SJS nº 1 107/2020, 13 de Marzo de 2020, de Salamanca

PonenteINES REDONDO GRANADO
Fecha de Resolución13 de Marzo de 2020
ECLIES:JSO:2020:2192
Número de Recurso769/2019

JDO. DE LO SOCIAL N. 1

SALAMANCA

SENTENCIA: 00107/2020

PLAZA COLON S/N

Tfno: 923-285271-72

Fax: 923-284631

Correo Electrónico:

Equipo/usuario: S02

NIG: 37274 44 4 2019 0001555

Modelo: N02700

DSP DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000769 /2019

DEMANDANTE D: Alejandra

ABOGADO: JUAN MANUEL FERNANDEZ OTERO

DEMANDADOS: TECHISAL SL, AYUNTAMIENTO DE VILLARES DE LA REINA

ABOGADO: JOSE LOMO CARASA

SENTENCIA Nº 107/20

En Salamanca, a trece de marzo de dos mil veinte.

Vistos por la Ilma. Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social nº 1 de Salamanca, DOÑA INES REDONDO GRANADO, los presentes autos nº 769/2019 seguidos a instancia de Dª Alejandra, como demandante, asistida del Letrado Don Juan Manuel Fernández Otero contra la empresa "TECHISAL S.L." representada por D. Manuel Ángel Hernández Benito y asistida del Letrado Don Felipe Rodríguez Cascón, y contra el AYUNTAMIENTO DE VILLARES DE LA REINA representado y asistido por el Letrado Don José Lomo Casara, como demandados, sobre DESPIDO.

ANTECE DENTES DE HECHO
PRIMERO

Los presentes autos traen causa de la demanda presentada en fecha 15 de octubre de 2019, que por turno de reparto correspondió a este Juzgado, deducida por la actora, en la que tras citar los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación pertinente terminaba solicitando se dictase sentencia por la que se declare la improcedencia del despido y se condene a la demandada a abonar a esa parte la indemnización legalmente correspondiente, y con todo lo demás que sea procedente en derecho.

SEGUNDO

Subsanados los defectos apreciados, por decreto de fecha 11 de noviembre de 2019, se admitió a trámite la demanda, se dio traslado a los demandados, citando a las partes para la celebración de los actos de conciliación y juicio, y señalando inicialmente para su celebración el día 27 de enero de 2019. En la fecha señalada, y a petición de la empresa demandada, se acordó la suspensión de los actos señalados a fin de que la actora procediera a ampliar la demanda contra el Ayuntamiento de Villares de la Reina, accediéndose a lo solicitado y concediendo a la parte actora un plazo de 4 días a fin de que procediera a ampliar la demanda. Verificado, por diligencia de 31 de enero de 2020, se tuvo por ampliada la demanda, y se acordó convocar a las partes para el juicio el día 9 de marzo de 2020. En la fecha señalada, al no ser posible alcanzar un acuerdo en conciliación se celebró el juicio, compareciendo la actora que se ratificó en su demanda solicitando una sentencia acorde con sus intereses, y las demandadas que formularon oposición a la misma, practicándose la prueba que se estimó admisible dentro de la propuesta y terminando las partes por elevar a definitivas sus conclusiones.

TERCERO

En la tramitación de este proceso se han observado las prescripciones legales.

HECHOS PROBADOS

PRIMERO

La demandante DOÑA Alejandra, con D.N.I. n° NUM000, prestaba servicios para la empresa demandada "TECHISAL S.L.", en virtud de contrato de trabajo indefinido y a jornada completa, con una antigüedad de 4 de junio de 2014, y con la categoría profesional de monitora de actividades recreativas y de entretenimiento, grupo profesional de Jefe de negociado (acontecimiento 59), percibiendo un salario bruto de 1.690,52 euros mensuales (56,35 € al día), incluyendo la prorrata de pagas extras y sin incluir el plus de transporte (nóminas acontecimiento 61).

SEGUNDO

La actora desarrollaba su actividad en el centro de trabajo de la piscina municipal titularidad del AYUNTAMIENTO DE VILLARES DE LA REINA.

TERCERO

La empresa "Techisal S.L." era la adjudicataria del contrato de gestión indirecta del servicio público de piscinas municipales de Villares de la Reina.

En el pliego de Cláusulas administrativas particulares que regirán la contratación de la gestión indirecta del servicio

público de piscinas municipales de Villares de la Reina para los años 2014 a 2023, constaba:

  1. 26.2 Derechos del concesionario o contratista:

    ..Instar del Ayuntamiento la revisión de la concesión en el caso de que se produzcan alteraciones obligatorias en la concesión y el concesionario acredite que ello ocasiona una

    ruptura del equilibrio económico financiero de la concesión.

