SAP Sevilla 150/2019, 8 de Abril de 2019

PonenteENCARNACION GOMEZ CASELLES
ECLIES:APSE:2019:834
Número de Recurso3234/2019
ProcedimientoPenal. Apelación procedimiento abreviado
Número de Resolución150/2019
Fecha de Resolución 8 de Abril de 2019
EmisorAudiencia Provincial - Sevilla, Sección 1ª

Audiencia Provincial

Sevilla

-Sección Primera- Avda. Menéndez Pelayo 2

Tlf.: 955540452 / 955540456. Fax: 955005024

N.I.G. 4109143220180025620

Nº Procedimiento: Apelación Sentencias Procedimiento Abreviado 3234/2019

Autos de: Procedimiento Abreviado 456/2018

Juzgado de origen: JUZGADO DE LO PENAL Nº6 DE SEVILLA

Negociado:AR

Apelante: Cesareo y Alfonso

Procurador:NATALIA MARTINEZ MAESTRE y CONSTANTINO ANDRES DE AQUINO MOLINA

Abogado: MARGARITA CARMEN ZALBA GALIANA y ENRIQUE ROJO ALONSO DE CASO

SENTENCIA NÚM. 150 / 2019

ILMAS SRAS.

MAGISTRADAS:

Dª. AUXILIADORA ECHAVARRI GARCIA.

Dª. MERCEDES FERNÁNDEZ ORDOÑEZ.

Dª. ENCARNACIÓN GÓMEZ CASELLES, ponente.

En la ciudad de Sevilla a 8 de abril de 2019.

Visto por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla integrada por los Magistrados indicados al margen,el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de 4 de febrero de 2019 dictada en autos de Juicio Oral seguidos en el Juzgado de lo Penal Número 6 de esta ciudad referenciado, dimanante del Procedimiento Abreviado 131/2018 del Juzgado de Instrucción Número 6 de esta ciudad, por el delito de Robo con fuerza en casa habitada siendo recurrente la Procuradora Dª. Natalia Martínez Maestre en nombre y representación de Cesareo y por el Procurador D.Constantino Andrés de Aquino Molina en nombre y representación de Alfonso

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que por el Juzgado de lo Penal referido se dictó sentencia con fecha 4 de febrero de 2019 cuyo fallo es como sigue: "Que debo condenar a Cesareo, con NIE NUM000,nacido en Rumanía el día NUM001 de 1979,hijo de Felicisimo y de Sara, vecino de Sevilla, sin antecedentes penales en la fecha de los hechos,y Alfonso,con NIE NUM002,nacido en Rumanía el NUM003 de 1979,hijo de Jacobo y de María Rosario con antecedentes penales no computables a efectos de reincidencia, como autor cada uno de ellos de un delito de robo con fuerza en casa habitada, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de DOS AÑOS Y SEIS MESES DE PRISION e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, así como el pago, cada uno de ellos, de un tercio de las costas procesales.

Que debo condenar y condeno a Miguel, con tarjeta de identidad NUM004,nacido en Constanta (Rumania) el día NUM005 de 1994,hijo de Raúl y de Crescencia, vecino de Sevilla,con antecedentes penales computables a efectos de reincidencia en tanto condenado como autor de un delito de robo con fuerza en grado de tentativa en Sentencia firme de 2 de marzo de 2018,dictada por el Juzgado de lo Penal Número 8 de Sevilla, a la pena de 4 meses de prisión, pena que fue suspendida por dos años,y revocada dicha suspensión como autor de un delito de robo con fuerza en casa habitada, concurriendo la circunstancia agravante de reincidencia a la pena de TRES AÑOS Y NUEVE MESES DE PRISIÓN e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, así como el pago de un tercio de las costas procesales".

.- Contra dicha sentencia se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación de los acusados, Cesareo y de Alfonso .

Turnado el recurso a este Tribunal, se formó rollo designándose ponente la Magistrada Dª. ENCARNACIÓN GÓMEZ CASELLES,quien expresa el parecer del Tribunal.

HECHOS PROBADOS

Se aceptan los hechos declarados probados en la sentencia impugnada,que a continuación se describen:

"ÚNICO.-Ha resultado probado que entre las 2.00 y las 7.40 horas del día 21 de mayo de 2018,los acusados, Miguel,con tarjeta de identidad NUM004, nacido en Constanta(Rumania) el día NUM005 de 1994,hijo de Raúl y de Crescencia,vecino de Sevilla,con antecedentes penales computables a efectos de reincidencia en tanto que condenado como autor de un delito de robo con fuerza en grado de tentativa en Sentencia firme de 2 de marzo de 2018,dictada por el Juzgado de lo Penal Número 8 de Sevilla, a la pena de 4 meses de prisión,pena que fue suspendida por dos años, y revocada dicha suspensión, Cesareo,con NIE NUM000,nacido en Rumanía el día NUM001 de 1979,hijo de Felicisimo y de Sara, vecino de Sevilla, sin antecedentes penales en la fecha de los hechos, y Alfonso, con NIE NUM002,nacido en Rumania el NUM003 de 1979,hijo de Jacobo y de María Rosario,con antecedentes penales no computables a efectos de reincidencia, previamente concertados y con ánimo de ilícito beneficio, junto con una cuarta persona que no ha sido identificada, se dirigieron a la CALLE000 Número NUM006 de Sevilla, accediendo Miguel al interior de la vivienda sita en el piso NUM007,en la que reside el matrimonio formado por Plácido y Leocadia, que se encontraban durmiendo en el interior, para lo que contó con la ayuda de los otros dos acusados, que tras auparlo para que accediera al balcón exterior se quedaron en la calle realizando funciones de vigilancia.

Una vez en el interior, Miguel se apoderó de documentación, joyas, dinero,objeto de decoración y diversos aparatos tecnológicos, todo ello por valor de 2366,85 euros.

Los acusados fueron filmados por las cámaras de seguridad...

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