SAP Barcelona 406/2019, 19 de Junio de 2019
Ponente | ANTONIO GOMEZ CANAL |
ECLI | ES:APB:2019:8303 |
Número de Recurso | 218/2019 |
Procedimiento | Recurso de apelación |
Número de Resolución | 406/2019 |
Fecha de Resolución | 19 de Junio de 2019 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 11ª |
Sección nº 11 de la Audiencia Provincial de Barcelona. Civil
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Recurso de apelación 218/2019 -A
Materia: Juicio verbal
Órgano de origen:Juzgado de Primera Instancia nº 36 de Barcelona
Procedimiento de origen:Juicio verbal (Reclamación posesión art. 250.1.4) 750/2018
Parte recurrente/Solicitante: Susana
Procurador/a: Jose Luis Aguado Baños
Abogado/a: Alba Bueno Ruiz
Parte recurrida: IGNORADOS OCUPANTES C/ DIRECCION000, NUM000, NUM001 NUM002 DE BARCELONA, Adriana
Procurador/a: Jose Antonio Lopez Jurado Gonzalez
Abogado/a: HECTOR MATEOS PUEYO
SENTENCIA Nº 406/2019
Magistrados:
Don Josep Maria Bachs Estany (Presidente)
Don Antonio J. Martínez Cendán
Don Antonio Gomez Canal (Ponente)
En Barcelona, a 19 de Junio de 2019.
La Sección 11ª de la Audiencia Provincial de Barcelona formada por los Ilmos. Sres. Magistrados arriba identificados ha visto en grado de apelación los autos de JUICIO VERBAL 750/18 sobre tutela sumaria de la posesión seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia núm. 36 de los de Barcelona por demanda de DOÑA Adriana, representada por el Procurador sr. López-Jurado y asistida por el Letrado sr. Mateos, contra DOÑA Susana, representada por el Procurador sr. Aguado y defendida por la Abogada sra. Bueno, e IGNORADOS OCUPANTES de la vivienda sita en la c/ DIRECCION000 nº NUM000, NUM001, NUM002 de Barcelona,
incomparecidos en la alzada, y que penden ante nosotros por virtud del recurso interpuesto por la interpelada comparecida contra la Sentencia dictada en dichas actuaciones en fecha 7 de enero de 2.019 y pronuncia la presente resolución en base a los siguientes,
RESOLUCIÓN RECURRIDA.
En el juicio verbal 750/18 sobre tutela sumaria de la posesión tramitado ante el Juzgado de Primera Instancia número 36 de los de Barcelona recayó Sentencia el día 7 de enero de 2.019 cuya parte dispositiva establece textualmente lo siguiente:
"Que estimando la demanda interpuesta por el Sr. José Antonio López Jurado en representación de Dña. Adriana, asistida por el Sr. Héctor Mateos, frente a los IGNORADOS OCUPANTES de la vivienda sita en la C/ DIRECCION000 NUM000, NUM001, NUM002 de Barcelona, declarados en rebeldía, y frente a Dña. Susana, representada por el Sr. José Luis Aguado Baños, y asistida por la Sra. Alba Bueno.
-
Acuerdo la recuperación de la posesión de la vivienda sita en la C/ DIRECCION000 NUM000, NUM001 NUM002 de Barcelona por la actora, y condeno a las demandadas a dejar la misma libre, vacua y expedita a disposición de la propiedad, bajo apercibimiento de lanzamiento.
-
Se imponen las costas a los demandados."
LAS PARTES EN EL RECURSO.
Contra dicha Sentencia la demandada comparecida interpuso recurso de apelación al que se opuso la actora en el traslado conferido al efecto. Emplazadas las partes ante la Superioridad, comparecieron en tiempo y forma las arriba reseñadas.
TRAMITACIÓN EN LA SALA.
Recibidos los autos en esta Sección, se descartó la necesidad de celebración de vista y el día 12 de junio de
2.019 tuvo lugar la sesión de deliberación, votación y fallo.
CUMPLIMIENTO DE LOS TRÁMITES.
En la tramitación de la segunda instancia jurisdiccional se han observado todas las prevenciones legales en vigor a excepción del plazo global de duración debido al cúmulo de asuntos que penden ante esta Sección.
Expresa la decisión del Tribunal el magistrado don Antonio Gomez Canal, que actúa como ponente.
RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO POR DOÑA Susana .
La Sentencia de 7/1/19 acoge la demanda de protección sumaria de la posesión ejercitada por la sra. Adriana en relación a la vivienda sita en el piso NUM001 NUM002 de la calle DIRECCION000 nº NUM000 de Barcelona ( arts. 250.1.4 ª, 439.1, 441.1.bis y 447.2 LECivil ) tras constatar: 1º.- la existencia del título legitimador de la posesión que invocó: su condición de propietaria plena del referido inmueble, por compraventa (1/2) y sucesión mortis causa de su esposo (1/2), tal como publica el Registro de la Propiedad (documentos 1 y 2 de la demanda) y 2º.- la carencia de título posesorio digno de protección por parte de la interpelada comparecida: conforme al art. 12.4 LAU no ostenta derecho a subrogarse en el arriendo concertado en fecha 9/11/17 sobre el inmueble litigioso por quien fue su pareja estable desde el mes de marzo de 2.017, sr. Horacio, y renunciado el 17/9/18 (documentos 3 y 4 de la demanda y punto VII del 2 de la contestación).
Frente a dicha resolución se alza DOÑA Susana por medio del presente recurso de apelación para denunciar el error en el que a su juicio habría incurrido la magistrada que la dictó al valorar la prueba obrante en la causa. Esta Sala, en ejercicio de la facultad revisora que le corresponde conforme al art. 456.1 LECivil -plena en atención al carácter ordinario del presente recurso, con la única limitación de los escritos alegatorios de las...
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