justicia acordó plazo de subsanación de defectos procesales para que el demandante acompañara documentos.
Sin que conste más trámite, por Auto de 8 de febrero de 2017 el Juzgado n.9 dictó Auto de inhibición por entender que el asunto se debió repartir al Juzgado n.6, por antecedentes y lo devolvió al Decanato, que lo repartió al Juzgado n.6.
Este Juzgado dictó Auto de 18 de febrero de 2019, en el que rechaza el asunto por haber pasado más de 5 días desde el reparto y por haberse prorrogado la jurisdicción ( art. 411 LEC ). Añade que la regla de reparto por antecedentes es posterior al reparto inicial.
El Acuerdo del Decano de 21 de febrero de 2019 reparte el asunto al Juzgado n.6, sin perjuicio de que éste pueda plantear cuestión de competencia ante la Audiencia Provincial, como ha hecho por Auto de 11 de marzo de 2019.
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TRÁMITES EN LA SALA
El asunto presenta diligencia de reparto de fecha 12 de abril de 2019. No se ha practicado prueba ni se ha celebrado vista. La deliberación y votación de la Sala ha tenido lugar el día 9 de julio de 2019.
REFERENCIA A ASUNTOS DE IGUAL NATURALREZA
Es criterio ya asentado (AAP, Civil sección 18 del 31 de mayo de 2019 (ROJ: AAP B 3229/2019 -ECLI:ES:APB:2019:3229A), AAP, Civil sección 18 del 31 de mayo de 2019 (ROJ: AAP B 3210/2019 -ECLI:ES:APB:2019:3210A), AAP, Civil sección 18 del 29 de mayo de 2019 (ROJ: AAP B 3152/2019 -ECLI:ES:APB:2019:3152A), AAP, Civil sección 18 del 29 de mayo de 2019 (ROJ: AAP B 3209/2019 -ECLI:ES:APB:2019:3209A) y AAP, Civil sección 18 del 29 de mayo de 2019 (ROJ: AAP B 3154/2019 -ECLI:ES:APB:2019:3154A) que "no estamos ante un conflicto negativo de competencia territorial...
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