SAP Segovia 98/2019, 23 de Mayo de 2019

PonenteJESUS MARINA REIG
ECLIES:APSG:2019:310
Número de Recurso57/2019
ProcedimientoPenal. Apelación procedimiento abreviado
Número de Resolución98/2019
Fecha de Resolución23 de Mayo de 2019
EmisorAudiencia Provincial - Segovia, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

SEGOVIA

SENTENCIA: 00098/2019

- C/ SAN AGUSTIN Nº 26 DE SEGOVIA

Teléfono: 921 463243 / 463245

Correo electrónico:

Equipo/usuario: CMT

Modelo: SE0200

N.I.G.: 40194 41 2 2017 0004428

RP APELACION PROCTO. ABREVIADO 0000057 /2019

Juzgado procedenciaJDO. DE LO PENAL N. 1 de SEGOVIA

Procedimiento de origenPROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000347 /2018

Delito: CONTRA LA SEGURIDAD SOCIAL

Recurrente: TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Procurador/a: D/Dª

Abogado/a: D/Dª

Recurrido: Carlos Antonio

Procurador/a: D/Dª ANA ISABEL PEINADO RIVAS

Abogado/a: D/Dª JUAN LUIS FIGUEREDO ALONSO

Recurso de apelación: APELACION PROCTO. ABREVIADO 0000057 /2019

Procedimiento Abreviado: PROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000347 /2018

Juzgado de origen: JDO. DE LO PENAL N. 1 de SEGOVIA

SENTENCIA 98/2019

Ilmo. Sr. Presidente:

D. IGNACIO PANDO ECHEVARRÍA

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. JESUS MARINA REIG

Dª MARIA ASUNCION REMIREZ SAINZ DE MURIETA

En SEGOVIA, a veintitrés de mayo de dos mil diecinueve.

La Audiencia Provincial de esta capital, integrada por los Ilmos. Sres. D. IGNACIO PANDO ECHEVARRÍA, presidente, D. JESUS MARINA REIG, y Dª. MARIA ASUNCION REMIREZ SAINZ DE MURIETA, Magistrados, han visto en segunda instancia la causa de anotación del margen, procedentes del Juzgado de lo Penal de Segovia, seguido por un presunto DELITO DE DEFRAUDACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL previsto y penado en el artículo 307 del Código Penal frente al acusado Carlos Antonio, mayor de edad, y cuyos demás datos y circunstancias constan ya en la sentencia impugnada, representado por la Procuradora Dª. Ana Isabel Peinado Rivas, y asistido del Letrado D. Juan Luis Figueredo Alonso, así como la intervención del MINISTERIO FISCAL, en representación de la acción pública, y por la acusación particular de la Tesorería General de la Social, defendida por la Letrado Dª Natalia Bardaji Alcalá Zamora, en virtud de recurso de apelación por la acusación particular, como parte apelante, y como parte apelada Carlos Antonio, y el MINISTERIO FISCAL, que ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JESUS MARINA REIG.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de lo Penal de Segovia, se dictó sentencia en fecha 29 de enero de 2018, que declara probados los siguientes hechos:

"UNICO .- Se declara probado que el acusado Carlos Antonio, mayor de edad, con DNI NUM000, actuando como empresario individual, inició una actividad de mantenimiento y reparación de vehículos en el año 2004, dándose de alta en el RETA y contratando en 2005 y 2009 a dos trabajadores a tiempo completo y por tiempo indefinido, a los que también dio de alta en la Seguridad Social: Ismael e José, desarrollando su actividad en el Polígono Industrial Los Llanos de San Pedro de la localidad de el Espinar.

En un primer momento, el acusado transmitió a través del sistema RED los datos de cotización hasta el periodo de liquidación de enero de 2015, a través de su autorizado RED Ramón, siendo cancelada la autorización RED el 18/2/15, momento a partir del cual el acusado se encontró ante una precaria situación económica que le obligo a despedir a su gestor, dejando de presentar los correspondientes documentos de cotización y dejando de ingresar las cotizaciones al régimen general, manteniendo una deuda con la Seguridad Social por cuotas y conceptos de recaudación conjunta correspondiente a los últimos cuatro años (hasta diciembre de 2017) que asciende a 106.802'90 €, conforme al siguiente detalle.

RÉGIMEN IMPORTE PERIODO

General 7.610.64 € 08/2013 a 12/2013

RE.T.A. 1.868.34 € 08/2013 a 12/2013

General 17.626,86 € 01/2014 a 12/2014

RE.T.A. 4.440,14 € 01/2014 a 12/2014

General 31.448,06 € 01/2015 a 01/2015

RE.T.A. 4.307,62 € 01/2015 a 12/2015

General 28.567,37 € 01/2016 a 12/2016

RE.T.A. 3.847,66 € 01/2016 a 12/2016

General 9.382,15 € 01/2017 a 07/2017

RE.T.A. 2.391,24 € 01/2017 a 07/2017

TOTAL: 111.490,08 €.

En el año 2015, las cuotas correspondientes al período del mes de enero, en el que sí se presentó el documento de cotización, ascendieron a 264'63 € (RETA) más 1.063 € (General).

Salvo el dato objetivo de los aludidos impagos, no ha quedado suficientemente demostrado en el acto del Plenario una conducta tendente a engañar a la Seguridad Social, maquinar u ocultar la existencia de la referida deuda, simplemente el acusado quien no dejó de trabajar en esas fechas optó por sus dificultades económicas no atender los pagos. Hace unos seis meses debido a las aludidas dificultades económicas, el acusado cesó en la explotación de su negocio de taller.

SEGUNDO

El fallo de dicha sentencia apelada literalmente dice:

"Debo ABSOLVER Y ABSUELVO, al acusado Carlos Antonio del DELITO DE DEFRAUDACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL que le venía siendo imputado, declarando las costas procesales de oficio".

TERCERO

- Notificada dicha sentencia a las partes y al Ministerio Fiscal, por la parte de la acusación particular de la Tesorería General de la Seguridad Social, asistida de la Letrado Dª Natalia Bardaji Alcalá Zamora, se interpuso recurso de apelación contra dicha resolución.

CUARTO

- Habiéndose tenido por interpuesto dicho recurso, se dio traslado del mismo al resto de las partes, para evacuar el trámite conferido para alegaciones, quien, al hacerlo, impugnó el citado recurso, el MINISTERIO FISCAL y Carlos Antonio y tras lo cual se remitieron las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

QUINTO

- Recibidos los autos en este Tribunal, registrados y formado rollo y turnado de ponencia, se señaló para Deliberación y Fallo del citado recurso.

HECHOS PROBADOS

Se acepta el relato de hechos probados de la sentencia recurrida, que se da por reproducido.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Recurre en apelación la Tesorería General de la Seguridad Social la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal de Segovia el día 29 de enero de 2019, que absolvió libremente a Carlos Antonio del delito contra la Seguridad Social ( art. 307 del Código Penal ) por el que fue acusado ante ese Juzgado. El recurso de apelación comprende tres motivos, uno por predeterminación del fallo...

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