SAP Huelva 328/2019, 14 de Mayo de 2019
Ponente | FRANCISCO BELLIDO SORIA |
ECLI | ES:APH:2019:377 |
Número de Recurso | 53/2019 |
Procedimiento | Civil |
Número de Resolución | 328/2019 |
Fecha de Resolución | 14 de Mayo de 2019 |
Emisor | Audiencia Provincial - Huelva, Sección 2ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE HUELVA
Sección Segunda
RECURSO: APELACIÓN CIVIL 053/2019
Proc. Origen: División de Herencia (Inventario) 286/17
Juzgado Origen: Primera Inst núm. 2 de La Palma
SENTENCIA N 328
Iltmos. Sres.:
MAGISTRADOS: D. FRANCISCO JOSÉ MARTÍN MAZUELOS . FRANCISCO BELLIDO SORIA (Ponente)
D. ENRIQUE ÁNGEL CLAVERO BARRANQUERO
En Huelva, a .- catorce de Mayo de dos mil diecinueve.
La Sección Segunda de esta Audiencia Provincial, compuesta por los Magistrados indicados y bajo la ponencia del Ilmo. Sr. D. FRANCISCO BELLIDO SORIA ha visto en grado de apelación el juicio seguidos por el trámites del verbal sobre formación de inventario en división de herencia nº 286/2017, del Juzgado de Primera Instancia nº. 2 de La Palma del Condado, en virtud de recurso de apelación contra la sentencia de primera instancia, interpuesto por Doña Visitacion, representada por el Procurador sr. Hinojosa de Guzmán Alonso y defendida por el Letrado sr. Pérez Camacho; siendo parte apelada Don Ángel Daniel, representado por la Procuradora sra. Prieto Bravo y defendido por la Letrada sra. Acosta Rodríguez.
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- Se aceptan los correspondientes de la sentencia apelada, en cuanto no se opongan a los que siguen.
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- Por el Juzgado de Primera Instancia indicado, con fecha cinco de septiembre de dos mil dieciocho se dictó sentencia cuya parte dispositiva es como sigue: "Que DEBO DECLARAR la inclusión en el inventario de la herencia de Alfredo y Amalia de los bienes siguientes:
ACTIVO
Casa de la CALLE000, NUM000 de Rociana del Condado con carácter ganancial.
Casa de la CALLE000, NUM001 de Rociana del Condado con carácter ganancial.
PASIVO
- Deuda a favor de Ángel Daniel por la construcción de un cuarto de baño. Para la determinación de su cantidad se nombrará perito judicial que la tase sin que su importe pueda superar los 1804,03 euros.
condenando a los interesados a estar y pasar por esta declaración; todo ello sin perjuicio de los derechos de terceros y sin declaración de costas."
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- Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación, por la actora, que fue admitido en ambos efectos y dado traslado a la parte contraria, fueron remitidos los autos a esta Audiencia, para su resolución quedando para deliberar y resolver.
A). Se interpone recurso de apelación contra la sentencia de primera instancia que conforma el inventario de la herencia de los padres de las partes, teniendo como único motivo la nulidad de actuaciones desde el momento anterior a la celebración de comparecencia para la formación de inventario al haber asistido a la misma la recurrente sin representación y sin asistencia letrada, a pesar de haber solicitado ser asistida por tales profesionales de turno de oficio, causándose con ello indefensión por esa falta de asistencia técnica, entendiendo que el Juzgado debió suspender la celebración de la comparecencia hasta el nombramiento de representación y defensa de Dª Visitacion . Tal falta se puso en conocimiento de la juzgadora al celebrar la vista del juicio verbal para resolver la controversia surgida entre las partes en la formación del inventario, que no fue atendida, recurriendo contra dicha decisión sin resultado alguno, entendiendo que aquella...
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