    26.4 Obligaciones del Ayuntamiento: mantener el equilibrio financiero de la concesión conforme a lo previsto en el art.282 TRLCSP

  2. SUBROGACION DEL PERSONAL

    La empresa adjudicataria habrá de subrogarse en los contratos de los trabajadores que venían prestando el servicio con la anterior empresa concesionaria CONCESIONES PROSPORT S.A.U de acuerdo con lo dispuesto en la normativa de aplicación...

  3. REVERSION DE LA CONCESION:

    De acuerdo con lo previsto en los pliegos al término de la concesión revertirán al Ayuntamiento sin cargo ni carga alguna, todos los inmuebles, instalaciones, mobiliario, maquinaria y demás elementos materiales e inmateriales afectos al servicio, debiendo entregarlos la empresa concesionaria en correcto estado de uso.

    Durante un periodo de un año anterior a la reversión, el Ayuntamiento adoptará las disposiciones encaminadas a que la entrega de los bienes se verifique en las condiciones

    convenidas.

    Al término de la concesión se levantará un acta de recepción formal así como un inventario de todo el equipamiento, bienes e instalaciones.

  4. EXTINCION Y RESOLUCION DEL CONTRATO

    Además de los supuestos de cumplimiento el contrato se extinguirá por su resolución.

    La resolución del contrato tendrá lugar en los supuestos que se señalan en este Pliego y en los fijados en los arts 223 con excepción de las letras d) y e) y 286 del TRLCSP.

    (hecho probado tercero de las sentencias autos 682 y 701/2019, acontecimientos 76 y 77).

CUARTO

La demandante estuvo en situación de IT por enfermedad común desde el 1 al 8 de febrero de 2019 (documento nº 4 aportado por la empresa demandada).

QUINTO

La empresa codemandada "Tesichal S.L.", le hizo entrega a la actora de carta de despido de fecha 23 de agosto de 2019, por causas objetivas, económicas y organizativas, con efectos del 8 de septiembre, fijando la indemnización en la cantidad de 6.159,13 euros, que resultaba de aplicar el módulo de cálculo de 20 días de salario por año de servicio, sin que se superen los salarios de 12 mensualidades, haciendo constar que no resultaba posible la entrega de la misma por la inexistencia de metálico circulante en la empresa y la absoluta falta de liquidez para hacer frente a su abono, la cual obra aportada en autos y cuyo contenido se da aquí por reproducido en su integridad (acontecimiento 2).

SEXTO

Por acuerdo adoptado por unanimidad del Pleno del Ayuntamiento de Villares de la Reina, se acordó la resolución por mutuo acuerdo del contrato de gestión indirecta del servicio público de piscinas municipales suscrito con la empresa "Techisal S.L.", con efectos del 8 de septiembre de 2019 (documento nº 5 aportado por la empresa demandada).

SEPTIMO

La empresa TECHISAL S.L. es titular de las siguientes cuentas bancarias con saldo a fecha del despido de (documentos nº 16 y 17 de la empresa demandada):

-"CaixaBank": +5,70 €

-"ruralvia": -50.000 €

-"Unicaja Banco": -57.242,40 €

-"Sabadell": -751,37 €

OCTAVO

Los datos económicos de la empresa "Techisal S.L.", de acuerdo con las declaraciones del Impuesto de Sociedades, son los siguientes (documentos nº 7 y 8 de la empresa demandada):

AÑO 2017:

-Importe neto de la cifra de negocios: 1.291.009,65 €

-Aprovisionamientos: -560.275,31 €

-Gastos de personal: -506.883,78 €

-Otros gastos de explotación: -257.429,14 €

-Resultado de la explotación: 15.056,35 €

-Resultado del ejercicio: -17.864,35 €

AÑO 2018:

-Importe neto de la cifra de negocios: 1.056.791,09 €

-Aprovisionamientos: -432.499,93 €

-Gastos de personal: -583.258,30 €

-Otros gastos de exploración: -209.788 €

-Resultado de la explotación: -304.752,11 €

-Resultado del ejercicio: -252.466,82 €

Los del año 2019, a fecha de 30 de septiembre, de acuerdo con la Cuenta de Pérdidas y Ganancias son (documento nº 9 de la empresa):

-Importe neto de la cifra de negocios: 1.011.277,37 €

-Aprovisionamientos: -436.152,66 €

-Gastos de personal: -443.104,48 €

-Otros gastos de explotación: -152.345,69 €

-Resultado de la explotación: -15.712,61 €

-Resultado del ejercicio: -40.124,28 €

NOVENO

La empresa demandada procedió al despido de, al menos otros tres trabajadores que prestaban servicios también en la piscina municipal de Villares de la Reina, también por causas objetivas y con efectos del día 8 de septiembre de 2019. Los trabajadores impugnaron el despido, formulando demandas que fueron turnadas al Juzgado de lo Social nº 2 de Salamanca, autos nº 682/2019 y 701/2019...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR