STSJ Andalucía 1585/2019, 12 de Junio de 2019

PonenteMARIA BEGOÑA RODRIGUEZ ALVAREZ
ECLIES:TSJAND:2019:6692
Número de Recurso373/2018
ProcedimientoSocial
Número de Resolución1585/2019
Fecha de Resolución12 de Junio de 2019
EmisorSala de lo Social

RECURSO Nº 373/18 IN

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA

SALA DE LO SOCIAL

SEVILLA

ILMA.SRA.DÑA. MARIA BEGOÑA RODRÍGUEZ ALVAREZ.

ILMO.SR.DON FRANCISCO MANUEL DE LA CHICA CARREÑO.

ILMO.SR.DON JESÚS SÁNCHEZ ANDRADA.

En Sevilla, a doce de junio de dos mil diecinueve.

La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen.

EN NOMBRE DEL REY

Ha dictado la siguiente:

SENTENCIA Nº 1585 /19

En el recurso de suplicación interpuesto por la demandante Dª Tarsila, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número once de Sevilla, ha sido Ponente la ILMA. SRA. DOÑA MARIA BEGOÑA RODRÍGUEZ ALVAREZ, Presidenta de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos número 671/15 se presentó demanda por Dª Tarsila, sobre despido, contra Consorcio para la Unidad Territorial de Empleo, Desarrollo Local y Tecnológico de Gerena y Servicio Andaluz de Empleo de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio de la Junta de Andalucía, se celebró el juicio y se dictó sentencia el día 18/05/17 por el Juzgado de referencia en que no se estimó la demanda.

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes:

" PRIMERO.- Dña. Tarsila, mayor de edad y DNI NUM000, ha venido prestando servicios retribuidos por cuenta y dependencia del Consorcio para la Unidad Territorial de Empleo, Desarrollo Local y Tecnológico de Gerena, desde el 3/08/04, a través de contrato de trabajo de carácter indefinido y a tiempo completo, hasta el 30/09/2012, - fecha de efectos de la extinción de su relación laboral por despido colectivo fundado en causas económicas, con una indemnización de 7.805,33 Euros, de la que sólo se pudo poner a su disposición 6.621,20 Euros -, con la categoría profesional de Técnico Medio y salario diario a efectos de despido de 58,36 Euros brutos, (contando la parte proporcional de pagas extraordinarias correspondientes), al tener una retribuciones de 21.301,90 Euros anuales, incluido incentivos.

A la relación laboral le era de aplicación el Convenio Colectivo del Consorcio UTEDLT de Gerena

Se dan por reproducidos el informe de vida laboral, las nóminas, la contratación de la actora y su prórroga, el informe de vida laboral de código de cuenta de cotización, la carta de despido y el Convenio Colectivo (folios 138 a 153, 77 a 100 y 5 a 7 y 12 vuelto a 13 vuelto y CD al folio 60).

SEGUNDO

El Consorcio para la Unidad Territorial de Empleo, Desarrollo Local y Tecnológico (UTEDLT) de Gerena es una Corporación de Derecho Público dotada de personalidad jurídica propia, según pone de relieve sus propios Estatutos, publicados en el BOJA de 13 de junio de 2.002 y obrantes en el CD aportado por el propio Consorcio (folios 57 a 60). Están promovidos y participados, y se integran en los órganos de dirección de los mismos la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico de la Junta de Andalucía, así como los Ayuntamientos incluidos en su ámbito geográfico de actuación que se incorporaron al mismo, es decir, por los municipios de Almadén de la Plata, Aznalcollar, Castilblanco de los Arroyos, El Castillo de las Guardas, El Garrobo, Gerena, Guillena, El Madroño, Real de la Jara y El Ronquillo.

La estructura de personal del Consorcio Unidad Territorial de Empleo, Desarrollo Local y Tecnológico (UTEDLT) de Tierras de Doñana está integrado por los agentes locales de promoción de empleo y por el director del consorcio. La plantilla de personal del Consorcio está integrada por personal laboral indefinido.

La financiación de los consorcios viene establecida por la orden de 21 de enero de 2004 de la Comunidad Autónoma de Andalucía por la que se establecen las bases de concesión de ayudas públicas para las Corporaciones Locales, los Consorcios de las Unidades Territoriales de Empleo, Desarrollo Local y Tecnológico y empresas calificadas como I+E dirigidas al fomento del desarrollo local (BOJA 17 de febrero de 2004). Esa Orden fue modificada por otra de 23 de octubre de 2007 (BOJA de 16 de noviembre) y por Orden de 17 de julio de 2008 (BOJA de 25 de julio). El Servicio Andaluz de Empleo financia un porcentaje que oscila entre el 70 y el 80% de los costes laborales totales de los agentes locales de promoción de empleo, en función del número de habitantes de los municipios en los que aquellos desarrollan su labor. Dicho porcentaje alcanza al 100% de los gastos del personal directivo de los consorcios. Los municipios asumen los porcentajes restantes de tales costes salariales, así como la puesta a disposición de locales, mobiliario y los equipos informáticos que se especifican.

Las dotaciones presupuestarias correspondientes al programa de Consorcios UTEDLT en cada uno de los años 2010, 2011 y 2012 se han venido manteniendo en los términos que constan en el informe que aparece unido a los autos en CD aportado por el Consorcio (folio 60).

TERCERO

El Consorcio para la Unidad Territorial de Empleo, Desarrollo Local y Tecnológico (UTEDLT) de Gerena promovió...

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