AAP Valencia 454/2020, 8 de Mayo de 2020

JurisdicciónEspaña
Número de resolución454/2020
Fecha08 Mayo 2020

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN SEGUNDA

VALENCIA

Avenida DEL SALER,14 2º

Tfno: 961929121

Fax: 961929421

NIG: 46220-41-2-2019-0006042

Procedimiento: Apelación Autos Instrucción [RAU] Nº 000595/2020- OT - Dimana del Diligencias Previas [DIP] Nº 000723/2019

Del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 2 DE SAGUNTO AUTO Nº 454/2020

===========================

Iltmos/as. Sres/as.:

Presidente

D. JOSÉ MANUEL ORTEGA LORENTE -ponente- Magistrados/as

Dª. CLARA EUGENIA BAYARRI GARCÍA

Dª. DOLORES HERNÁNDEZ RUEDA ===========================

En Valencia a ocho de mayo de dos mil veinte

HECHOS
PRIMERO

Por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 2 DE SAGUNTO se tramitó Diligencias Previas [DIP] con el numero Nº 000723/2019 por, dictándose en fecha de 24 de abril de 2020, que fue notif‌icado a las partes, y por el Procurador JOAQUIN GARCIA BELMONTE en nombre y representación Abel se interpuso contra dicha resolución recurso.

SEGUNDO

Admitida que fue la apelación por el Juzgado de Instrucción, se puso la causa de manif‌iesto a las demás partes personadas, así como al Ministerio Fiscal, por un plazo común de cinco días para que pudiesen alegar por escrito dentro de dicho plazo lo que estimasen conveniente y para que presentasen los documentos

justif‌icativos de sus pretensiones. Transcurrido dicho plazo, fueron remitidas las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Incoado el presente rollo para la substanciación del recurso de apelación interpuesto, previa su deliberación, fueron entregados los autos al/la Magistrado/a Ponente, D/ña. JOSÉ MANUEL ORTEGA LORENTE, para que expresase el parecer del Tribunal.

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Recurre la defensa del señor Abel la negativa del Juez de Instrucción a entregarle a quien, según la parte recurrente, es su pareja -Dª. Ascension -, dos vehículos intervenidos -Volvo C70 matrícula .... PVD y Audi A4 matrícula VU-....-MR - y dinero -1.500 euros- que fue intervenido con ocasión del registro de la vivienda en del recurrente.

Se alega en el recurso que o no hay indicios de que los vehículos fueran utilizados por el señor Abel cuando fueron vistos en circunstancias incriminatorias o de que su uso, cuando fuera éste el que los usara, carecería de relevancia criminal. Se añade que, en todo caso, son vehículos de la señora Ascension y no del señor Abel y, por tanto, procede devolvérselos o, al menos, entregárselos en calidad de depositaria.

En cuanto al dinero señala la parte que pertenece a la señora Ascension, fruto de su trabajo.

SEGUNDO

Los autos dictados por el Juez de Instrucción -8 de abril y 24 de abril de 2020- detallan los hechos obrantes en las actuaciones que permiten vincular los vehículos con actividades de apoyo o participación en la actividad criminal -cultivo y tráf‌ico de marihuana por un grupo organizado y en cantidades de notoria importancia-. Y la lectura de lo referido en dichos autos permite considerar existentes datos aportados por la investigación criminal que permiten vincular el uso de los dos vehículos a actividades de apoyo en la comisión de los hechos. Por lo tanto, existen indicios de que dichos vehículos pueden tener la condición de efectos o instrumentos del delito y ser, por tanto, susceptibles de comiso - arts. 334 L.e.crim y 127 y ss. del Código Penal-.

TERCERO

Que los vehículos estén a nombre de la señora Ascension, no impide que los mismos puedan ser decomisados o intervenidos cautelarmente e, incluso, que se...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR