SAP Toledo 89/2020, 2 de Junio de 2020

JurisdicciónEspaña
Fecha02 Junio 2020
Número de resolución89/2020

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

TOLEDO

SENTENCIA: 00089/2020

Rollo Núm. ............. 43/2019.-Juzg. 1ª Inst. Núm.... 6 de Illescas.-J. Verbal Núm.......... 728/2011.- SENTENCIA

AUDIENCIA PROVINCIAL DE TOLEDO

SECCION SEGUNDA

Ilmo. Sr. Presidente:

D. JUAN MANUEL DE LA CRUZ MORA

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. RAFAEL CANCER LOMA

D. ALFONSO CARRIÓN MATAMOROS

D. FLORENCIO RODRIGUEZ RUIZ

En la Ciudad de Toledo, a dos de junio de dos mil veinte.

Esta Sección Segunda de la Ilma. Audiencia Provincial de TOLEDO, integrada por los Ilmos. Sres. Magistrados que se expresan en el margen, ha pronunciado, en NOMBRE DEL REY, la siguiente,

SENTENCIA

Visto el presente recurso de apelación civil, Rollo de la Sección núm. 43 de 2019, contra la sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia Núm. 6 de Illescas, en el juicio Verbal núm. 728/2011, en el que han actuado, como apelante Primitivo y Rita, representados por la Procuradora de los Tribunales Sra. De la Fuente Martín; y como apelado BANKIA, representado por la Procuradora de los Tribunales Sra. Medina Cuadros.

Es Ponente de la causa el Ilmo. Sr. Magistrado D. Alfonso Carrión Matamoros, que expresa el parecer de la Sección, y son,

ANTECEDENTES
PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia Núm. 6 de Illescas, con fecha 22 de abril de 2013, se dictó sentencia en el procedimiento de que dimana este rollo, cuya PARTE DISPOSITIVA dice: "Que, ESTIMANDO ÍNTEGRAMENTE la demanda deducida por la representación procesal de Madrid Leasing Corporación SA

EFC, debo condenar y condeno solidariamente a Herbaño SL, D Primitivo y Dª Rita al pago a la parte actora la suma de 5.910 euros, más los intereses pactados desde la resolución hasta el completo pago y a las costas de esta instancia".-SEGUNDO: Contra la anterior resolución y por Primitivo y Rita, dentro del término establecido, tras anunciar la interposición del recurso y tenerse por interpuesto, se articularon por escrito los concretos motivos del recurso de apelación, que fueron contestados de igual forma por los demás intervinientes, con lo que se remitieron los autos a ésta Audiencia, donde se formó el oportuno rollo, quedando los autos vistos para deliberación y resolución.

SE CONFIRMAN Y RATIFICAN los antecedentes de hecho, fundamentos de derecho y fallo de la resolución recurrida, en cuanto se entienden ajustados a derecho, por lo que, en def‌initiva, son

FUNDAMENTOS DE DERECHO

:

PRIMERO

En el presente procedimiento la Juez de instancia estima la demanda presentada por MADRID LEASING CORPORACION SA EFC en reclamación de 5.910 € más intereses y costas al valorar la prueba practicada en autos, en concreto la prueba documental presentada, consistente en el contrato de arrendamiento f‌inanciero del vehículo objeto de autos ( doc nº1), cuya póliza fue intervenida por Notario ( doc . nº2) y la certif‌icación notarial del saldo de la entidad acreedora de la que resulta la deuda antes mencionada a fecha 29 de julio de 2011 ( doc. Nº3).

Por su parte, los demandados, tal y como consta en autos, no fueron hallados en el domicilio que dieron a la entidad f‌inanciera y tras varios intentos fueron notif‌icados debidamente mediante edictos, tal y como se establece en la LEC. Igualmente, conforme a Ley fueron declarados en rebeldía.

Al cabo de los años y...

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