AAP Valencia 454/2020, 8 de Mayo de 2020
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 454/2020 |
Fecha | 08 Mayo 2020 |
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCIÓN SEGUNDA
VALENCIA
Avenida DEL SALER,14 2º
Tfno: 961929121
Fax: 961929421
NIG: 46220-41-2-2019-0006042
Procedimiento: Apelación Autos Instrucción [RAU] Nº 000595/2020- OT - Dimana del Diligencias Previas [DIP] Nº 000723/2019
Del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 2 DE SAGUNTO AUTO Nº 454/2020
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Iltmos/as. Sres/as.:
Presidente
D. JOSÉ MANUEL ORTEGA LORENTE -ponente- Magistrados/as
Dª. CLARA EUGENIA BAYARRI GARCÍA
Dª. DOLORES HERNÁNDEZ RUEDA ===========================
En Valencia a ocho de mayo de dos mil veinte
Por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 2 DE SAGUNTO se tramitó Diligencias Previas [DIP] con el numero Nº 000723/2019 por, dictándose en fecha de 24 de abril de 2020, que fue notificado a las partes, y por el Procurador JOAQUIN GARCIA BELMONTE en nombre y representación Abel se interpuso contra dicha resolución recurso.
Admitida que fue la apelación por el Juzgado de Instrucción, se puso la causa de manifiesto a las demás partes personadas, así como al Ministerio Fiscal, por un plazo común de cinco días para que pudiesen alegar por escrito dentro de dicho plazo lo que estimasen conveniente y para que presentasen los documentos
justificativos de sus pretensiones. Transcurrido dicho plazo, fueron remitidas las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
Incoado el presente rollo para la substanciación del recurso de apelación interpuesto, previa su deliberación, fueron entregados los autos al/la Magistrado/a Ponente, D/ña. JOSÉ MANUEL ORTEGA LORENTE, para que expresase el parecer del Tribunal.
Recurre la defensa del señor Abel la negativa del Juez de Instrucción a entregarle a quien, según la parte recurrente, es su pareja -Dª. Ascension -, dos vehículos intervenidos -Volvo C70 matrícula .... PVD y Audi A4 matrícula VU-....-MR - y dinero -1.500 euros- que fue intervenido con ocasión del registro de la vivienda en del recurrente.
Se alega en el recurso que o no hay indicios de que los vehículos fueran utilizados por el señor Abel cuando fueron vistos en circunstancias incriminatorias o de que su uso, cuando fuera éste el que los usara, carecería de relevancia criminal. Se añade que, en todo caso, son vehículos de la señora Ascension y no del señor Abel y, por tanto, procede devolvérselos o, al menos, entregárselos en calidad de depositaria.
En cuanto al dinero señala la parte que pertenece a la señora Ascension, fruto de su trabajo.
Los autos dictados por el Juez de Instrucción -8 de abril y 24 de abril de 2020- detallan los hechos obrantes en las actuaciones que permiten vincular los vehículos con actividades de apoyo o participación en la actividad criminal -cultivo y tráfico de marihuana por un grupo organizado y en cantidades de notoria importancia-. Y la lectura de lo referido en dichos autos permite considerar existentes datos aportados por la investigación criminal que permiten vincular el uso de los dos vehículos a actividades de apoyo en la comisión de los hechos. Por lo tanto, existen indicios de que dichos vehículos pueden tener la condición de efectos o instrumentos del delito y ser, por tanto, susceptibles de comiso - arts. 334 L.e.crim y 127 y ss. del Código Penal-.
Que los vehículos estén a nombre de la señora Ascension, no impide que los mismos puedan ser decomisados o intervenidos cautelarmente e, incluso, que se...
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