SAP León 231/2019, 10 de Mayo de 2019

PonenteALVARO-MIGUEL DE AZA BARAZON
ECLIES:APLE:2019:567
Número de Recurso567/2019
ProcedimientoPenal. Apelación procedimiento abreviado
Número de Resolución231/2019
Fecha de Resolución10 de Mayo de 2019
EmisorAudiencia Provincial - León, Sección 3ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3 de LEON

SENTENCIA: 00231/2019

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO

C/ EL CID, 20, LEÓN

Teléfono:

Correo electrónico:

Equipo/usuario: MFR

Modelo: 213100

N.I.G.: 24115 41 2 2015 0086274

RP APELACION PROCTO. ABREVIADO 0000567 /2019

Juzgado procedenciaJDO. DE LO PENAL N. 1 de DIRECCION000

Procedimiento de origenPROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000113 /2018

Delito: V.DOMÉSTICA Y DE GÉNERO.LESIONES/MALTRATO FAMILIAR

Recurrente: MINISTERIO FISCAL

Procurador/a: D/Dª

Abogado/a: D/Dª

Recurrido: Gracia, Juan

Procurador/a: D/Dª FRANCISCO JAVIER TIRADO GAGO, MARIA ISABEL MACIAS AMIGO

Abogado/a: D/Dª BEATRIZ CAMPELO NÚÑEZ, ISAAC FRANCISCO PÉREZ CALLEJA

S E N T E N C I A Nº 231/2019

ILMOS. SRES.

DON MANUEL ANGEL PEÑIN DEL PALACIO.- Presidente

DON CARLOS MIGUELEZ DEL RIO.- Magistrado

DON ALVARO MIGUEL DE AZA BARAZON.- Magistrado

En la ciudad de León, a 10 de mayo de 2019.

VISTOS ante el Tribunal de esta Sección Tercera, en grado de apelación, el RP 567/19 procedente del Juzgado de lo Penal nº 1 de DIRECCION000, habiendo sido parte apelante el Ministerio Fiscal y como apelados Gracia representado por el Procurador DON FRANCISCO JAVIER TIRADO GAGO y asistida de la Letrada DOÑA

BEATRIZ CAMPELO NÚÑEZ y Juan representado por la Procuradora DOÑA MARIA ISABEL MACIAS AMIGO y asistido del Letrado DON ISAAC FRANCISCO PÉREZ CALLEJA, habiendo sido designado Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. ALVARO MIGUEL DE AZA BARAZON.

ANTEC EDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Fallo de la sentencia dictada en el PA113 /18 por el Juzgado de lo Penal nº 1 de DIRECCION000 de fecha 5/02/19 es del tenor siguiente:

CONDE NAR a D. Juan como autor de un delito de MALTRATO EN EL ÁMBITO FAMILIAR, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a las penas de TREINTA Y UN DÍAS DE TRABAJOS EN BENEFICIO DE LA COMUNIDAD, la PRIVACIÓN DEL DERECHO A LA TENENCIA Y PORTE DE ARMAS durante UN AÑO Y UN DÍA y la PROHIBICIÓN DE ACERCARSE a menos de 200 metros a la persona, domicilio y lugar de estudio o cualquier otro lugar donde se encuentre el menor Saturnino por tiempo de UN AÑO Y TRES MESES. En caso de no consentir el penado el cumplimiento de la pena de trabajos en beneficio de la comunidad cumpla en su lugar la pena de TRES MESES DE PRISIÓN, con la accesoria legal de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.

CONDE NAR a D. Juan como autor de un delito de MALTRATO EN EL ÁMBITO FAMILIAR COMETIDO EN EL DOMICILIO DE LA VÍCTIMA, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a las penas de CINCUENTA Y SEIS DÍAS DE TRABAJOS EN BENEFICIO DE LA COMUNIDAD, la PRIVACIÓN DEL DERECHO A LA TENENCIA Y PORTE DE ARMAS durante DOS AÑOS Y UN DÍA y la PROHIBICIÓN DE ACERCARSE a menos de 200 metros a la persona, domicilio y lugar de estudio o cualquier otro lugar donde se encuentre el menor Saturnino por tiempo de UN AÑO SIETE MESES Y DIECISÉIS DÍAS. En caso de no consentir el penado el cumplimiento de la pena de trabajos en beneficio de la comunidad cumpla en su lugar la pena de SIETE MESES Y DIECISÉIS DÍAS DE PRISIÓN, con la accesoria legal de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.

Las penas de alejamiento impuestas impiden durante su vigencia que se lleva a cabo el régimen de visitas presencial de padre e hijo...

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